EXTRACTO de la Orden de 23 de febrero de 2026, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2025, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2025, de subvenciones plurianuales de concurrencia no competitiva para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de alojamientos rurales ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU».
2026-02-26 · BOC-2026/039/645
BDNS (Identif.): 873157.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/873157).
Primero.- Modificar las bases reguladoras y la convocatoria respecto a los plazos de ejecución y justificación consignados en la base décima cuarta y décima quinta, respectivamente, de la Orden n.º 838/2025, de la Consejería de Turismo y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2025, de subvenciones plurianuales de concurrencia no competitiva para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular de alojamientos rurales ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU», en los términos siguientes:
- Base décima cuarta.- Plazo de ejecución de las actuaciones.
“Notificada la resolución de concesión a la persona o entidad beneficiaria y aceptada la misma dispondrá hasta el 30 de marzo de 2026 para la conclusión de las actuaciones”.
- Base décima quinta.- Documentación acreditativa para la justificación de la ejecución de las actuaciones.
“La justificación de la subvención concedida se realizará mediante la acreditación de la ejecución de las actuaciones y de las condiciones establecidas antes del 30 de abril de 2026”.
Segundo.- Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y la remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de febrero de 2026.
LA CONSEJERA DE TURISMO Y EMPLEO, Jéssica del Carmen de León Verdugo.