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Disposición 2026/041/670

DECRETO 11/2026, de 23 de febrero, por el que se acepta la delegación de competencias en materia de evaluación ambiental del Ayuntamiento de la Villa de La Orotava.

2026-03-02 · BOC-2026/041/670

Visto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de La Orotava de 26 de enero de 2026, por el que se acuerda:

“Primero.- Delegar, al amparo de la disposición adicional primera.4 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y de la competencia para la evaluación ambiental de los proyectos que se tramiten en el Ayuntamiento de La Orotava en favor del Órgano Autonómico para evaluación de Proyectos, que recae a la fecha en la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, facultando al órgano ambiental autonómico para tramitar íntegramente el expediente hasta su culminación.

Segundo.- Solicitar al Gobierno de Canarias la aceptación formal de la presente delegación, de conformidad con los artículos 9 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y publicar dicha aceptación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Notificar este acuerdo a la Dirección General de Transición Ecológica.

Cuarto.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y, una vez aceptado por el Gobierno de Canarias, en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- Dar cuenta a la comisión informativa competente en la primera sesión que se celebre”.

Vista la solicitud realizada por el Ayuntamiento de la Villa de La Orotava, de fecha 30 de enero de 2026, relativa a la aceptación formal de la delegación descrita en el apartado anterior, relativa a la competencia para la evaluación ambiental de los proyectos que se tramiten en el citado Ayuntamiento en favor del Órgano Autonómico para evaluación de Proyectos.

Considerando que la disposición adicional primera, apartado 4, de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en la redacción dada por el Decreto ley 3/2025, de 21 de abril, para la agilización de la tramitación de licencias urbanísticas y el impulso de la construcción de viviendas, establece en su segundo párrafo que “En el ámbito de la Administración autonómica, el órgano ambiental residirá en el Departamento con competencia en materia de medio ambiente y será la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha Contra el Cambio Climático. No obstante, esta designación específica podrá ser objeto de modificación en el Reglamento Orgánico de dicho departamento”.

A este respecto, el artículo 15 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, aprobado por Decreto 1/2026, de 26 de enero, atribuye a la actual Dirección General de Calidad Ambiental la competencia para formular las declaraciones e informes de impacto ambiental de proyectos de competencia de la administración autonómica.

Considerando que en el párrafo tercero del citado apartado 4 de la disposición adicional primera de la Ley 4/2017, de 13 de julio, se añade que “Sin perjuicio de la previsión del primer párrafo, los entes locales podrán delegar la competencia para la evaluación ambiental de proyectos en el órgano ambiental autonómico o en el órgano ambiental insular, o bien encomendarles mediante convenio el ejercicio de los aspectos materiales de dicha competencia. El acuerdo de delegación deberá adoptarse por el Pleno de la entidad local, y el acuerdo de aceptación de la delegación o de aprobación del convenio de encomienda, por el Pleno del respectivo cabildo insular o por el Gobierno de Canarias, según proceda”.

Considerando que se estima oportuno aceptar la delegación formulada, por aplicación de los principios de eficacia, colaboración y cooperación interadministrativas positivados en los artículos 3.1.h) y 140.1, letras c) y d), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Visto informe jurídico de la Dirección General de Calidad Ambiental de fecha 11 de febrero de 2026.

Vista la propuesta de la Dirección General de Calidad Ambiental, de fecha 13 de febrero de 2026.

En su virtud, y de acuerdo con las disposiciones de general aplicación, a propuesta del Consejero de Transición Ecológica y Energía, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2026,

RESUELVO:

Primero.- Aceptar la delegación de la competencia para la evaluación ambiental de los proyectos de la competencia del Ayuntamiento de la Villa de la Orotava, acordada por el Pleno de dicha entidad local de fecha 26 de enero de 2026.

Segundo.- Facultar a la Dirección General de Calidad Ambiental, como órgano ambiental autonómico, para la tramitación íntegra de los expedientes de evaluación de impacto ambiental de proyectos de la competencia del citado Ayuntamiento.

Tercero.- El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Dado en Canarias, a 23 de febrero de 2026.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Fernando Clavijo Batlle.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA, Mariano Hernández Zapata.