Dirección General de la Función Pública.- Resolución parcial de 9 de febrero de 2026, por la que se acuerda la formalización de contrato de trabajo de personal laboral fijo con las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y Auxiliares (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo, por el que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal e indefinido no fijo de larga duración en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 21 de diciembre de 2022, se les adjudica puesto de trabajo y se les confiere plazo para la toma de posesión.
2026-02-23 · BOC-2026/036/585
ANTECEDENTES
Primero.- Convocatoria.
Vista la siguiente convocatoria:
Ver anexo en la página 6672 del documento Descargar
Segundo.- Cumplimiento de requisitos de aspirantes seleccionados.
Vista la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 13 de junio de 2025 (BOC n.º 124, de 24.6.2025), por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas antes citadas y se les ofertan puestos de trabajo.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 2284/2025, de fecha 7 de julio de 2025, se acepta de plano la renuncia presentada por el aspirante D. Rubens García Martín, quedando excluido del proceso selectivo.
Mediante Resoluciones de la Dirección General de la Función Pública n.º 2841/2025, de fecha 8 de septiembre de 2025, y n.º 3115/2025, de fecha 9 de octubre de 2025, se excluyen del proceso selectivo a las personas aspirantes D. José Antonio Herrera Tejera y Dña. María Dolores Álvarez Suárez al haber manifestado su preferencia para continuar en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en las categorías profesionales de Encargado/a Administrativo, Técnico/a Administrativo, Administrativo/a y Oficial I Administrativo (Grupo III), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3116/2025, de fecha 9 de octubre de 2025, se excluye del proceso selectivo a la aspirante Dña. Rosario del Carmen Arocha Monzón al haber manifestado su preferencia por continuar en las pruebas selectivas para el ingreso como personal laboral propio del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.
Mediante Resoluciones de la Dirección General de la Función Pública n.º 3779/2025, n.º 3784/2025 y n.º 3785/2025, de fecha 9 de diciembre de 2025, se excluyen del proceso selectivo a las aspirantes Dña. María Mercedes López Rodríguez, Dña. Olga Pérez Rodríguez y Dña. María Nieves Rodríguez Ramos por la pérdida sobrevenida de determinados requisitos exigidos en la convocatoria.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3798/2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, se excluyen del proceso selectivo a las personas aspirantes D. Acaymo Sánchez Silvera, Dña. Agustina de los Ángeles Barbosa Santana, Dña. Esperanza Hernández Ramírez, D. Francisco de Lázaro Delgado, Dña. María del Rosario Curbelo Cabrera y Dña. Rosa Marina Rodríguez González al haber manifestado su preferencia para continuar en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 114/2022, de 20 de mayo.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3830/2025, de fecha 16 de diciembre de 2025, se excluye del proceso selectivo a la aspirante Dña. María del Carmen Díaz González al haber manifestado su preferencia por continuar en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), en ejecución del Anexo I del Decreto 114/2022, de 20 de mayo.
Mediante Resolución n.º 3866/2025, de 19 de diciembre de 2025, se estima el recurso de reposición formulado por Dña. Noelia María Montañez Montañez, debiendo entenderse que la recurrente ha optado por la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 114/2022, de 20 de mayo, renunciando a la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la categoría profesional de Auxiliar Administrativo y Auxiliares (Grupo IV), en ejecución del Anexo II del Decreto 115/2022, de 20 de mayo.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 245/2026, de fecha 26 de enero de 2026, se excluye del proceso selectivo a la aspirante Dña. María Eugenia Alfonso Fernández por la pérdida sobrevenida de determinados requisitos exigidos en la convocatoria.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 329/2026, de fecha 4 de febrero de 2026, se excluye del proceso selectivo a la aspirante Dña. María Ángeles Afonso Ramos por la pérdida sobrevenida de determinados requisitos exigidos en la convocatoria.
Comprobados los requisitos a los que hace referencia el punto 3 de las bases específicas de la convocatoria, vistas las solicitudes de puestos de trabajo realizadas por las personas aspirantes seleccionadas y la documentación aportada dentro del plazo establecido y efectuada la adjudicación de puestos de trabajo.
Tercero.- Régimen jurídico.
Considerando las bases reguladoras de la convocatoria, indicada en el apartado primero, en particular la base 10.ª, así como lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas (BOC n.º 129, de 1.7/2025).
Cuarto.- Declaración de urgencia.
Considerando la declaración de urgencia de este procedimiento, conforme a la Resolución de esta Dirección General n.º 3388/2024, de 27 de septiembre, por la que se declara la aplicación de la tramitación de urgencia en los procedimientos de estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 202, de 10.10.2024).
Quinto.- Instrucciones relativas a los trámites derivados de la selección definitiva de las personas aspirantes seleccionadas.
Tomando en consideración la Resolución n.º 2003, de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan instrucciones en los procesos de estabilización de empleo público temporal, que tienen por objeto establecer un conjunto de medidas extraordinarias respecto al cumplimiento de trámites derivados de la selección definitiva de personas aspirantes para permitir su nombramiento o contratación y toma de posesión.
Sexto.- Competencia orgánica.
Conforme a lo previsto en el artículo 76.1.f) del Decreto 108/2024, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad (BOC n.º 156, de 8.8.2024), corresponde a esta Dirección General la resolución de las convocatorias de selección de personal laboral fijo, así como, en virtud de la letra k) del mismo artículo, le corresponde la contratación de personal laboral fijo y la formalización del contrato de trabajo.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO:
Primero.- Contratación como personal laboral fijo.
Acordar la contratación como personal laboral fijo de las personas aspirantes seleccionadas relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, respecto de la siguiente convocatoria:
Ver anexo en la página 6674 del documento Descargar
Segundo.- Adjudicación de puestos de trabajo.
Adjudicar, con carácter definitivo, los puestos de trabajo a las personas aspirantes seleccionadas conforme a la relación recogida en el Anexo II de esta Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Resolución.
Tercero.- Preaviso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el Departamento u Organismo Público en el que se encuentre, en su caso, la persona laboral temporal cuyo puesto de trabajo es objeto de adjudicación a través de la presente Resolución y no resulta seleccionada, deberá proceder a comunicarle, en el plazo de los cinco días naturales siguientes a la publicación de la presente Resolución, la extinción del vínculo laboral temporal como consecuencia de la citada adjudicación.
Cuarto.- Suscripción del contrato de trabajo.
- Con carácter previo a la toma de posesión, la persona sobre la cual se acuerda su contratación laboral deberá suscribir el correspondiente contrato de trabajo fijo.
A tal fin, la persona a contratar deberá acceder a la sede electrónica, siguiendo las instrucciones que esta Dirección General de la Función Pública dicte, cumplimentar los campos obligatorios del contrato a suscribir y a continuación proceder a firmar electrónicamente el mismo. Este trámite deberá realizarse entre los días 25 de febrero y 4 de marzo de 2026, ambos inclusive.
- La persona, al cumplimentar el contrato de trabajo, deberá indicar el día en que efectuará su toma de posesión, conforme al siguiente apartado, siendo tal fecha la de efectos del contrato de trabajo suscrito.
Quinto.- Toma de posesión.
-
Para poder tomar posesión, la persona habrá debido suscribir el contrato de trabajo previamente conforme al apartado anterior de esta Resolución.
-
A fin de garantizar un ordenado ingreso en el empleo público de las personas seleccionadas, el plazo de preaviso de extinción de los contratos laborales temporales que, en su caso, hayan de efectuarse y la suscripción previa de los contratos de trabajo, el plazo de toma de posesión de quince (15) días naturales será entre los días 18 de marzo y 1 de abril de 2026, ambos inclusive.
-
El día en que efectivamente se vaya a tomar posesión será el día que la persona a contratar haya indicado en el contrato de trabajo que ha suscrito.
-
La persona contratada deberá comunicar al Servicio de Personal del Departamento u Organismo Público el día en que efectuará su toma de posesión efectiva. Dicha comunicación deberá producirse, como máximo, el día hábil anterior, no pudiendo hacerlo el mismo día en que pretenda tomar posesión.
El día de la toma de posesión deberá presentarse en las dependencias del citado Servicio a las 9:00 de la mañana, para que, una vez cumplimentados los trámites de la toma de posesión, se incorpore de forma efectiva a su puesto de trabajo el mismo día.
- Decaerán en su derecho quienes no tomen posesión en dicho plazo, salvo que se ponga de manifiesto una causa de fuerza mayor que impida, de forma absoluta y durante todo el plazo de toma de posesión, realizar este trámite, y siempre y cuando ello se acredite de forma fehaciente.
Sexto.- Suspensión del procedimiento.
Suspender cautelarmente el procedimiento respecto a los aspirantes seleccionados relacionados en el Anexo III, debido a la concurrencia de una causa de fuerza mayor justificada, por un plazo de seis meses.
Séptimo.- Deber de permanencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, quienes en virtud de los procesos de estabilización adquieran la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo, deberán permanecer en situación de servicio activo en el cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional o en la categoría profesional laboral en el que se les hubiere adjudicado destino definitivo, durante dos años a contar desde la toma de posesión, sin perjuicio de lo previsto en la normativa básica estatal en lo que concierne al régimen de provisión de puestos.
En relación con el régimen de situaciones administrativas, dentro del plazo antes indicado, no se podrá conceder una excedencia voluntaria por interés particular ni el pase a situación de excedencia por incompatibilidad por prestación de servicios públicos de carácter temporal.
Octavo.- Cese del personal laboral temporal que resulte seleccionado en las presentes pruebas selectivas.
Quienes teniendo la condición de personal temporal de esta Administración General hayan sido contratados en virtud de la presente Resolución como personal laboral fijo, deberán ser cesados de aquella condición el día natural inmediatamente anterior a aquel en el que se produzca su toma de posesión como personal laboral fijo.
En caso de que la toma de posesión se produzca en el mismo Departamento u Organismo en el que se tuviere la condición de personal temporal, se actuará de oficio por parte de este órgano, a los efectos de acordar y notificar el cese.
En caso de que la toma de posesión se produzca en un Departamento u Organismo distinto a aquel en que se tuviere la condición de personal temporal, la persona contratada al tiempo que comunique al Departamento u Organismo de destino el día en que efectuará su toma de posesión, lo deberá comunicar al Departamento u Organismo de origen a los efectos de que proceda a declarar su cese el día natural inmediatamente anterior.
Noveno.- Cese del personal laboral temporal que no resulte seleccionado en las presentes pruebas selectivas.
El cese del personal laboral temporal que viniere desempeñando, en su caso, los puestos adjudicados y no resulte seleccionado será debidamente notificado de su cese, sin perjuicio del preaviso previamente notificado.
Dada la obligación de comunicar la fecha de la toma de posesión por parte de las personas contratadas como personal laboral fijo, el cese efectivo de la persona temporal surtirá efectos el día natural anterior a la toma de posesión, permaneciendo la persona con su contrato temporal hasta ese día inclusive.
Si vencido el plazo de toma de posesión la persona contratada no lo efectuara, el efecto del cese se desplegará el día en que venza el plazo posesorio.
Décimo.- Trámite de audiencia de aspirantes seleccionados en más de una convocatoria.
El artículo 50 de la referida Ley 2/2025, de 26 de junio, establece que la persona que esté participando en distintas convocatorias solo podrá adquirir la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo en una de ellas.
Por tanto, la presente Resolución, donde se acuerda la contratación como personal laboral fijo de las personas aspirantes seleccionadas, supone la exclusión de la participación de estos aspirantes en el resto de convocatorias dimanantes de las ofertas extraordinarias de empleo público para la estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Undécimo.- Declaración de decaimiento.
Declarar decaídas en su derecho al trámite requerido en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 13 de junio de 2025 (BOC n.º 124, de 24.6.2025), a Dña. Amada Jiménez Ojeda, Dña. Ana Cubas Valentín, Dña. Ana María Ferrero Lorenzo, Dña. Ana María Trujillo Hernández, Dña. Angustias María Sánchez Acosta, D. Antonio Suárez Rodríguez, D. Antonio Jesús Santana González, D. Diego Vélez Cortés, Dña. Emilia Hernández Plasencia, Dña. Erica de los Reyes Déniz Carrero, D. Francisco José García Torres, Dña. Josefa del Carmen Goyes Martín, D. Juan Ramón Perdomo Santana, Dña. María del Carmen Alonso Cárdenes, Dña. María del Carmen Mora Herrera, Dña. María Inmaculada Hernández Cruz, Dña. Mireya de los Remedios Díaz Domínguez, Dña. Nayra Castro Fariña, Dña. Olga Pérez Navarro, Dña. Petra Alonso Expósito, Dña. Sandra Santos Coello, Dña. Sonia Muñoz Rodríguez y Dña. Yurena Ramírez Monteverde, al haber transcurrido el plazo fijado para cumplimentarlo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base específica 9.4 de la convocatoria y en el artículo 73 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Duodécimo.- Publicación.
Esta Resolución y sus anexos se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
Impugnación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de febrero de 2026.- El Viceconsejero de Administraciones y Transparencia (Resolución n.º 157/2023, de 27 de octubre; BOC n.º 220, de 9.11.2023), Antonio Llorens de la Cruz.
ANEXO I
RELACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES SELECCIONADAS
Ver anexo en las páginas 6679-6688 del documento Descargar
ANEXO II
RELACIÓN DE PUESTOS ADJUDICADOS
Ver anexo en las páginas 6689-6705 del documento Descargar
ANEXO III
RELACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES CUYO PROCEDIMIENTO SE SUSPENDE
Ver anexo en la página 6706 del documento Descargar