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Disposición 2026/009/144

Secretaría General Técnica.- Resolución de 2 de enero de 2026, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria para el aprovechamiento de dicho Museo como recurso educativo del Gobierno de Canarias.

2026-01-15 · BOC-2026/009/144

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria para el aprovechamiento de dicho Museo como recurso educativo del Gobierno de Canarias, suscrita el 19 de diciembre de 2025.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 2026.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

ANEXO

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA FUNDACIÓN CANARIA MUSEO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL APROVECHAMIENTO DE DICHO MUSEO COMO RECURSO EDUCATIVO DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

REUNIDOS

De una parte, D. Hipólito Alejandro Suárez Nuez, Excmo. Sr. Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, en virtud del Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente, actuando en virtud de las competencias que le otorgan el título 29.1, letra k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 5.2, letra g), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio.

De otra parte, Dña. Jéssica del Carmen de León Verdugo, Excma. Sra. Presidenta de la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria, con NIF G35497247 y domicilio en el Parque Santa Catalina, s/n, de Las Palmas de Gran Canaria, y actuando en representación de dicha Fundación y en virtud de las facultades que le atribuyen los Estatutos de la misma.

Reconociéndose las partes la capacidad jurídica necesaria para obligarse en la formalización de la presente Adenda al Convenio de Cooperación y, en su virtud,

EXPONEN

Primero.- Con fecha de 1 de agosto de 2024, la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria suscribieron un Convenio de Cooperación para el aprovechamiento de dicho Museo como recurso educativo del Gobierno de Canarias.

Segundo.- El objeto de esta cooperación es el aprovechamiento del citado Museo como recurso educativo del Gobierno de Canarias, para impulsar la divulgación de las ciencias entre la infancia y la juventud, promover la cultura científica y tecnología, y fomentar las aptitudes críticas y participativas del alumnado.

Tercero.- La cláusula segunda, apartado a), del citado Convenio establece los compromisos de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, entre los cuales se encuentra adscribir, en función de la disponibilidad presupuestaria, un máximo de dos docentes en comisión de servicios, para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Convenio.

Cuarto.- El artículo 6.1.e) del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, en el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece la posibilidad de modificación del Convenio mediante la suscripción de la correspondiente adenda de modificación.

Quinto.- El interés general de la Fundación consiste en la creación, organización, gestión y promoción del Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria.

Los fines de la Fundación son los siguientes:

• Promover la divulgación de las ciencias, especialmente entre la infancia y la juventud.

• Fomentar la cultura científica y tecnológica, potenciando las aptitudes críticas y participativas y estimulando el interés general por las mismas.

• Potenciar el desarrollo de la didáctica de las ciencias.

• Mantener a través del Museo un permanente intercambio con centros homólogos de otras ciudades y países.

• Contribuir a la formación de alumnos y profesionales de los centros educativos en el ámbito de las ciencias y la tecnología.

• Convertir el Museo, sus instalaciones, muestras y servicios, en un elemento de atracción turística para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

• Mostrar y preservar la herencia industrial, técnica y científica de la Comunidad Canaria.

• Facilitar la comprensión de los descubrimientos de la ciencia y la tecnología al público en general.

• Contribuir al fomento del sector industrial y artesanal de nuestra Comunidad Autónoma, propiciando la difusión de la innovación industrial y el emprendimiento que se desarrolla en Canarias.

• Fomentar la calidad y la capacitación industrial y artesanal, promoviendo el conocimiento de las mejores tecnologías y procedimientos disponibles.

Para la consecución de estos fines, como ya se expuso en el Convenio de Cooperación, participan docentes dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes adscritos en comisión de servicios, cuya tarea se ha visto incrementada desde el inicio del mismo, llevando aparejada cierta dificultad a la hora de abarcar las funciones asignadas, lo que hace necesario aumentar el número de docentes que actúan en este proyecto, al objeto de dotar de mayor calidad, implicación y buenos resultados la cooperación entre ambas partes.

Sexto.- En aras de conseguir el objetivo previsto en el Convenio, la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria reconocen la importancia de la participación de docentes en comisión de servicios, así como el interés en que se aumente el número de participantes en este sentido.

Séptimo.- Que reunida la Comisión de Seguimiento del Convenio, emite informe de fecha 25 de noviembre de 2025, en el que se propone modificación de la cláusula segunda, apartado a), por la que se establece adscribir, en función de la disponibilidad presupuestaria, un máximo de tres docentes en comisión de servicios, para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Convenio.

Las partes firmantes de esta Adenda estiman conveniente establecer las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- Se modifica lo estipulado en la cláusula segunda, apartado a), del Convenio, quedando con la redacción que se indica a continuación:

“Cláusula segunda.- Del compromiso de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes”.

La Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, a través del Centro Directivo o Servicio correspondiente, se compromete a:

a) Adscribir, en función de la disponibilidad presupuestaria, un máximo de tres docentes en comisión de servicios, para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Convenio.

Segunda.- La vigencia de la presente Adenda del Convenio de Cooperación surtirá efectos desde el día de su firma.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda al Convenio de Cooperación, a 19 de diciembre de 2025.- Por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.- Por la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria, Jéssica del Carmen de León Verdugo.

Secretaría General Técnica.- Resolución de 2 de enero de 2026, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y la Fundación Canaria Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria para el aprovechamiento de dicho Museo como recurso educativo del Gobierno de Canarias. — Bocana