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Disposición 2026/009/146

Secretaría General Técnica.- Resolución de 30 de diciembre de 2025, por la que se dispone la publicación de la primera Adenda de prórroga del Convenio Específico de Cooperación entre la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife para el impulso del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

2026-01-15 · BOC-2026/009/146

Suscrita con fecha 29 de diciembre 2025 la primera Adenda de prórroga del Convenio Específico de Cooperación entre la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife para el impulso del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Visto el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de diciembre de 2025.- La Secretaria General Técnica, María Belén Díaz Elías.

ANEXO

PRIMERA ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA, A TRAVÉS DEL COMISIONADO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS, Y EL COLEGIO OFICIAL DE ECONOMISTAS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE PARA EL IMPULSO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Matilde Pastora Asián González, en calidad de Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en virtud de su nombramiento publicado en el Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias, y al amparo de las competencias que le son reconocidas en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 25 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

De otra, D. José Luis Casajuana Padrón, con DNI *********, en calidad de Decano del Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, con CIF Q3861002H, cuya representación queda acreditada por certificado del Secretario del Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 2 de octubre de 2024, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de sus Estatutos, publicados en el Boletín Oficial de Canarias con fecha de 27 de enero de 2020.

EXPONEN

I. Que con fecha 20 de diciembre de 2024 las partes suscribieron un Convenio Marco de Cooperación para el impulso del Régimen Económico y Fiscal, con el objeto de establecer un marco de actuación entre los signatarios para la realización y desarrollo de actividades de interés mutuo para el impulso del REF, a través de la formación y difusión del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, que persigan como finalidad un mejor conocimiento del REF y, en particular, de sus aspectos económicos.

II. Que la cláusula décima del Convenio Marco de Cooperación suscrito entre las partes, relativa a su eficacia y duración, establece que el Convenio Marco resultará eficaz desde la fecha de su firma por un periodo de cuatro años.

III. Que la cláusula tercera del Convenio Marco de Cooperación, relativa a la formalización de las acciones conjuntas a las que se refiere la cláusula segunda del Convenio Marco de Cooperación, ha de hacerse mediante la formalización de convenios específicos de cooperación y que, en virtud de lo expuesto anteriormente, las partes suscribieron el 29 de septiembre de 2025 un Convenio Específico de Cooperación para la realización de actividades de formación y difusión del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, que fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 207/2025, de 20 de octubre de 2025.

IV. Que la cláusula séptima del Convenio Específico de Cooperación, relativa a la eficacia y duración del mismo, dispone que el Convenio Específico de Cooperación objeto de esta Adenda de prórroga surtirá efectos desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de prórroga de dos (2) años, previo acuerdo de las partes.

V. Que la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio Específico de Cooperación suscrito entre la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, ha manifestado, conforme a lo dispuesto en la cláusula séptima del Convenio Específico de Cooperación, su acuerdo para prorrogar el Convenio Específico de Cooperación.

VI. Que en base a lo expuesto anteriormente, la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio Específico de Cooperación entre la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, con el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, suscrito entre las partes el 29 de septiembre de 2025, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 207/2025, de 20 de octubre de 2025, para la realización de actividades de formación y difusión del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, a tenor de lo dispuesto en la cláusula séptima, referida a la eficacia y duración, y la cláusula sexta, referida a la financiación, de sus respectivos Convenios Específicos de Cooperación, sus signatarios

ACUERDAN

Primero.- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 el Convenio Específico de Cooperación entre la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, suscrito con el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife para el impulso del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (BOC n.º 207/2025, de 20.10.2025).

En cualquier momento, antes de la finalización de la primera prórroga que ahora se acuerda, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente una segunda prórroga hasta el 31 de diciembre de 2027.

Segundo.- La financiación de la presente prórroga, durante el ejercicio 2026, será la siguiente:

La Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, se compromete a sufragar un importe total de tres mil novecientos (3.900,00) euros, IGIC incluido, para los gastos que se generen en 2026 derivados del Convenio Específico que se prorroga, referidos a la contratación de ponentes (3.600,00 euros, IGIG incluido), así como sus gastos de desplazamiento (300,00 euros, IGIC incluido), cuando las acciones a desarrollar tuvieran lugar en islas no capitalinas de la Comunidad Autónoma.

De otra, el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife se compromete a financiar, de acuerdo con sus posibilidades, el resto de los gastos necesarios para la organización de las actividades divulgativas y formativas objeto de Convenio Específico que se prorroga, tales como los de organización y gestión administrativa, alquiler de salas, materiales didácticos, identificación de entidades colaboradoras para acoger las acciones, etc.

La existencia del crédito adecuado y suficiente para la financiación de la prórroga durante 2026 del Convenio Específico de Cooperación queda acreditada mediante documento de Retención de Crédito Contabilizado emitido por la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, órgano gestor G1002 Secretaria General Técnica, con el número de referencia 0000080665 y número de documento SAP: 1000060715.

La Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, a través del Comisionado del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, asumirá las retribuciones de los ponentes de las acciones ejecutadas durante 2026 al amparo del Convenio Específico de Cooperación que se prorroga, así como los gastos de desplazamiento a islas no capitalinas, si los hubiere, conforme al siguiente esquema:

• En el mes de julio 2026, la parte correspondiente a las retribuciones de los ponentes que participen en las actividades que se realicen desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, a razón de 150,00 euros hora (ciento cincuenta euros, IGIC incluido), con un máximo de cuatro horas por acción, para las actividades formativas/divulgativas previstas en dicho periodo. El remanente de este periodo podrá ejecutarse en el segundo semestre de 2026.

• En el mes de noviembre 2026, la parte correspondiente a las retribuciones de los ponentes que participen en las actividades objeto del Convenio entre el 1 de julio 2026 y el 15 de noviembre 2026, a razón de 150,00 euros hora (ciento cincuenta euros, IGIC incluido), con un máximo de cuatro horas por acción, para las actividades formativas/divulgativas previstas en dicho periodo. A la cantidad establecida para este periodo podrá sumarse el remanente, si lo hubiere, del primer semestre hasta alcanzar la cantidad total de tres mil novecientos (3.900,00) euros.

Al final de cada periodo, junio de 2026 y noviembre de 2026, el Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife presentará a la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio Específico informe de final de etapa sobre las acciones ejecutadas, en el que deberá plasmarse, como mínimo, una descripción de las actividades realizadas y público objetivo alcanzado. Alternativamente, podrá presentar un único informe final, comprendiendo todas las actividades implementadas durante 2026 al amparo del Convenio Específico de Cooperación que se prorroga.

La Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio Específico lo analizará y validará su conformidad para solicitar la presentación de facturas para el abono de los gastos correspondientes a los ponentes y, en el caso de acciones llevadas a cabo en islas no capitalinas, los gastos de desplazamiento en los que se hubiera incurrido conforme a lo dispuesto en el Convenio Específico que se prorroga y a la agenda de acciones acordada entre las partes de común acuerdo.

Tercero.- En todo lo no estipulado en la presente Adenda de prórroga se estará a lo establecido en el Convenio Específico, que permanecerá vigente y redactado en sus mismos términos.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, a 29 de diciembre de 2025.- La Consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, Matilde Pastora Asián González.- El Decano del Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, José Luis Casajuana Padrón.