Dirección General de Comercio y Consumo.- Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2026, por la que se convocan, para el año 2026, subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias.
2026-04-15 · BOC-2026/072/1181
BDNS (Identif.): 896227.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/896227).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen conforme a las bases reguladoras los organismos de gestión de las Zonas Comerciales Abiertas con personalidad jurídica propia (Organizaciones/Asociaciones Empresariales/Comerciantes, Consorcios Público-privados, etc.) que asocien/integren directa o indirectamente a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en la presente Resolución. A efectos de las presenten bases, las empresas comerciales deberán ser la mayoría de las empresas representadas en el organismo de gestión de la Zona Comercial Abierta.
También podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria las federaciones y/o agrupaciones de los organismos de gestión previstos en el apartado anterior, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada. En este caso, también le son aplicables los límites contemplados en las presentes bases, en caso de los importes máximos, como la suma de limitaciones para cada uno de los organismos integrantes y en el caso de las baremaciones como la media aritmética de los resultados que obtendría cada Zona Comercial Abierta de forma individual.
Segundo.- Objeto.
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026, la concesión de subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, conforme a las bases reguladoras.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden n.º 148, de 18 de agosto de 2016, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones para proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias para el año 2016 (BOC n.º 165, de 26.8.2016), y posteriores modificaciones por Orden de 10 de mayo de 2017 (BOC n.º 95, de 18.5.2017), Orden de 8 de marzo de 2019 (BOC n.º 58, de 25.3.2019), por Orden de 8 de mayo de 2020 (BOC n.º 98, de 20.5.2020), y por Orden de 5 de junio de 2021 (BOC n.º 122, de 15.6.2021).
Cuarto.- Cuantía.
Esta subvención, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, tiene una dotación económica para la presente convocatoria de novecientos mil (900.000,00) euros, distribuido de la siguiente forma: ochocientos mil (800.000,00) euros con cargo al presente ejercicio 2026, y cien mil (100.000,00) euros con cargo al ejercicio 2027, importes que encuentran cobertura presupuestaria en la aplicación presupuestaria 15.05.431B.780.02, 237G0314 “Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas”. Dichas dotaciones podrán incrementarse cuando exista cobertura presupuestaria para llevarse a cabo y que el acuerdo adoptado al respecto sea publicado con anterioridad a la fecha de la resolución de concesión.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Sexto.- Otros datos.
Los interesados tienen que cumplimentar la solicitud telemática a través del aplicativo informático de gestión del procedimiento de la Dirección General de Comercio y Consumo (Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos) ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10847
Asimismo, se presentará en dicho aplicativo la documentación exigida en las bases para cada tipo de beneficiario. De conformidad con las bases reguladoras, los impresos normalizados Anexos III, IV, V, VI, VII y VIII de la presente convocatoria se encuentran disponibles en dicho aplicativo de gestión de la convocatoria.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2026.- El Director General de Comercio y Consumo, David Mille Pomposo.