ORDEN de 6 de febrero de 2026, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el periodo 2026-2028.
2026-02-18 · BOC-2026/033/551
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, contempla en sus artículos 6, 7 y 8 el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.
Según lo previsto en dichos artículos, deberán recogerse en el Plan para todo el Departamento y sus organismos y demás entes públicos adscritos, por un periodo de tres años, los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan y que han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios, las líneas de subvención, debiendo concretarse las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalle de las fuentes de financiación, régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan, con determinación de un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan que permitan conocer el grado de cumplimiento de los respectivos objetivos. Además, se establece preceptivamente un seguimiento y actualización anual y un informe a emitir en el periodo equivalente a la mitad de la vigencia del Plan, pudiendo dar lugar cualquiera de ellos a modificaciones, sustituciones o eliminación de líneas de subvenciones.
El Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, dispone, en su artículo 5, que la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos. Además, incorpora un Comisionado para asuntos relacionados con el Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
Por su parte, el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, concreta los órganos superiores y directivos en los que se estructura la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
Mediante Decreto 107/2024, de 31 de julio, se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, que plasma la distribución funcional tanto a nivel interno (entre órganos de la Consejería) como a nivel externo (respetándose las competencias de los demás Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias), ofreciendo un marco organizativo claro y estable para el Departamento.
El artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, prevé que la aprobación de los Planes Estratégicos de Subvenciones corresponde a los titulares de los Departamentos, previo informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos. Dicho informe emitido con fecha 30 de enero de 2026 señala “En relación con la adecuación de la financiación del Plan con el Presupuesto de 2026, existe consignación presupuestaria para las líneas de actuación y proyectos de inversión propuestas por la Dirección General de Asuntos Europeos, dentro de las vinculaciones de los créditos establecidas en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026; no así respecto a la propuesta de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera”.
Para la elaboración del Plan se han recabado propuestas a los distintos centros gestores de subvenciones del Departamento.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea para el periodo 2026-2028, en los términos que constan en el anexo de la presente Orden.
El presente Plan Estratégico tiene carácter programático y su contenido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, no crea derechos ni obligaciones y su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- En el supuesto de que, una vez concluido el ejercicio presupuestario 2028, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2029, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 2026.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA, Matilde Pastora Asián González.
ANEXO
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL PLAN Y VINCULACIÓN CON LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS EN LOS CORRESPONDIENTES PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS.
En el marco de las competencias atribuidas a este Departamento en materia de planificación, presupuesto y gasto público, ingresos públicos, aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, hacienda pública y tutela financiera de las islas, municipios y entes locales, tesoro, política financiera y crediticia, patrimonio, contratación, inspección económico-financiera, contabilidad, coordinación y gestión de las relaciones con la Unión Europea, así como estadística y análisis masivo de datos, se fijan los siguientes objetivos a desarrollar durante la vigencia del Plan:
1.- FOMENTO DE ACTIVIDADES FORMATIVAS EN DISTINTAS MATERIAS RELACIONADAS CON LAS COMPETENCIAS DEL DEPARTAMENTO EN ASUNTOS EUROPEOS.
En el Plan Estratégico Departamental de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea (Orden n.º 908/2024, de 21.11.2024) se recoge el objetivo específico: “8.2.4. Formar a profesionales familiarizados con las instituciones, el derecho y la economía europea”, dentro del objetivo estratégico departamental 8.2 “Defensa de los intereses de Canarias en el marco jurídico europeo”.
La especialización necesaria de gran parte de las materias competencia de este Departamento aconseja intervenir para apoyar la formación universitaria de recursos humanos que puedan incorporarse a los distintos ámbitos del mercado laboral, que persiguen fines concurrentes con los del Departamento.
A tal fin, perseguimos en los ejercicios 2026, 2027 y 2028 mejorar la formación de postgrado sobre integración europea, facilitar la formación práctica en instituciones con sede fuera de España en la UE, cuya actividad esté relacionada con la integración europea, concretamente en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas.
El efecto que se pretende lograr es incrementar el número de personas que se incorporan al mercado de trabajo con una formación especializada en el ámbito de la integración europea, competencia de este Departamento.
Objetivo desagregado 1.1: Fomento de la formación en asuntos europeos.
Línea de subvención 1.1.1: Formación de postgrado en asuntos europeos en los ámbitos jurídico, económico e institucional.
Áreas de competencia afectadas: Asuntos Europeos.
Sectores a los que se dirigen: personas residentes en Canarias que se encuentren en posesión de un título universitario de grado o equivalente con interés en cursar estudios de especialización de postgrado en instituciones académicas oficiales fuera de España en asuntos europeos centrados en los ámbitos jurídico, económico e institucional.
Objetivo: fomento de la especialización de la población universitaria canaria en instituciones académicas en el extranjero en asuntos europeos en los ámbitos jurídico, económico e institucional.
Objetivo del programa presupuestario: impulsar la formación de especialistas y expertos/as canarios/as sobre integración y políticas europeas, mediante la concesión de becas de postgrado en centros académicos situados en otros Estados miembros de la Unión Europea.
Efecto previsto: contar en nuestra Comunidad Autónoma con profesionales que cuenten con una cualificación en asuntos europeos, en especial en estudios jurídicos, económicos e institucionales, que les permitan mejorar sus perspectivas profesionales.
Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
Unidad responsable: Dirección General de Asuntos Europeos.
Plazo de convocatoria: anual.
Plazo de vigencia: 2026, 2027 y 2028.
Plazo de consecución de objetivos: dos meses desde la finalización total de los estudios a cursar.
Cuantías estimadas de las convocatorias anuales (*):
• 2026: 66.000,00 euros.
• 2027: 68.000,00 euros.
• 2028: 70.000,00 euros.
(*) Las cuantías son estimaciones. Las mismas quedarán concretadas en lo que se disponga en cada convocatoria.
Fuentes de financiación: Presupuestos Generales de la CAC, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.11.931B 4800200 104G0665 “Becas de formación en centros académicos europeos”.
Régimen de seguimiento y evaluación continua: las personas seleccionadas habrán de presentar la justificación de la admisión en un centro que imparta los estudios objeto de esta beca. Asimismo, las personas beneficiarias de las becas deberán presentar la documentación justificativa del cumplimiento de la finalidad para la que han sido concedidas, de acuerdo con lo establecido en la orden departamental por la que se aprueban las bases que rigen las convocatorias para otorgarlas.
Indicadores: número de estudiantes de postgrado formados en centros especializados.
Línea de subvención 1.1.2: Formación práctica en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas.
Áreas de competencia afectadas: Asuntos Europeos, integración europea.
Sectores a los que se dirigen: personas con arraigo en Canarias que se encuentren en posesión de un título universitario de grado o equivalente y que deseen completar su formación académica con formación práctica especializada sobre el proceso de integración europea.
Objetivo: completar la formación académica de quienes estando en posesión de un grado universitario, pretendan incorporarse al mercado laboral, fomentando su especialización en el proceso de integración europea y su relación con la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la realización de prácticas en la Delegación del Gobierno de Canarias en Bruselas.
Objetivo del programa presupuestario: impulsar la formación práctica de especialistas y expertos canarios en integración europea y asuntos relacionados que resulten de interés para Canarias.
Efecto previsto: propiciar la integración de especialistas familiarizados con el funcionamiento de las instituciones europeas y sus repercusiones para Canarias, en tanto región ultraperiférica de la UE con un especial régimen de integración, contribuyendo con ello a aumentar la masa crítica de profesionales canarios especializados en el funcionamiento y la toma de decisiones en la UE.
Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
Unidad responsable: Dirección General de Asuntos Europeos.
Plazo de convocatoria: anual.
Plazo de vigencia: 2026, 2027 y 2028.
Plazo de consecución de objetivos: a la finalización de los respectivos periodos de prácticas de un año de duración, estando por tanto prevista la culminación de su formación en los años 2027, 2028 y 2029, respectivamente.
Cuantías estimadas de las convocatorias anuales (*):
• 2026: 44.000,00 euros.
• 2027: 45.000,00 euros.
• 2028: 46.000,00 euros.
(*) Las cuantías son estimaciones. Las mismas quedarán concretadas en lo que se disponga en cada convocatoria.
Fuentes de financiación: Presupuestos Generales de la CAC, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.11.931B 4800200 104G0664 “Becas de prácticas y cursos de perfeccionamiento en temas europeos”.
Régimen de seguimiento y evaluación continua: el plazo de justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca será de dos meses posteriores a la finalización del periodo de prácticas. Las personas beneficiarias de las becas deberán presentar, entre otros, los documentos acreditativos que a tales efectos determine la orden departamental por la que se aprueban las bases que rigen las convocatorias para otorgarla.
Indicadores: número de postgraduados que realizan prácticas.
Plazos.
El presente plan se circunscribe a actuaciones que se desarrollarán durante los ejercicios 2026, 2027 y 2028, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
Fuentes de financiación.
Las actuaciones descritas en este plan se financiarán con fondos de la Comunidad de Canarias con cargo a los créditos contemplados en el programa 931B de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Canarias.
Previsión de costes anuales e indicadores 2026, 2027 y 2028.
Las previsiones de costes, indicadores y magnitudes para el periodo son los que se reflejan en el siguiente cuadro, aunque siempre sujeto a las disponibilidades presupuestarias reales.
Ver anexo en la página 6400 del documento Descargar
2.- FOMENTO DE LA SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA IMPLANTADA EN CANARIAS COMO INSTRUMENTO PARA FACILITAR EL ACCESO AL CRÉDITO DEL TEJIDO EMPRESARIAL Y PRODUCTIVO CANARIO, MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE APORTACIONES AL FONDO DE PROVISIONES TÉCNICAS DE AVALCANARIAS, S.G.R., A FIN DE QUE NO SE VEA REDUCIDA SU SOLVENCIA, EN UN ESCENARIO DE AUMENTO DE LA MOROSIDAD Y DISMINUCIÓN DE SUS RECURSOS PROPIOS COMPUTABLES.
Es un objetivo, según señala la Dirección General del Tesoro y Política Financiera alineado con el objetivo estratégico del Gobierno: “1. Garantizar la sostenibilidad y la mejora del sistema de bienestar en Canarias que tiene a las personas como su principal referente en la Sanidad, en los Servicios Sociales, en el acceso a la vivienda” incluido en el Plan Estratégico Departamental de esta Consejería (Orden n.º 908/2024, de 21.11.2024), siendo el objetivo estratégico departamental asociado con ese objetivo del Gobierno: 1.1. Optimizar la sostenibilidad de las finanzas de la Comunidad Autónoma de Canarias velando por la adecuada gestión de la Tesorería y de la Deuda.
La actividad de AVALCANARIAS, S.G.R. viene a dar una solución a un fallo de mercado consistente en la sistémica inadecuación de las pymes a los criterios de solvencia y suficiencia de garantías exigidas por las entidades financieras para el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas. En este sentido, las pymes desempeñan una función decisiva en la creación de empleo y, en términos más generales, constituyen un factor de estabilidad social y desarrollo económico. No obstante, su expansión puede verse entorpecida por deficiencias del mercado que las expongan a una serie de dificultades características. A menudo encuentran obstáculos para obtener capital o créditos, dadas las reticencias de determinados mercados financieros a asumir riesgos y las escasas garantías que pueden ofrecer.
Con la acción que se desarrollará para alcanzar este objetivo se persigue uno de los fines encomendados a este Departamento, que consiste en el apoyo financiero a las sociedades de garantía recíproca implantadas en Canarias, en la actualidad, la Sociedad de Garantías y Avales de Canarias, S.G.R. (AVALCANARIAS, SGR), fortaleciendo sus ratios de solvencia y liquidez, como fórmula para garantizar el acceso al crédito a los autónomos y pymes que busquen financiación para el desarrollo de proyectos empresariales, en particular, en un escenario, informado por la Sociedad de Garantía Recíproca, caracterizado por el aumento de la morosidad y la disminución esperada del saldo de sus Recursos Propios Computables cifrada, esta, en el periodo 2025/2026, en la cuantía de unos 3.000.000,00 de euros, todo ello a fin de que no resulte disminuida la solvencia de la entidad, de modo que comprometa su actividad y poder así continuar con el crecimiento en el número de operaciones y del riesgo vivo para contribuir al sostenimiento del tejido económico por medio del apoyo a la financiación de las pymes canarias, para las que en muchos casos el aval de AVALCANARIAS, S.G.R. es imprescindible.
Este objetivo está alineado con el del programa presupuestario 923C (Gestión del Tesoro y Política Financiera), cuya finalidad, en materia relativa a las Sociedades de Garantía Recíproca, se centra en el fomento del Sistema de Garantía Recíproca de Canarias como instrumento para facilitar el acceso al crédito del tejido empresarial y productivo canario.
Igualmente, este objetivo se alinea con, entre otras, las siguientes Metas Canarias del Plan de Acción de la ACDS 2030:
• Fomentar el crecimiento y la consolidación de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas de Canarias, fortaleciendo los instrumentos de financiación y otras medidas de apoyo.
• Facilitar el acceso al crédito y otras fuentes de financiación para la mejora tecnológica, la transformación digital y la innovación de las pequeñas y medianas empresas, incrementando así su nivel de productividad.
Entre sus resultados finales perseguidos figura el apoyo al mantenimiento de ese Sistema, como instrumento básico de política económica, con el fin de mejorar la competitividad y la continuidad de las pymes canarias desde el punto de vista de la financiación, permitiendo que el tejido empresarial de Canarias se beneficie de las ventajas de las garantías otorgadas por este sistema, tales como la mejora del acceso al crédito y de las condiciones de las operaciones de financiación.
El impacto que se espera obtener es el incremento de las operaciones avaladas por la S.G.R., dirigidas fundamentalmente a la obtención de financiación del tejido empresarial de autónomos y pymes de Canarias, lo que resulta necesario para el mantenimiento, impulso y recuperación de la actividad económica del tejido empresarial canario.
Objetivo desagregado 2.1: Subvención directa al Fondo de Provisiones Técnicas en el actual contexto de reducción de la solvencia de AVALCANARIAS, S.G.R. y aumento esperado de la morosidad.
Línea de subvención 2.1.1: AVALCANARIAS, S.G.R.
Áreas de competencia afectadas: fomento, promoción y tutela de las Sociedades de Garantía Recíproca implantadas en Canarias.
Sectores a los que se dirige: Sociedades de Garantía Recíproca canarias inscritas en el “Registro de Sociedades de Garantía Recíproca de la Comunidad Autónoma de Canarias”.
Actualmente, solo figura la referida Sociedad de Garantía Recíproca canaria inscrita en el señalado Registro, con domicilio social en Canarias y con ámbito de actuación en todo el espacio territorial canario.
Beneficiarias: la Sociedad de Garantías y Avales de Canarias, S.G.R. (AVALCANARIAS, S.G.R.) (CIF: V76209899), los importes se fijarán de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 240/1998, de 18 de diciembre, y según las disponibilidades y prioridades presupuestarias anuales.
Objetivos: impulsar el Sistema de Garantía Recíproca que existe actualmente en Canarias como instrumento de financiación y desarrollo empresarial, potenciando y apoyando a la Sociedad de Garantía autonómica, mediante la concesión del apoyo financiero consistente en una subvención directa destinada a operaciones de capital, que está regulado en el artículo 8 del Decreto 240/1998, de 18 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico-administrativo y el apoyo financiero del Gobierno de Canarias a las Sociedades de Garantía Recíproca en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Objetivos del programa presupuestario: el fomento del Sistema de Garantía Recíproca de Canarias como instrumento para facilitar el acceso al crédito del tejido empresarial y productivo canario, mediante el apoyo y potenciación de la Sociedad de Garantía Recíproca canaria, fortaleciendo sus recursos propios, su solvencia y su liquidez, a fin de que dispongan de mayor cobertura para hacer frente a un mayor volumen de cartera de riesgo de crédito en el contexto actual de deterioro de la solvencia y aumento de la morosidad, que le permita asimismo disponer de una mayor capacidad para la captación de nuevos socios partícipes y, por consiguiente, un incremento en el volumen de operaciones de aval a otorgar. Se intenta, además, fomentar un mayor grado de integración en el tejido empresarial canario de la Sociedad de Garantía Recíproca de Canarias como instrumento de la política de apoyo a las pymes, y fundamentalmente impulsar medidas dirigidas a la obtención de financiación del tejido empresarial de autónomos y pymes de Canarias.
Efectos que se pretenden con su aplicación: el refuerzo de la solvencia y de la liquidez, así como la mejora de la estructura de los Fondos Propios de la entidad beneficiaria, persigue que esta Sociedad pueda conservar los requisitos mínimos legales de solvencia exigibles a estas entidades financieras y evitar, en la medida de lo posible, deterioros en sus ratios de actividad, así como de morosidad y falencia, principalmente.
Procedimiento de concesión: concesión directa de una subvención nominada de capital a una empresa privada, teniendo en cuenta que tiene personalidad jurídica privada y la participación de la Comunidad Autónoma (más la Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A.-Sodecan) a cierre de 2024 es solo del 27%, estando suscrito, a la citada fecha, la mayoría del capital social de la entidad por socios de naturaleza privada. El subconcepto de la clasificación económica del gasto es el 770.02 a consignar dentro del capítulo de las transferencias de capital de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Unidad responsable: Servicio de Instituciones Financieras, adscrito a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Plazo de vigencia: la referencia temporal está fijada para los ejercicios presupuestarios 2026, 2027 y 2028.
Plazo necesario para su consecución: la fijación y mantenimiento de este apoyo financiero anual por parte del Gobierno de Canarias a las Sociedades inscritas quedará determinado de conformidad con el cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico y la Orden de concesión.
Plazo de concesión: anual.
Costes estimados: a determinar en cada ejercicio. En cualquier caso, los importes se fijarán de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 240/1998, de 18 de diciembre, y según las disponibilidades y prioridades presupuestarias anuales.
Fuentes de financiación: Anexo de Transferencias de Capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, a consignar en la aplicación presupuestaria 10 06 923C 770.02 237G0547 Soc. Garant. y Aval Canarias, Fondo de Provisiones Técnicas.
Régimen de seguimiento y evaluación continua: se realizan tres tipos de seguimiento:
a) Evaluación en la concesión (Orden de concesión de la subvención), y comprobación de la justificación documental de la subvención.
b) Evaluación posterior a la concesión anual mediante el estudio del grado de cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico, a través de los indicadores fijados en el mismo.
c) Evaluación continua de control trimestral y anual.
Previsión de costes anuales e indicadores:
Adicionalmente, será objeto de análisis la evolución de los siguientes indicadores:
a) Indicadores de solvencia y de cobertura de los Recursos Propios: coeficiente de solvencia, superávit/déficit de Recursos Propios, ratio de cobertura del Fondo de Provisiones Técnicas sobre el Riesgo en vigor, tasa de morosidad, tasa de falencia acumulada.
b) Indicadores de integración en el tejido empresarial canario y de incremento de la formalización.