bocanabocana

Disposición 2026/009/154

Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 9 de enero de 2026, de la Directora, por la que se establecen los plazos de presentación, durante el ejercicio 2026, de las solicitudes de subvenciones destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en los mercados de trabajo ordinario y protegido, reguladas por Orden de 30 de diciembre de 2022.

2026-01-15 · BOC-2026/009/154

  1. Mediante Orden de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (BOC n.º 9, de 13.1.2023), modificada por Orden de 24 de abril de 2025 (BOC n.º 92, de 9.5.2025), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en los mercados de trabajo ordinario y protegido, en cumplimiento de la prevención contenida en los artículos 1, 2, 8 y la disposición final 8.ª del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, que regula los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo (BOE n.º 233, de 29.9.2021).

  2. De conformidad con la base reguladora 6.ª, punto 2, de la Orden citada, en cada ejercicio presupuestario deberá establecerse el plazo de presentación para las solicitudes de subvenciones contempladas en las medidas A1, A2, A3, B1 y B2, que se corresponden: con las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida (A1), igualmente si es procedente de centros especiales de empleo o enclaves laborales (A2), y para la adaptación de puestos de trabajo (A3) de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo; y con las subvenciones para sufragar el coste salarial (B1) y para la adaptación del puesto de trabajo (B2) de las personas trabajadoras con discapacidad que trabajan en los Centros Especiales de Empleo (mercado protegido). Todas estas subvenciones, en régimen de concesión directa, de acuerdo a lo previsto en la disposición adicional 10.ª, apartado 1.a), del Real Decreto 818/2021, en relación directa con lo que establecen el Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, que regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y la formación profesional ocupacional, y el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de dicha Ley, atendiendo a las difíciles circunstancias de inclusión laboral de los colectivos afectados o de sus peculiaridades necesidades que permiten apreciar la concurrencia de interés público, económico y social, que dificulta la convocatoria pública de las mismas.

  3. Conforme a lo expuesto, procede establecer los plazos de presentación de las solicitudes de subvenciones relacionadas, reguladas en la citada Orden durante el ejercicio 2026.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo previsto en la base reguladora 6.ª, punto 2, así como en la disposición adicional única de la Orden de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido. En relación con el Decreto 118/2004, de 29 de julio, modificado por Decreto 34/2023, de 23 de marzo, de estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, atendiendo a la Resolución n.º 7792, de 24 de septiembre de 2025, de la Dirección del mismo organismo, se acuerda la adscripción temporal del Servicio de Empleo II a la Subdirección de Economía Social y Emprendimiento.

Segunda.- Según lo previsto en el punto 2 de la base reguladora 6.ª, mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo se establecerá, en cada ejercicio presupuestario, el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para las medidas A1, A2, A3, B1 y B2 contempladas en la citada Orden reguladora de 30 de diciembre de 2022, y dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercera.- Por Orden n.º 18/2025, de 20 de enero de 2025, de la Consejería de Turismo y Empleo, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2025-2027 (BOC n.º 21, de 31.1.2025), modificado por Orden de 6 de agosto de 2025 (BOC n.º 164, de 20.8.2025), que contempla para la Línea de actuación 12 de Inserción socio-laboral de colectivos con especiales dificultades, Programa de “Oportunidades de empleo para Colectivos con especiales dificultades”, un coste anual estimado de 10.357.998,00 euros.

Cuarta.- Conforme la disposición adicional séptima del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, las medidas contempladas tienen carácter de ayudas minimis en los términos establecidos en los siguientes Reglamentos relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis, o bien en los que los sucedan tras finalizar su vigencia, y la presente Resolución que establece forma y plazo de presentación de solicitudes para cada una de las medidas objeto de subvención, se informa favorablemente por la Dirección General de Asuntos Europeos, con fecha 9 de septiembre de 2026.

• Las subvenciones contempladas en las medidas A1 y A2 tendrán la consideración de ayudas de minimis, aplicándose el Reglamento de minimis correspondiente en cada caso, en función del sector de actividad en el que operen los distintos beneficiarios [Reglamento (UE) 1408/2013, relativo al sector agrícola; Reglamento (UE) 717/2014, respecto al sector de la pesca y acuicultura; Reglamento (UE) 2023/2831, de aplicación general salvo excepciones, y Reglamento (UE) 2023/2832, concerniente a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general].

• En este sentido, conviene destacar que, conforme a lo dispuesto en los artículos 6.2 de los citados Reglamentos (UE) 2023/2831 y 2023/2832, el centro directivo responsable de estas ayudas deberá registrarlas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la resolución de concesión, con el fin de garantizar el cumplimiento de las reglas de acumulación de ayudas y facilitar su verificabilidad.

• Las subvenciones correspondientes a las medidas A3, B1 y B2 se acogen a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado; concretamente, las medidas A3 y B2 al artículo 34 y la medida B1 al artículo 33.

Dichas medidas (A3, B1 y B2) fueron trasladadas a la Comisión, con número de ayuda SA. 112767, en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026, conforme a lo establecido en los artículos 9 y 11 del citado Reglamento 651/20214.

RESUELVO:

Primero.- Establecer el plazo de presentación, correspondiente al ejercicio 2026, de las solicitudes de subvenciones en régimen de concesión directa, para las medidas A1, A2, A3, B1 y B2, contempladas en la Orden reguladora de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en los mercados de trabajo ordinario, en los siguientes términos:

El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:

Ver anexo en la página 1721 del documento Descargar

Las solicitudes, de acuerdo con la Orden reguladora de 30 de diciembre de 2022, deberán presentarse a través de los procedimientos electrónicos siguientes:

Ver anexo en la página 1721 del documento Descargar

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por la persona interesada recurso de alzada ante la Consejería de Turismo y Empleo, en el plazo de un mes, que se computará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de enero de 2026.- La Directora, María Teresa Ortega Granados.

Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 9 de enero de 2026, de la Directora, por la que se establecen los plazos de presentación, durante el ejercicio 2026, de las solicitudes de subvenciones destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en los mercados de trabajo ordinario y protegido, reguladas por Orden de 30 de diciembre de 2022. — Bocana