Instituto Canario de Administración Pública.- Resolución de 29 de diciembre de 2025, de la Directora, por la que se convoca el Itinerario Formativo en Contratación Administrativa Pública, incluido en el Plan de Formación para 2026, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 9 de marzo de 2018.
2026-01-15 · BOC-2026/009/150
El Plan de Formación para el año 2026 del Instituto Canario de Administración Pública (en adelante, ICAP), aprobado por su Consejo de Administración y, posteriormente, por la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesiones celebradas el 23 de diciembre de 2025, incluye el Programa de Itinerarios Formativos, cuyo objetivo es ofrecer acciones formativas en las que los conocimientos se van adquiriendo gradualmente, a lo largo del tiempo, para obtener unas determinadas competencias.
Se ha constatado la necesidad de implementar un itinerario formativo en contratación administrativa pública, con el objetivo de planificar y gestionar de manera eficiente los procesos de adquisición de bienes, servicios y obras, asegurando el logro de objetivos institucionales y el uso adecuado de fondos públicos. Un itinerario formaliza la programación, permitiendo anticipar requerimientos, optimizar recursos y asegurar la transparencia y legalidad del proceso.
El concepto de contratación administrativa pública viene referido al conjunto de actividades que realizan las entidades del sector público para conseguir obras, bienes o servicios que necesitan para el cumplimiento de sus fines o políticas públicas. La contratación pública tiene una gran importancia económica y puede ser utilizada como un instrumento estratégico para impulsar objetivos sociales, ambientales o de innovación. Los elementos esenciales de la contratación son el que es la entidad pública quien realiza la contratación, el contrato público, el acuerdo jurídico que regula la relación entre la entidad sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público y el proveedor; y el trabajo de contratación, que son fases y actos que se siguen para proyectar el contrato, seleccionar al proveedor y adjudicar el contrato y, finalmente, gestionar el vigente.
La regulación de la contratación pública en España se basa en el derecho comunitario que establece los principios y normas generales que deben respetarse en la contratación pública de los Estados miembros de la Unión Europea. La normativa nacional que desarrolla el derecho comunitario es, por un lado, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, y, por otro, el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español otras directivas, o realizado modificaciones puntuales en la materia.
En el Itinerario Formativo en contratación administrativa pública que ahora propone el ICAP, el alumnado realizará en las fechas previstas los ocho módulos establecidos, para poder certificar el Itinerario completo. En caso de no cumplirse este requisito, el alumnado podrá obtener certificado de aprovechamiento en aquel o aquellos módulos que haya superado en la presente convocatoria.
Con la convocatoria de este Itinerario, el ICAP pretende así apostar por la profesionalización del personal empleado público, con una especialización en los retos que supone la contratación pública, mejorando la eficacia y eficiencia de la Administración Pública.
Como se ha indicado, el Itinerario consta de 8 módulos, haciendo entre todos un total de 249 horas todo el Itinerario.
Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública, aprobado por Decreto 130/2014, de 29 de diciembre (BOC n.º 3, de 7.1.2015),
RESUELVO:
Único.- Convocar el Itinerario Formativo en Contratación Administrativa Pública para el año 2026, con las características establecidas en el anexo de esta Resolución y de conformidad con las siguientes
BASES
Primera.- Personal destinatario y requisitos de las personas solicitantes.
Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP y datos obrantes en la Secretaría Virtual.
Tercera.- Plazo de presentación del formulario para el alta o modificación de datos personales y administrativos.
Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.
Quinta.- Tramitación de solicitudes y acceso a la Secretaría Virtual del ICAP.
Sexta.- Modalidad de formación.
Séptima.- Selección y ordenación de personas solicitantes.
Octava.- Comunicación al personal seleccionado con plaza y trámite para su admisión.
Novena.- Admisión al Itinerario Formativo en Contratación Administrativa Pública.
Décima.- Requisitos de asistencia y participación. Pérdida de la condición de persona admitida.
Decimoprimera.- Lista de reserva. Requisitos de asistencia y participación para la obtención de la condición de persona admitida.
Decimosegunda.- Pérdida del vínculo con la Administración destinataria.
Decimotercera.- Renuncias y penalización de personas admitidas.
Decimocuarta.- Tipo de certificado y requisitos para su obtención.
Decimoquinta.- Consulta y descarga de certificados.
Decimosexta.- Comunicación del ICAP para la inscripción de certificados en el Registro de Personal.
Decimoséptima.- Reclamaciones y plazo.
Decimoctava.- Vinculación y condición de alumnado de personas docentes.
Decimonovena.- Cláusula de modificación.
Vigésima.- Derechos de inscripción y financiación.
Vigesimoprimera.- Protección de datos.
Vigesimosegunda.- Publicidad.
Vigesimotercera.- Recursos.
Primera.- Personal destinatario y requisitos de las personas solicitantes.
1.- El personal destinatario del Itinerario es el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus Organismos Autónomos y demás entidades del sector público institucional que conste en las relaciones de puesto de trabajo, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los grupos profesionales equivalentes del personal laboral y a los Cuerpos de la Administración de Justicia en Canarias, que reúna los requisitos especificados para el Itinerario convocado en el anexo (subgrupos A1, A2, C1 y grupos profesionales equivalentes).
2.- Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente convocatoria, y no podrá presentar solicitud, el personal docente no universitario que preste sus servicios en instituciones educativas y el personal estatutario sanitario que preste sus servicios en instituciones de asistencia sanitaria adscritos al Servicio Canario de la Salud.
Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP y datos obrantes en la Secretaría Virtual.
1.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que desee presentar solicitud a la actividad formativa convocada, deberá constar en la base de datos de alumnado del ICAP.
2.- El personal empleado público que conste en la base de datos de alumnado del ICAP podrá observar sus datos personales y administrativos en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP y podrá modificar directamente los datos que deban ser actualizados, con la salvedad de los campos inhabilitados para ello, que deberán ser actualizados a través del formulario de alta/modificación de datos a que se refiere la base siguiente.
3.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que desee presentar solicitud y no conste en la base de datos del ICAP, deberá tramitar el formulario de alta/modificación de datos a que se refiere la base siguiente.
Tercera.- Plazo de presentación del formulario para el alta o modificación de datos personales y administrativos.
1.- El personal empleado público destinatario de la presente convocatoria que no figure en la base de datos del ICAP o que deba actualizar sus datos de acuerdo con lo dispuesto en la base anterior, deberá cumplimentar y enviar en plazo el formulario de alta/modificación de datos.
2.- El formulario debidamente cumplimentado podrá ser remitido durante el plazo de quince (15) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Los formularios remitidos con posterioridad al plazo establecido serán tramitados por el ICAP para que el solicitante figure en la base de datos en futuras convocatorias.
3.- El formulario se encuentra disponible en el portal web del ICAP en el apartado “Temas-alumnado” y una vez debidamente cumplimentado será remitido para su tramitación a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org o a través del Registro General Electrónico de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
4.- La presentación del formulario conlleva por el solicitante la declaración responsable sobre la veracidad de los datos consignados en el mismo, que serán debidamente acreditados cuando así sea reclamado por el ICAP.
Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.
1.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en la siguiente base.
2.- No podrán presentarse solicitudes fuera del plazo establecido en el apartado anterior.
Quinta.- Tramitación de solicitudes y acceso a la Secretaría Virtual del ICAP.
1.- La participación en la formación del Itinerario contemplada en la presente convocatoria tiene lugar a través de solicitudes de libre concurrencia.
La solicitud se tramitará en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP.
El acceso podrá llevarse a cabo mediante usuario y contraseña corporativos, certificado digital y/o Sistema Cl@ve.
2.- La presentación de solicitud conlleva por la persona solicitante la declaración responsable sobre la veracidad de los datos consignados en la misma, que serán debidamente acreditados cuando así sea reclamado por el ICAP.
3.- La presentación de solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.
4.- En la Secretaría Virtual del portal web de ICAP podrá consultarse el estado de la solicitud y los datos de la acción formativa solicitada.
Sexta.- Modalidad de formación.
La modalidad de formación de las actividades del presente Itinerario es online (FD), que tiene lugar cuando los contenidos de la formación se facilitan y se tutorizan a través de una plataforma que permite al alumnado el acceso y la disponibilidad de los mismos, en un plazo determinado.
Séptima.- Selección y ordenación de personas solicitantes.
1.- La selección de las personas solicitantes la realizará el ICAP atendiendo a lo dispuesto en la base primera y los requisitos previstos para esta actividad contemplados en el anexo.
2.- Cuando el número de personas solicitantes que cumpla los requisitos supere el número de plazas ofertadas del Itinerario, se aplicará el criterio de ordenación de menor número de acciones formativas certificadas por el ICAP en el año anterior en las que se haya participado a través de solicitudes de libre concurrencia.
En caso de empate, se ordenará por el menor número de horas certificadas por el ICAP en el año anterior en acciones formativas en las que se haya participado a través de solicitudes de libre concurrencia.
En aquellos casos en los que persista el empate se atenderá al orden de entrada de la solicitud en el registro.
Cuando la actividad formativa sea autonómica, la selección guardará la paridad entre las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
3.- Tendrán preferencia las personas solicitantes que no hayan sido penalizadas en 2025.
4.- De acuerdo con el artículo 14.5 del Decreto 8/2011, de 27 de enero (BOC n.º 40, de 24 de febrero), con el fin de facilitar la formación y promoción profesional del personal empleado público con discapacidad, se reservará en cada edición formativa una plaza para dichas personas solicitantes, admitiendo su participación siempre que se cumplan los requisitos establecidos para esa acción formativa en particular.
Tendrán la consideración de personas con discapacidad en la formación del ICAP aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y que dicha circunstancia haya sido comunicada al ICAP a través del formulario de alta/modificación de datos a que se refiere la base segunda.
Una vez admitida, y tras aceptar su participación en una edición formativa, la persona discapacitada, si precisara adaptaciones, deberá comunicarlas a través de la cuenta de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org
En caso de que fuesen dos o más las personas solicitantes en las que concurra discapacidad, la plaza reservada se asignaría a la persona interesada que, cumpliendo los requisitos específicos de esa actividad formativa, resultase elegida tras seguirse los criterios de selección.
5.- De conformidad con lo previsto en el apartado 1 del artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n.º 71, de 23 de marzo), y con el objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicos/as, se otorgará preferencia, durante un año, en la adjudicación de plazas para participar en los cursos de formación, a quienes se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o bien hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad.
6.- El personal empleado público que se encuentre de baja médica podrá participar en las actividades formativas en que haya sido admitido o podrá optar por renunciar a su participación en los términos previstos en esta convocatoria para las renuncias en general.
7.- El personal empleado público podrá participar en actividades formativas durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE n.º 261, de 31 de octubre).
8.- De acuerdo con el artículo 60.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n.º 71, de 23 de marzo), se reservará al menos un 40 por 100 de las plazas en las actividades formativas para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir ese porcentaje.
Octava.- Comunicación al alumnado seleccionado con plaza y trámite para su admisión.
1.- A las personas seleccionadas en cada edición formativa se les comunicarán en la dirección de correo electrónico corporativo de personal empleado público la fecha, el horario, el lugar de celebración y cualquier otra información de interés, procurando que esta comunicación tenga lugar con una antelación mínima de seis (6) días hábiles respecto del inicio de la actividad formativa.
Este comunicado podrá tener lugar con una menor anticipación en caso de tener plazas vacantes tras la falta de aceptación de las personas con prioridad en la selección.
2.- Las personas seleccionadas deberán aceptar o rechazar su participación en la forma y plazo que se indica en el correo de comunicación y tendrán la condición de personas admitidas quienes así acepten su participación.
Si el comunicado tuviera lugar con una menor anticipación por existir plazas vacantes tras la falta de aceptación de las personas con prioridad en la selección, el plazo de respuesta se verá reducido en función de las fechas de inicio de las actividades.
No serán atendidas las aceptaciones y rechazos que tengan entrada en forma y plazo distintos a los previstos en el apartado anterior, así como las comunicaciones que pretendan justificar la ausencia de respuesta dentro del plazo previsto para la aceptación.
3.- En la Secretaría Virtual del portal web del ICAP podrá observar su admisión, rechazo o ausencia de respuesta.
Las personas solicitantes que no hayan recibido un comunicado del ICAP podrán observar en Secretaría Virtual del portal web del ICAP que no han sido seleccionadas con plaza.
4.- Solamente se podrá participar en la edición de la actividad formativa en la que se hubiera comunicado la selección con plaza aceptada su participación.
5.- El alumnado que en la convocatoria actual obtenga certificado en algún/os módulo/s realizado/s, sin completar todo el Itinerario, deberá iniciar y realizarlo en su totalidad, no teniendo preferencia en la selección.
Novena.- Admisión al Itinerario Formativo sobre Contratación Administrativa Pública.
El alumnado será admitido al Itinerario Formativo sobre Contratación Administrativa Pública en su totalidad, pudiendo realizar en las fechas previstas los ocho módulos contemplados en la presente convocatoria y, si supera la totalidad de los ocho módulos, podrá obtener el certificado de aprovechamiento correspondiente al Itinerario.
Décima.- Requisitos de asistencia y participación. Pérdida de la condición de persona admitida.
1.- La participación en las actividades formativas, una vez confirmada, es obligatoria.
En las actividades formativas de la modalidad online, el alumnado admitido que no acceda a la actividad formativa en los dos (2) primeros días hábiles de celebración perderá la condición de persona admitida, por lo que todo el alumnado admitido en el Itinerario deberá acceder al módulo que se celebre en primer lugar.
No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la inasistencia o ausencia de participación.
2.- El ICAP facilitará a la empresa que impartirá la formación el listado de las personas admitidas y las de reserva.
3.- El orden de realización de los módulos será el previsto en el anexo, así como las fechas de su celebración.
4.- Una vez cerrado el plazo para la realización y superación de cada módulo, no podrá volver a acceder a los contenidos de las mismas.
Decimoprimera.- Lista de reserva. Requisitos de asistencia y participación para la obtención de la condición de persona admitida.
1.- Se podrá establecer una lista de reserva de un máximo de 15 personas.
Cada persona de reserva recibirá una comunicación del ICAP donde se le informa de su condición de reserva. Este acto de comunicación no da derecho a obtener la condición de admitido.
La condición de persona admitida se obtendrá si se dan las condiciones de participación siguientes:
Podrán incorporarse, por el orden establecido, tantas reservas como personas admitidas que no se hubiesen incorporado en los dos (2) primeros días hábiles de celebración.
En este supuesto, las personas de reserva recibirán directamente desde la plataforma de formación un comunicado el tercer día hábil a contar desde el inicio de la actividad, disponiendo de 24 horas desde dicha comunicación para incorporarse al módulo que se celebre en primer lugar. Si las 24 horas transcurren en todo o en parte en día inhábil, el vencimiento de estas 24 horas tendrá lugar en el día hábil siguiente. Si así fuera, se obtendrá la condición de persona admitida.
2.- En caso de que las personas que figuren en la lista de reserva no se incorporen a la actividad formativa en los plazos establecidos anteriormente, no obtendrán la condición de personas admitidas.
No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la falta de incorporación en las condiciones expuestas anteriormente.
3.- Una vez incorporados a la actividad formativa, les será de aplicación lo previsto en la presente Resolución para las personas admitidas.
Decimosegunda.- Pérdida del vínculo con la Administración destinataria.
1.- Si la persona admitida en el Itinerario pierde su vínculo con la Administración destinataria antes de su inicio, no podrá participar en el mismo, debiendo necesariamente comunicar esta situación al ICAP a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org
2.- Si la persona admitida en el Itinerario pierde su vínculo con la Administración destinataria durante la celebración del mismo, podrá continuar su formación debiendo contactar con la plataforma de formación a fin de garantizar su acceso a la actividad.
Decimotercera.- Renuncias y penalización de personas admitidas.
1.- El personal empleado público que haya aceptado su participación en la acción formativa y no pueda participar en la misma, deberá comunicar su renuncia al ICAP en tiempo, forma y a través del medio indicado en la presente base.
La renuncia deberá comunicarse con carácter inmediato al ICAP para facilitar la admisión de otros participantes. En todo caso, el plazo máximo para su comunicación será hasta el día en que finalice la actividad formativa.
La renuncia no presentada en tiempo y forma implicará penalización conforme a lo dispuesto en la presente base.
La renuncia deberá cumplimentarse a través del formulario que se encuentra en el apartado “Temas-Alumnado”, del portal web del ICAP.
El formulario de renuncia deberá ser enviado a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org
Lo previsto en la presente base no resultará de aplicación para las personas integrantes de la lista de reserva.
2.- La renuncia no dará lugar a penalización cuando se presente cumpliendo los siguientes tres requisitos y cualquiera de las causas que se relacionan a continuación:
A) Requisitos:
A.1. Que se comunique dentro del plazo establecido en el apartado anterior.
A.2. Que se cumplimente a través del formulario.
A.3. Que se envíe a la dirección de correo electrónico: cursos.formacion@gobiernodecanarias.org
B) Causas:
B.1. Por necesidad del servicio, acreditado mediante la firma de la persona responsable del servicio o del centro.
B.2. Por no estar en situación de servicio activo, por vacaciones, por baja laboral o por razón de permisos o licencias con manifestación de su declaración responsable, debiendo poner a disposición del ICAP la documentación acreditativa cuando le sea requerida.
B.3. Por la admisión en otras actividades convocadas por el ICAP, en las que coincidan las fechas de celebración.
3.- La penalización implicará que el personal empleado público pueda no ser seleccionado en las actividades formativas que se celebren en el año siguiente.
El personal empleado público que habiendo confirmado su participación aceptando la acción formativa y no pueda asistir o participar, será penalizado si:
-
No cumplimenta el formulario de renuncia, o lo cumplimente indebidamente.
-
Presenta el formulario de renuncia fuera de plazo.
-
No envía el formulario de renuncia a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org
-
Presenta el formulario de renuncia por causas distintas a las señaladas en el apartado anterior.
La penalización podrá ser observada en la Secretaría Virtual.
Decimocuarta.- Tipo de certificado y requisitos para su obtención.
Podrá otorgarse certificado de aprovechamiento al alumnado que acredite un conocimiento adecuado de las materias objeto de la actividad formativa a través de la realización y superación de las pruebas, actividades o presentación de trabajos prácticos establecidos en la edición formativa.
Para la obtención del certificado de aprovechamiento del presente Itinerario, será necesario haber realizado y superado, en la presente convocatoria, los ocho módulos.
En caso de no cumplirse este requisito, el alumnado podrá obtener certificado de aprovechamiento en aquel o aquellos módulos que haya superado en la presente convocatoria.
Decimoquinta.- Consulta y descarga de certificados.
Los certificados emitidos en formato electrónico se encuentran disponibles en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP para su consulta y descarga.
Los certificados serán expedidos, con carácter general, en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de finalización del Itinerario.
Una vez esté disponible, el alumnado será informado por correo electrónico.
Decimosexta.- Comunicación del ICAP para la inscripción de certificados en el Registro de Personal.
Finalizada la ejecución de las actividades formativas contempladas en el Plan de Formación vigente, el ICAP dará traslado de la totalidad de los certificados expedidos a la Dirección General de la Función Pública para que proceda a su anotación definitiva en el Registro de Personal y, en consecuencia, a la actualización de la formación en la vida administrativa del personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Decimoséptima.- Reclamaciones y plazo.
Las personas interesadas podrán presentar reclamación sobre las ediciones formativas contempladas en el anexo a través de la cuenta de correo cursos.formación@gobiernodecanarias.org, expirando el plazo para su interposición cuatro (4) meses después de la fecha de finalización de la edición correspondiente.
Decimoctava.- Vinculación y condición de alumnado de personas docentes.
Quedan vinculadas a lo dispuesto en la presente convocatoria las personas físicas y jurídicas que presten la docencia en la actividad formativa objeto de la misma.
El personal docente no podrá ser alumnado de la edición formativa en la que haya sido contratado para ofrecer la docencia.
Decimonovena.- Cláusula de modificación.
La actividad formativa se desarrollará con la duración y en las fechas señaladas.
No obstante, la persona titular del ICAP podrá ampliar y suspender la actividad formativa, modificar las bases de la convocatoria, fechas, duración, modalidad, código de la actividad, lugar de impartición, número de plazas, tipo de certificado y destinatarios, cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen y condicionado a la disponibilidad de crédito suficiente, notificándose previamente a las personas admitidas.
De igual forma, podrá suspender la realización de la actividad formativa convocada cuando sea necesario por motivos técnicos, resulte insuficiente el número de solicitudes recibidas o no se confirme una aceptación de al menos el 80 por ciento de las plazas ofertadas.
Por último, de conformidad con la delegación otorgada por el Consejo de Administración, en fecha 23 de diciembre de 2025, también le corresponde resolver y proveer todo cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de este Plan.
Vigésima.- Derechos de inscripción y financiación.
La actividad formativa que se convoca por la presente Resolución es de carácter gratuito, al estar financiada íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Los gastos que genere esta actividad se harán con cargo a la partida presupuestaria 229.99.00 denominada “Otros gastos corrientes tipificados”. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos que de ella se derive.
Vigesimoprimera.- Protección de datos.
La inscripción en la presente convocatoria implica el consentimiento de las personas participantes a ceder los datos estrictamente necesarios a los responsables de formación para que gestionen la acción formativa, con la única finalidad de establecer la comunicación necesaria para la correcta realización de la misma.
La supresión de la cesión de datos implicará la imposibilidad de realizar la actividad formativa y, por tanto, de continuar con la formación y de certificar la participación.
Vigesimosegunda.- Publicidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública, la presente convocatoria será objeto de publicación en el portal web del ICAP y en el Boletín Oficial de Canarias.
Vigesimotercera.- Recursos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa a interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante el Instituto Canario de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2025.- La Directora, María del Pino de León Hernández.
ANEXO
ITINERARIO FORMATIVO EN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PÚBLICA
Código: IF.A.FD.1.ABC.26.
Objetivos:
• El Itinerario Formativo tiene como objetivo principal dotar al personal personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus Organismos Autónomos y demás entidades del sector público institucional que conste en las relaciones de puesto de trabajo, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los grupos profesionales equivalentes del personal laboral y a los Cuerpos de la Administración de Justicia en Canarias (subgrupos A1, A2, C1 y grupos profesionales equivalentes), de un conocimiento avanzado, práctico y actualizado en materia de contratación pública.
• Garantizar la plena capacitación de los empleados públicos para afrontar los retos normativos y operativos que plantea la Ley de Contratos del Sector Público, fomentando la transparencia, la eficiencia, la sostenibilidad y la integridad en la gestión contractual.
• Impulsar la profesionalización del personal, fortaleciendo sus competencias para mejorar la calidad de los servicios públicos y consolidar una cultura de contratación responsable, ética e innovadora, en línea con las exigencias actuales y los principios de buena administración.
Fecha de celebración: durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre y noviembre de 2026.
Modalidad: online (FD).
Plazas: 50.
Total horas lectivas: 249.
Lugar de celebración: plataforma del ICAP.
Personal destinatario: personal empleado público de los subgrupos A1, A2, C1 y grupos I, II y III.
Metodología y criterios de evaluación: la metodología estará basada en un enfoque eminentemente práctico, interactivo y participativo.
La empresa adjudicataria habilitará al alumnado los contenidos de los diferentes módulos. De esta forma, se facilitará a la persona el acceso a toda la materia.
Cada módulo combinará materiales teóricos (manuales, presentaciones, recursos complementarios) con actividades prácticas, casos reales, cuestionarios autoevaluativos y foros de debate, que fomentarán el aprendizaje colaborativo.
Además, se contará con tutoría académica, dinamización constante y acompañamiento directo con el docente experto de referencia en la materia, asegurando una atención personalizada y la resolución inmediata de dudas, pretendiendo transformar el conocimiento en habilidades aplicables desde el primer momento.
El alumnado admitido deberá superar con aprovechamiento los 8 módulos del Itinerario sobre Contratación Pública.
La empresa adjudicataria habilitará al alumnado los contenidos de los diferentes módulos. De esta forma, se facilitará a la persona el acceso a toda la materia.
La evaluación se basará en la superación de pruebas de conocimiento, garantizando así un aprendizaje real y efectivo. Lo que se acompañará de foros de debate, casos prácticos resueltos, vídeos explicativos, lecturas recomendadas y otros materiales como resúmenes o glosarios de términos.
El alumnado deberá realizar la totalidad de los módulos que componen el Itinerario, por lo que la no realización de alguno de ellos implica la no superación del mismo.
Contenido:
Módulo I. LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (30 horas lectivas).
La contratación pública constituye uno de los ámbitos centrales de la actuación administrativa y absorbe una parte muy relevante del presupuesto de las Administraciones Públicas. Se configura, además, como un instrumento esencial para promover un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, al permitir orientar el gasto público hacia objetivos estratégicos de desarrollo económico y social.
Las Directivas europeas de contratación pública de 2014 introdujeron un conjunto de herramientas destinadas a que los Estados miembros puedan realizar un uso más eficiente y estratégico de la contratación, reforzando tanto su dimensión económica como su potencial transformador. Para alcanzar estos fines resulta imprescindible asegurar una aplicación correcta y uniforme de las normas en todos los niveles de la Administración, de modo que se aproveche plenamente la capacidad de la contratación pública como vehículo fundamental de inversión.
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que incorpora al ordenamiento español esta nueva generación de Directivas, hace necesario un esfuerzo adicional de formación y actualización. Conocer con precisión sus reglas, su estructura y las principales innovaciones que introduce se ha convertido en un requisito clave para quienes trabajan en la gestión contractual, dado el impacto que estas novedades tienen en la práctica administrativa.
UNIDAD 1. LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
UNIDAD 2. LA LCSP 2017.
UNIDAD 3. EL ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN DE LA LCSP 2017.
UNIDAD 4. LAS OBLIGACIONES DE GOBERNANZA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Fecha de celebración: del 10 de marzo al 9 de abril de 2026.
Módulo II. CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA (30 horas lectivas).
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, dio un paso decisivo al imponer, desde el 9 de marzo de 2018, la obligatoriedad de la contratación electrónica, incorporando al ordenamiento jurídico español la nueva generación de Directivas europeas que, por primera vez, establecen como mandato vinculante la tramitación íntegramente electrónica de los procedimientos de licitación.
El propósito de este módulo es ofrecer una formación especializada dirigida a quienes desempeñan funciones públicas relacionadas con la contratación pública. Al concluir el módulo, el alumnado dispondrá de un conocimiento detallado del régimen jurídico aplicable a la contratación pública electrónica, prestando especial atención a las herramientas tecnológicas asociadas a este modelo, a los requisitos fijados por la normativa vigente y a los distintos procedimientos electrónicos contemplados en la LCSP en su configuración actual.
UNIDAD 1. DISPOSICIONES GENERALES Y ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
UNIDAD 2. LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA.
UNIDAD 3. LOS PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA .
UNIDAD 4. OTROS PROCEDIMIENTOS ELECTRÓNICOS.
Fecha de celebración: del 14 de abril al 8 de mayo de 2026.
Módulo III. FASES DE PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (35 horas lectivas).
Resulta imprescindible conocer con rigor las reglas, procedimientos y trámites que estructuran la contratación administrativa, pues esta etapa constituye una de las fases más determinantes del proceso de adjudicación y condiciona tanto la validez del contrato como la eficacia del gasto público.
UNIDAD 1. LAS CONSULTAS PRELIMINARES. EL OBJETO DEL CONTRATO, LOS LOTES. LOS CONTRATOS MENORES Y EL EXPEDIENTE.
UNIDAD 2. LOS PLIEGOS Y LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
UNIDAD 3. LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN.
UNIDAD 4. LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
UNIDAD 5. LAS GARANTÍAS.
Fecha de celebración: del 12 de mayo al 5 de junio de 2026.
Módulo IV. FASE DE EJECUCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (35 horas lectivas).
El objetivo principal de este módulo es, precisamente, contribuir a la profesionalización de la contratación pública mediante un estudio riguroso de la fase de ejecución.
UNIDAD 1. LA RESPONSABILIDAD EN LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
UNIDAD 2. EL PAGO DEL PRECIO Y LOS INTERESES DE DEMORA.
UNIDAD 3. LA MODIFICACIÓN, LA INTERPRETACIÓN Y OTRAS PRERROGATIVAS.
UNIDAD 4. PENALIDADES Y RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.
UNIDAD 5. VÍAS DE RECURSO EN LOS CONTRATOS PÚBLICOS.
Fecha de celebración: del 9 de junio al 2 de julio de 2026.
Módulo V. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS TÍPICOS (I) (30 horas lectivas).
Este módulo aborda un estudio individualizado y detallado de algunas figuras contractuales, atendiendo tanto al texto de la LCSP como a la doctrina interpretativa más relevante. El propósito es orientar al alumnado en la adquisición de una formación teórico-práctica sólida que permita aplicar correctamente estas figuras en la práctica profesional.
UNIDAD 1. ANÁLISIS DE TRES FIGURAS JURÍDICAS DISTINTAS: CONVENIOS, ENCARGOS DE GESTIÓN Y CONTRATOS PÚBLICOS.
UNIDAD 2. EL CONTRATO DE SERVICIOS.
UNIDAD 3. LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE SERVICIOS (I).
UNIDAD 4. LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE SERVICIOS (II).
Fecha de celebración : del 7 al 29 de julio 2026.
Módulo VI. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS TÍPICOS (II) (30 horas lectivas).
El objetivo del módulo es ofrecer un conocimiento detallado de estos contratos administrativos, profundizando en sus peculiaridades, elementos configuradores y características esenciales.
Resulta especialmente importante aprender a diferenciar, con claridad y desde una perspectiva práctica, el contrato de obras y el contrato de concesión de obras, así como el contrato de servicios del contrato de concesión de servicios, dado que esta distinción tiene implicaciones decisivas en la preparación, adjudicación y ejecución de cada uno de ellos.
UNIDAD 1. LAS DIFERENCIAS ENTRE EL CONTRATO DE SERVICIOS Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIOS.
UNIDAD 2. EL CONTRATO DE OBRAS.
UNIDAD 3. EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRAS.
UNIDAD 4. EL CONTRATO DE SUMINISTROS.
Fecha de celebración : del 2 al 30 de septiembre 2026.
Módulo VII. CONTRATACIÓN PÚBLICA SOCIALMENTE RESPONSABLE (30 horas lectivas).
Este módulo se concibe como un instrumento fundamental para comprender el papel que desempeñan los criterios sociales, laborales y medioambientales en el marco de la contratación pública contemporánea. El sistema actual no puede entenderse sin conocer las bases jurídicas, las claves interpretativas y los fundamentos argumentales que habilitan a los poderes adjudicadores para integrar estas consideraciones en el diseño y ejecución de los contratos públicos.
UNIDAD 1. LA CONSECUCIÓN DE OBJETIVOS SOCIALES Y AMBIENTALES CON LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
UNIDAD 2. CLAVES PARA LA CORRECTA UTILIZACIÓN DE LOS CRITERIOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES.
UNIDAD 3. DISCAPACIDAD Y CONTRATOS PÚBLICOS.
UNIDAD 4. ODS Y UTILIZACIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
UNIDAD 5. DIRECTRICES PARA LA INTRODUCCIÓN DE CLÁUSULAS.
Fecha de celebración: del 6 al 30 de octubre 2026.
Módulo VIII. INTEGRIDAD Y COMPLIANCE EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA (29 horas lectivas).
En el marco normativo que regula la contratación pública, el Compliance se ha convertido progresivamente en uno de sus pilares fundamentales. Su carácter eminentemente transversal hace que resulte aplicable a todos los contratos, con independencia de su cuantía o de su naturaleza -ya sean administrativos o privados-, y que despliegue efectos en todas las fases del procedimiento de contratación, desde la planificación inicial hasta la ejecución y extinción del contrato.
Asegurar políticas eficaces de cumplimiento normativo constituye, por tanto, un objetivo central en la gestión pública.
UNIDAD 1. PRINCIPIOS DEL DERECHO Y CORRUPCIÓN.
UNIDAD 2. GOBERNANZA PÚBLICA. LA INTEGRIDAD COMO ESTRATEGIA.
UNIDAD 3. ESTRATEGIAS ESENCIALES CONTRA LAS MALAS PRÁCTICAS.
UNIDAD 4. ACTUACIONES ÉTICAS EN LAS DISTINTAS FASES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Fecha de celebración: del 3 al 30 mes de noviembre 2026.