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Disposición 2026/053/882

ORDEN de 6 de marzo de 2026, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2026-2028.

2026-03-18 · BOC-2026/053/882

Visto el expediente para la aprobación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2026-2028”, y de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, así como el artículo 2 del Decreto 37/2024, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Empleo, establece que la Consejería se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) Viceconsejería de Turismo.

b) Viceconsejería de Empleo.

c) Secretaría General Técnica.

d) Dirección General de Infraestructura, Sostenibilidad y Calidad Turística.

e) Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística.

f) Dirección General de Trabajo.

Segundo.- Visto que se ha concluido la vigencia del Plan anterior de la Consejería para el periodo 2023-2025 y se ha procedido a informar la liquidación del mismo.

Tercero.- A la vista de las propuestas remitidas por los Centros Directivos, la Secretaría General Técnica del Departamento procedió a elaborar el “Proyecto de Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2026-2025”.

Cuarto.- Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la disposición final primera de dicha Ley), establece:

“Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y su seguimiento (artículo 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artículo 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Así lo establece también el Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio en su artículo 4.g) cuando habla de las funciones de carácter general del Consejero/a y entre ellas se encuentra la de “Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento”.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que “se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados” (artículo 6.1).

Asimismo, se prevé que “los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente” (artículo 6.3).

De ahí que el plan diseñado para esta Consejería de Turismo y Empleo abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2026, y a resultas de los Objetivos programados para las aportaciones del 2027 al 2028.

Quinto.- El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los planes estratégicos:

“1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:

a) Objetivos estratégicos,…

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación...

  1. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública”.

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, al determinar que “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Aprobar el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2026-2028”, en los términos recogidos en el anexo.

Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de marzo de 2026.

LA CONSEJERA DE TURISMO Y EMPLEO, Jéssica del Carmen de León Verdugo.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO PARA LOS EJERCICIOS 2026-2028.

I.- Introducción.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la disposición final primera de dicha Ley), establece: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. De ahí que dado el citado plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones.

A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y seguimiento (artículo 8).

En el artículo 6.1 se establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Vista la creación de este Departamento en virtud del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, así como el Decreto 37/2024, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Empleo, se hace necesario contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Asimismo, de conformidad con dicha regulación, para la elaboración y aprobación del citado Plan, hay que tener en cuenta que los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo y Empleo abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2026, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2027 al 2028.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los planes estratégicos:

“1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:

a) Objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. Debiendo concretarse para cada una de ellas: áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalle de las fuentes de financiación y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos.

  1. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública”.

Teniendo en cuenta lo expuesto y a fin de elaborar el citado Plan por la Secretaría General Técnica se interesó de los centros directivos de este Departamento las correspondientes propuestas en las que se concretan los contenidos, por sus respectivas áreas competenciales, de los fines estratégicos que se pretenden lograr con el establecimiento de líneas de subvenciones vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios, al objeto de configurar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2026-2028.

Remitidas por los Centros Directivos las respectivas propuestas, se procede a elaborar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2026-2028, el cual, tras el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, se expone a continuación:

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN, FORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los planes estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

La Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, en el marco de las competencias que tiene atribuidas debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, y para la presente anualidad, en al marco presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canarias para el ejercicio 2026.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 por la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 (BOC n.º 256, de 29 de diciembre), se incorpora, en la Sección 16 de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio y en concreto en el Servicio 1604 de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, en los Programas 322A, Formación Profesional Turística y 432G, Promoción y Apoyo a la comercialización, por un lado, en el Programa 322A, el Proyecto de Inversión 164G0039 AL CABILDO DE LANZAROTE PARA LA ESCUELA DE TURISMO DE LANZAROTE y, por otro, en el Programa 432G, las subvenciones nominadas a los Clubes Canarios de Fútbol y Baloncesto que disputan ligas profesionales, así como las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la apertura de nuevas rutas aéreas internacionales directas hacia las Islas Canarias.

Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir los referidos proyectos de inversión como líneas de subvención en el plan estratégico del correspondiente Departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

En los anexos de Transferencias corrientes y de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, dentro de la Sección 16, Servicio 1604, correspondiente a los programas que gestiona este Centro Directivo, figuran los proyectos de inversión que darán cobertura a las siguientes subvenciones que de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán directas y se deben añadir al plan estratégico del Departamento:

Ver anexo en la página 10496 del documento Descargar

III.- Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.

Ver anexo en la página 10497 del documento Descargar

IV.- Objetivos.

  1. Subvenciones directas.

Ver anexo en la página 10497 del documento Descargar

La mejora de la competitividad del sector turístico, la diferenciación de los productos turísticos y el aumento de la calidad de los mismos requiere una formación y conocimientos más específica del personal, necesarios para dar una respuesta para atender una demanda de servicios turísticos cada más exigente. Por ello es necesario impartir una formación completa y especializada.

La citada subvención tiene como objetivo financiar los gastos de personal de Escuela Universitaria de Turismo del Cabildo de Lanzarote.

2.- Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.

Ver anexo en la página 10497 del documento Descargar

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como objeto apoyar a las aerolíneas en la elaboración e implementación de nuevas rutas comerciales de pasajeros hacia las Islas Canarias incardinadas en el marco normativo europeo, nacional y autonómico. Ello coadyuvará entre otras a:

• Una mayor afluencia de turistas que contribuirá a la ampliación del mercado y a la reducción de la estacionalidad. Facilitando el acceso al archipiélago de turistas de diversas regiones, y en distintos momentos del año.

• Al desarrollo económico local a través de la generación de empleo y el aumento de los ingresos, de los diversos sectores directa o indirectamente impactados por el sector turístico.

• A la mejora y posicionamiento de la imagen destino “Islas Canarias”.

• Al fortalecimiento de las relaciones comerciales, que atendiendo a la insularidad y la condición de región ultraperiférica de Canarias, es clave para convertirnos más aún en epicentro de negocios entre América, Europa y África.

Tales actuaciones dirigidas en última instancia a la sostenibilidad y resiliencia, integran los elementos necesarios para adaptarse a las circunstancias y necesidades del destino turístico de las Islas Canarias.

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, SOSTENIBILIDAD Y CALIDAD TURÍSTICA.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los planes estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, dentro de la Sección 16 de la Consejería de Turismo y Empleo y en concreto en el Servicio 1605 de la Dirección General de Infraestructura, Sostenibilidad y Calidad Turística, Programa 432B, Infraestructura Turística y Gestión Integral Núcleos Turísticos, figuran líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones.

Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la mencionada Dirección General y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el plan estratégico del correspondiente Departamento, teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, y teniendo en cuenta el Capítulo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, dentro de la Sección 16, Servicio 1605, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo 432B, se deben incluir en el Plan Estratégico del Departamento las actuaciones nuevas que se relacionan:

Ver anexo en la página 10499 del documento Descargar

Dichas actuaciones tienen reflejo presupuestario en el Capítulo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, dentro de la Sección 16, Servicio 1605, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432B), figurando en el mismo las partidas que darán cobertura las subvenciones directas.

II.1.- Objetivos.

El turismo se configura como la principal actividad económica del Archipiélago, tanto por su aportación directa e indirecta a la riqueza generada en Canarias como por la cantidad de mano de obra que ocupa. De ahí la importancia de una planificación correcta de los recursos, para lograr una actividad turística sostenible y competitiva.

Las modificaciones que se introducen en el plan estratégico responden a la necesidad de planificar adecuadamente los créditos amparando la ejecución de actuaciones que se incardinan dentro de los objetivos y estrategias del programa presupuestario 432B:

  • Continuación de la estrategia para la mejora del espacio público turístico, para la creación de nuevas infraestructuras turísticas que contribuyan a la mejora y diversificación del atractivo turístico de Canarias, como destino turístico, y que posibiliten la realización de actividades tales como: turismo náutico, deportivo, rural, cultural, de congresos, etc.

  • Mejora de las infraestructuras turísticas que tengan por finalidad:

a) El embellecimiento de los atractivos turísticos de las Islas, incluyendo los recursos naturales.

b) Un adecuado desarrollo urbanístico de los distintos enclaves turísticos y el acondicionamiento de los elementos del territorio para un sustento de la diversificación de la oferta, incluyendo segmentos tales como el turismo rural, cultural, de salud, etc.

  • Aplicación de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, con especial hincapié en la acción de fomento de la actividad turística, en un sistema de calidad y respeto al medio ambiente.

  • Sostenibilidad del desarrollo turístico, tomando como base la mejora de las infraestructuras turísticas existentes.

Las líneas de actuación que se siguen en este programa se desarrollan y priorizan a través de actuaciones orientadas a:

  • Mejorar la calidad del producto turístico y su entorno.

  • Fomento de la gestión medioambiental de los enclaves o núcleos turísticos.

VICECONSEJERÍA DE TURISMO.

1.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los planes estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 (BOC n.º 256, de 29.12.2025), se incorporaron, en la Sección 16 de la Consejería de Turismo y Empleo, y en concreto en el Servicio 1609 de la Viceconsejería de Turismo, Programa 432 H, Planificación Turística y Sistema de Información, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2026/2028. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Viceconsejería de Turismo y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el plan estratégico del correspondiente Departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

2.- Subvenciones directas.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, dentro de la Sección 16, Servicio 1609, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432H), figuran los nuevos proyectos de inversión que darán cobertura a las siguientes subvenciones que, de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, serán directas determinando necesariamente su inclusión en el Plan Estratégico del Departamento:

Ver anexo en la página 10501 del documento Descargar

2.1.- Objetivos.

El programa 432H tiene como objetivo potenciar un modelo turístico innovador haciendo hincapié en el desarrollo sostenible, en la mejora de los recursos y en el apoyo al tejido empresarial que deben incrementar sus estándares de seguridad y gestionar la incertidumbre. Todo ello mediante la puesta en marcha de instrumentos para que hoteles, hostelería y actividades complementarias generen sinergias las unas en las otras, de forma que caminen de la mano en la mejora del destino y la economía global del Archipiélago.

Los objetivos estratégicos de este programa son:

• Conseguir un sector turístico sostenible y resiliente.

• Aumentar la competitividad del destino desarrollando el producto turístico canario.

• Facilitar el desarrollo de la economía local y la mejora del producto turístico.

Para el ejercicio 2026, de acuerdo con los retos formulados, se establece el siguiente programa de actuación de la Viceconsejería de Turismo:

  • Apoyo para la transición hacia la sostenibilidad turística:

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como objeto apoyar a los Cabildos Insulares y sus organismos autónomos en la elaboración e implementación de Planes de Acción Climática incardinados en el marco normativo europeo, nacional y autonómico; con el objeto de que por parte de las mismas se promueva e implementen las acciones climáticas específicas recogidas en los planes para cada una de las islas. Ello coadyuvará en el apoyo de las los Cabildos Insulares y sus organismos autónomos realicen acciones de creación y/o reconversión de productos turísticos, formaciones, medición de la huella de carbono, etc., que contribuyan a la transformación del turismo de su ámbito territorial, orientándolo a la sostenibilidad, la resiliencia, la eficacia energética, la descarbonización y la economía circular. La finalidad viene, entonces, reflejada en la importancia tanto de la elaboración como implementación de los antedichos Planes que integran los elementos necesarios en esta materia adaptándose a las circunstancias y necesidades del destino turístico de las Islas Canarias, en aras de la consecución de los hitos establecidos en el horizonte temporal definido en las hojas de ruta para 2030 y 2050.

El efecto previsto para Canarias es la implementación de acciones climáticas por los Cabildos Insulares y sus organismos autónomos, dirigidas a la transformación del turismo en su ámbito territorial, orientándolo a la sostenibilidad, la resiliencia, la eficacia energética, la descarbonización y la economía circular.

  • Aportación CIT El Hierro:

Esta subvención directa nominada al CIT El Hierro -asociación de empresas, asociaciones y personas, vinculados a la actividad turística, directa o indirectamente, cuyo objetivo principal es favorecer la experiencia del visitante y el turista, poniendo en valor los recursos de distinta naturaleza de la isla de El Hierro- está dirigida a financiar actuaciones que coadyuven a la mejora para la dinamización del turismo insular de la isla, esperando como efecto dicho resultado.

VICECONSEJERÍA DE EMPLEO.

La Viceconsejería de Empleo ha venido desarrollando, a través de la siguiente línea de subvención, una actividad de fomento del diálogo social. El presente Plan Estratégico recoge las actuaciones necesarias para dar continuidad a esta política.

SECCIÓN 16: TURISMO Y EMPLEO.

SERVICIO 1616: VICECONSEJERÍA DE EMPLEO.

PROGRAMA 241C: FOMENTO DE EMPLEO.

16.17.241C P.I. 164G1751 FOMENTO DIÁLOGO SOCIAL.

Objetivo: fomentar el Diálogo Social.

Efecto: creación de Cátedras de Relaciones Laborales.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

La Dirección General de Trabajo ha venido desarrollando, a través de varias líneas de subvención, una actividad de fomento en materia de empleo.

El presente Plan Estratégico recoge las actuaciones necesarias para dar continuidad a esta política.

SECCIÓN 16: TURISMO Y EMPLEO.

SERVICIO 1618: DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

PROGRAMA 494A: ADMÓN DE RELAC. LABORALES Y CONDICIONES DE TRABAJO.

16.18.494A P.I. 164G1752 PROGRAMA DE LUCHA CONTRA LA ECONOMÍA SUMERGIDA.

Objetivo: la lucha contra la economía sumergida se considera un eje central del Gobierno de Canarias, que llevó a que el 27 de junio de 2013, se firmara el Acuerdo de Gobierno para la puesta en marcha de un plan integral de lucha contra la economía sumergida y a los VI Acuerdos de Concertación Social, con el fin de aflorar el empleo no declarado y los comportamientos irregulares en el ámbito laboral y seguimiento de los planes.

Efecto: informar de los efectos negativos de la economía sumergida, aflorar empleo, con la finalidad de disminuir la economía sumergida en Canarias.

16.18.494A.P.I. 164G1752 PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.

Objetivo: promover la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

Efecto: aumento de las políticas de diálogo social entre los agentes sindicales y empresariales.

16.18.494A P.I. 164G1752 DIFUSIÓN DE LA NORMATIVA LABORAL.

Objetivo: impulsar la difusión de la normativa laboral.

Efecto: mejora de los agentes intervinientes en el mercado laboral.

16.18.494A P.I. 164G1752 COMPENSACIÓN GASTOS CONCILIACIÓN LABORAL.

Objetivo: subvencionar directamente a personas que arbitran dictando laudos como resolución de impugnaciones en procesos de elecciones sindicales.

Efecto: dar soporte económico a los actos de conciliación, mediación y arbitraje.

16.18.494A P.I. 164G1752 COMPENSACIÓN GASTOS ARBITRAJE Y CONSEJO CANARIO DE RELACIONES LABORALES.

16.18.494A P.I. 164G2434 TÉCNICO IGUALDAD UGT.

Objetivo: promover la creación de Oficinas Técnicas para el asesoramiento en materia de la igualdad de oportunidades y el fomento de los Planes de Igualdad en las Empresas.

Efecto: inclusión, igualdad en las empresas, mejoras de las condiciones de trabajo.

16.18.494A P.I. 164G2435 TÉCNICO IGUALDAD CCOO.

Objetivo: promover la creación de Oficinas Técnicas para el asesoramiento en materia de la igualdad de oportunidades y el fomento de los Planes de Igualdad en las Empresas.

Efecto: inclusión, igualdad en las empresas, mejoras de las condiciones de trabajo.

16.18.494A P.I. 164G2432 ODS CCE.

Objetivo: promover la creación de Oficinas Técnicas para el asesoramiento y desarrollo de Agenda Canaria 2030 en las empresas.

Efecto: implantación de oficinas técnicas para el desarrollo de la Agenda Canaria 2030 en las empresas.

16.18.494A P.I. 164G2433 ODS CEOE.

Objetivo: promover la creación de Oficinas Técnicas para el asesoramiento y desarrollo de Agenda Canaria 2030 en las empresas.

Efecto: implantación de oficinas técnicas para el desarrollo de la Agenda Canaria 2030 en las empresas.

SECCIÓN 16: TURISMO Y EMPLEO.

SERVICIO 1618: DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

PROGRAMA 494B: PROMOCIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ASESORAMIENTO TÉCNICO.

16.18.494B P.I. 164G2428 PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES UGT.

Objetivo: la ejecución del Plan de actuación del Instituto Canario de Seguridad Laboral a través de mejoras de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, mejora de la eficacia y calidad de los sistemas de prevención de las empresas, potenciar las instituciones dedicadas a la prevención de riesgos laborales, análisis, investigación, promoción e información en prevención de riesgos laborales, mejora de interlocutores en seguridad y salud, desarrollo y consolidación de la cultura de prevención de riesgos laborales.

Efecto: mejora de la seguridad y salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales, dirigidos a conseguir el bienestar en el trabajo.

16.18.494B P.I. 164G2429 PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES CCOO.

Objetivo: la ejecución del Plan de actuación del Instituto Canario de Seguridad Laboral a través de mejoras de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, mejora de la eficacia y calidad de los sistemas de prevención de las empresas, potenciar las instituciones dedicadas a la prevención de riesgos laborales, análisis, investigación, promoción e información en prevención de riesgos laborales, mejora de interlocutores en seguridad y salud, desarrollo y consolidación de la cultura de prevención de riesgos laborales.

Efecto: mejora de la seguridad y salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales, dirigidos a conseguir el bienestar en el trabajo.

16.18.494B P.I. 164G2430 PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES CCE.

Objetivo: la ejecución del Plan de actuación del Instituto Canario de Seguridad Laboral a través de mejoras de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; mejora de la eficacia y calidad de los sistemas de prevención de las empresas, potenciar las instituciones dedicadas a la prevención de riesgos laborales, análisis, investigación, promoción e información en prevención de riesgos laborales, mejora de interlocutores en seguridad y salud, desarrollo y consolidación de la cultura de prevención de riesgos laborales.

Efecto: mejora de la seguridad y salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales, dirigidos a conseguir el bienestar en el trabajo.

16.18.494B P.I. 164G2431 PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES CEOE.

Objetivo: la ejecución del Plan de actuación del Instituto Canario de Seguridad Laboral a través de mejoras de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, mejora de la eficacia y calidad de los sistemas de prevención de las empresas, potenciar las instituciones dedicadas a la prevención de riesgos laborales, análisis, investigación, promoción e información en prevención de riesgos laborales, mejora de interlocutores en seguridad y salud, desarrollo y consolidación de la cultura de prevención de riesgos laborales.

Efecto: mejora de la seguridad y salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales, dirigidos a conseguir el bienestar en el trabajo.

16.18.494B P.I. 164G1754 PROGRAMA DE SENSIBILIZACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL CANARIA.

Objetivo: sensibilizar al alumnado de formación profesional y de educación secundaria en materia de prevención de riesgos laborales.

Efecto: adquirir conocimientos teórico-prácticos sobre los riesgos laborales y medidas preventivas para su incorporación laboral.

16.18.494B P.I. 164G1754 SUBVENCIÓN DESTINADA A FINANCIAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Objetivo: potenciar la investigación en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Efecto: aportar conocimiento y herramientas que permitan mejoras de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

UNIDAD DE ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL (UAP).

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley 38/2003), desarrollado por los artículos 10 a 15 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RD 887/2006), establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En el mismo sentido, la normativa autonómica dedica los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Decreto 36/2009), a la regulación de los planes estratégicos de subvenciones.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009 establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El contenido de los planes estratégicos se encuentra regulado en el artículo 7 del mencionado Decreto 36/2009, conforme al cual estos deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

La Unidad Administrativa Provisional de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio tramita las subvenciones concedidas a cargo a los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación aprobado por el Consejo Europeo con fecha 21 de julio de 2020 (en adelante, Next Generation EU). En estas subvenciones el plan estratégico se complementa con el Instrumento de Planificación Estratégica (en adelante, IPE) de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» el 29 de diciembre de 2021, con las características previstas en el artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Ley 4/2021).

La Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de fondos, de los proyectos con cargo al Instrumento Europeo «Next Generation EU», propone que se incluyan en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería 2026-2028 los que a continuación se detallan:

Los proyectos vinculados al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante MRR) se desarrollan durante el periodo 2021-30.6.2026.

Ver anexo en las páginas 10507-10507 del documento Descargar

Sobre estas subvenciones se informa lo siguiente:

Concesión de subvenciones directas para la ejecución de los Planes Locales de Sostenibilidad Turística en Destinos, en la convocatoria extraordinaria 2021, integrados en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Inversión 1 Submedida 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 227G0133.

Objetivos y efectos:

El proyecto se enmarca dentro de la Estrategia de Sostenibilidad Turística de julio de 2021, que se desarrolla a través de los “Planes de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, Convocatoria Extraordinaria 2021 (en adelante, PSTD)” presentados por los posibles beneficiarios.

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen una doble finalidad: apoyar a los destinos turísticos en su proceso de transformación hacia hubs o polos de innovación turística capaces de integrar en su oferta la sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial, y alcanzar, a través de los distintos instrumentos de intervención, una mayor cohesión territorial.

Se busca beneficiar a los destinos turísticos, a los agentes sociales y a los operadores privados del sector, a través del impulso de las actuaciones de sostenibilidad turística en su triple vertiente medioambiental, socioeconómica y territorial.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

Estos aspectos se definen en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 21 de diciembre de 2021 (BOE n.º 312), modificado por Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 (BOE n.º 90, de 15.4.2022), que fija los criterios de distribución, así como el reparto del crédito resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14, Inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se fijan en este acuerdo las cantidades asignadas a cada uno de los beneficiarios.

Concesión de subvenciones directas para la ejecución de los Planes Locales de Sostenibilidad Turística en Destinos, en la convocatoria extraordinaria 2022, integrados en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Inversión 1 Submedida 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyectos: 237G0193; 237G0194 y 237G0250.

Objetivos y efectos:

Todos estos proyectos se enmarcan dentro de la Estrategia de Sostenibilidad Turística, que se desarrolla a través de los “Planes de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, Convocatoria Extraordinaria 2022 (en adelante, PSTD)” presentados por los posibles beneficiarios.

Estas subvenciones buscan implementar actuaciones de impulso de la sostenibilidad turística contempladas en la Submedida 2: los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, en su triple vertiente: medioambiental, socioeconómica y territorial, a fin de beneficiar a los destinos turísticos, a los agentes sociales y a los operadores privados del sector.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación.

Estos aspectos se definen en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022 (BOE n.º 310), que fija los criterios de distribución, así como el reparto del crédito resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se fijan en este acuerdo las cantidades asignadas a cada uno de los beneficiarios.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en cada uno de los planes y, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos CID 217, 218, 219 y los hitos 220 y 221.

Los proyectos vinculados al MRR se desarrollan durante el periodo 2021-2026.

Concesión de subvenciones directas para la ejecución de los Planes Locales de Sostenibilidad Turística en Destinos, en la convocatoria extraordinaria 2023, integrados en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destinos de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Inversión 1 Submedida 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 237G0484.

Objetivos y efectos:

El proyecto se enmarca dentro de la Estrategia de Sostenibilidad Turística, que se desarrolla a través de los “Planes de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, Convocatoria Extraordinaria 2023 (en adelante, PSTD)” presentados por los posibles beneficiarios.

Estas subvenciones buscan implementar actuaciones de impulso de la sostenibilidad turística contempladas en la Submedida 2: los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, en su triple vertiente: medioambiental, socioeconómica y territorial, a fin de beneficiar a los destinos turísticos, a los agentes sociales y a los operadores privados del sector.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación.

Estos aspectos se definen en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023 (BOE n.º 26), que fija los criterios de distribución, así como el reparto del crédito resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se fijan en este acuerdo las cantidades asignadas a cada uno de los beneficiarios.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en cada uno de los planes y al cumplimiento de los objetivos CID 217, 218, 219 y los hitos 220 y 221.

Concesión de subvenciones mediante concurrencia no competitiva para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de establecimientos que realicen la actividad de alojamiento turístico ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 227G0194.

Objetivos y efectos:

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como finalidad la reforma de edificios existentes destinados a alojamiento turístico, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

El objetivo perseguido es el de conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable en los establecimientos turísticos alojativos del 30% con respecto a la situación de partida.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

El Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2023, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 20, de 23.1.2024), determina la cantidad asignada a las comunidades autónomas, la finalidad y las actuaciones que podrán ser objeto de financiación.

De conformidad con el citado Acuerdo de la Conferencia Sectorial, se concede a Canarias un importe de 11.631.780,00 euros. La base cuarta.2 del mencionado acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo establece que “Las comunidades y ciudades autónomas podrán disponer de un máximo del 3,6 por ciento de los nuevos importes trasferidos en 2023 como costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, en los términos expresados en las bases 7 y 8 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022”.

Asimismo, la base primera.2. del citado Acuerdo dispone que “Los recursos de la transferencia de 2022 que no hayan sido comprometidos o que, a juicio de la comunidad o ciudad autónoma convocante, en razón del número de solicitudes recibidas, no vayan a ser comprometidos, podrán ser destinados a financiar también las actividades comprendidas en el presente Acuerdo”.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en el proyecto. Debe garantizarse el cumplimiento del objetivo CID 227.

Los proyectos vinculados al MRR se desarrollan durante el periodo 2021-2026.

Concesión de subvenciones mediante concurrencia no competitiva para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de alojamientos rurales (hoteles y casas rurales) ubicados en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 257G0245.

Objetivos y efectos:

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como finalidad la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, según lo establecido por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2021, revisada por la Directiva 2018/2002, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

El Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, de 29 de diciembre de 2023, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2023, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 20, de 23.1.2024), determina la cantidad asignada a las comunidades autónomas, la finalidad y las actuaciones que podrán ser objeto de financiación.

De conformidad con el citado Acuerdo de la Conferencia Sectorial, se concede a Canarias un importe de 11.631.780,00 euros. La base cuarta.2 del mencionado acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, establece que “Las comunidades y ciudades autónomas podrán disponer de un máximo del 3,6 por ciento de los nuevos importes trasferidos en 2023 como costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, en los términos expresados en las bases 7 y 8 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022”.

La base primera.2. del citado Acuerdo dispone que “Los recursos de la transferencia de 2022 que no hayan sido comprometidos o que, a juicio de la comunidad o ciudad autónoma convocante, en razón del número de solicitudes recibidas, no vayan a ser comprometidos podrán ser destinados a financiar también las actividades comprendidas en el presente Acuerdo”.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en el proyecto. Debe garantizarse el cumplimiento del objetivo CID 227.

Los proyectos vinculados al MRR se desarrollan durante el periodo 2021-2026.

Concesión de subvenciones mediante concurrencia no competitiva para financiar proyectos de actuaciones en el sector privado en infraestructuras turísticas de establecimientos que realicen la actividad de alojamiento turístico ubicados en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 3, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 237G0236.

Objetivos y efectos:

Mediante Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Plan Canarias 2022 y 2023, Boletín Oficial del Estado n.º 89, modificados mediante Resolución de 18 de septiembre de 2024 y de 5 de junio 2025 (BOE n.º 230 y 144).

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

El Real Decreto 1132/2025, de 10 de diciembre, modifica el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2020, de 14 de junio, y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por los que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Boletín Oficial del Estado n.º 297, establece el plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables hasta el 31 de mayo de 2026.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en el proyecto. El coste del proyecto, ejercicio 2026, asciende, como máximo, a 15.800.736,33 euros.

Debe garantizarse el cumplimiento del objetivo CID 224.

Los proyectos vinculados al MRR se desarrollan durante el periodo 2021-2026.

Concesión de subvenciones mediante concurrencia competitiva para financiar el desarrollo de acciones de formación no formal destinadas a la mejora de las capacidades digitales de las personas trabajadoras del sector turístico correspondiente al Componente 19, Inversión 3, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa: 432H.

Proyecto: 257G0170.

Objetivos y efectos:

El Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023 fija los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades autónomas del crédito destinado a la línea de financiación para proyectos del Plan de Competencias Digitales en Turismo, en el marco del Componente 19, Inversión 3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Esta actuación contribuye a cumplir el Objetivo CID 292, competencias digitales para el empleo.

Plazo para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación:

El objetivo específico CID 292- C.19. I 3. P11 determina que en la comunidad Autónoma de Canarias 1.423 personas hayan participado en cursos de 150 horas sobre competencias digitales aplicadas a sector turístico antes de finalizar el segundo trimestre de 2026.

Para su cumplimiento cada Comunidad Autónoma elaborará un Programa de Formación en Competencias Digitales para el Turismo y será la coordinadora de la ejecución y justificación.

Según la base sexta.2 “La cantidad asignada debe cubrir la totalidad de gastos del programa. Incluyendo los gastos de gestión del mismo, y las funciones de programación, coordinación, comunicación, ejecución y monitorización del programa de formación, entre otras”.

Los créditos asignados quedan vinculados a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en el proyecto. Debe garantizarse el cumplimiento del objetivo CID 292.

Los proyectos vinculados al MRR se desarrollan durante el periodo 2021-2026.

ANEXO

TEXTO REFUNDIDO

Ver anexo en las páginas 10513-10539 del documento Descargar

ORDEN de 6 de marzo de 2026, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2026-2028. — Bocana