Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 9 de marzo de 2026, de la Directora, por la que se dispone la adhesión del Servicio Canario de Empleo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2026-03-19 · BOC-2026/054/902
El Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispuso que todos los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos vinculados o dependientes debían crear su sede electrónica, de acuerdo con los requisitos establecidos en el mismo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el citado Decreto, por Orden de 16 de julio de 2012, de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, se crea y regula la sede y registro electrónico del Servicio Canario de Empleo.
Mediante Decreto 123/2020, de 10 de diciembre, se modifica el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objetivo de adaptarlos a lo dispuesto por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de crear la sede electrónica única.
En concreto, el artículo 9.1 del citado Decreto 19/2011, en su redacción vigente dispone que “La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias contará con una sede electrónica. Estarán incluidos en la sede electrónica, todos los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias”.
La implementación de la sede electrónica única ofrece una visión única y global a la ciudadanía, dando cumplimiento a los principios de igualdad, accesibilidad, neutralidad tecnológica, transparencia y publicidad, facilitando la localización y el acceso a la información y a los servicios que la administración pone a disposición de la ciudadanía con mayor simplicidad técnica, reducción de costes y de alineamiento con la normativa de aplicación.
Por su parte, el artículo 10.1 del Decreto 19/2011, de 10 de febrero, establece que la creación de sedes electrónicas por parte de los organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias se realizará, en defecto de norma expresa, por resolución de la persona titular de la dirección; por razones de eficacia, los mismos podrán adherirse, mediante la adopción del correspondiente acto unilateral de adhesión, a la sede electrónica única de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. El acto de adhesión deberá publicarse en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En virtud de lo expuesto y en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 10 del citado Decreto 19/2011, de 10 de febrero, y el artículo 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo,
RESUELVO:
Primero.- Acordar la adhesión del Servicio Canario de Empleo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a partir del 24 de marzo de 2026, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 10.1 del Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Publicar esta Resolución de adhesión en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de marzo de 2026.- La Directora, María Teresa Ortega Granados.