DECRETO 38/2026, de 17 de marzo, por el que se autoriza la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas por la Universidad del Atlántico Medio.
2026-03-20 · BOC-2026/055/921
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior.
Las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Según el artículo 9.3, los estudios de Máster Universitario tienen como objetivo la formación avanzada, de carácter especializado temáticamente, o de carácter multidisciplinar o interdisciplinar, dirigida a la especialización académica o profesional, o bien encaminada a la iniciación en tareas de investigación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por la Ley 3/2025, de 25 de julio, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el Estado serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.
Por Decreto 113/2020, de 23 de octubre, se acordó la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas (BOC n.º 228, de 6.11.2020).
El Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas fue verificado el 10 de marzo de 2020, y en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 12 de enero de 2021, se establece su carácter oficial y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), con código 4317330 (BOE n.º 19, de 22.1.2021).
El Consejo de Administración de la Universidad del Atlántico Medio, en sesión ordinaria celebrada en fecha 7 de noviembre de 2025, aprueba por unanimidad la supresión del mencionado título.
Con fecha 27 de enero de 2026, la Universidad del Atlántico Medio solicita al Gobierno de Canarias la supresión de la citada enseñanza universitaria, aportando a tal efecto Memoria de supresión, en la que se señala que se procede a la extinción del título debido a que en el proceso de verificación de la nueva titulación de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas por la Universidad del Atlántico Medio, con código RUCT: 3501055, se indica la extinción de la anterior.
El Consejo Universitario de Canarias fue informado, en sesión celebrada el 23 de febrero de 2026, de la supresión del mencionado título oficial.
En su virtud, de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza universitaria por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 17 de marzo de 2026,
DISPONGO:
Primero.- Autorizar la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas (RUCT 4317330) por la Universidad del Atlántico Medio.
Segundo.- La Universidad estará obligada a garantizar el desarrollo efectivo de las enseñanzas durante un periodo mínimo que permita finalizar sus estudios al alumnado que, con un aprovechamiento académico normal, los hubieran iniciado en ella. Durante el periodo establecido en el calendario de extinción no se permitirá, en ningún caso, la matriculación de nuevo alumnado en ninguna asignatura del citado título oficial.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 17 de marzo de 2026.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA, Migdalia María Machín Tavío.