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Disposición 2026/033/549

ORDEN de 10 de febrero de 2026, por la que se da publicidad a las aulas del primer ciclo de Educación Infantil cuya implantación se ha autorizado en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, desde el curso 2022/2023 hasta el curso 2025/2026.

2026-02-18 · BOC-2026/033/549

De conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 62, de 29 de marzo de 2022, la Orden de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 22 de marzo de 2022, por la que se autoriza la implantación, con carácter de experiencia piloto, del tercer curso y aulas mixtas de segundo y tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros educativos dependientes de esta Consejería, en el curso 2022/2023.

II. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 64, de 31 de marzo de 2023, la Orden de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 24 de marzo de 2023, por la que se autoriza la implantación, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros educativos dependientes de esta Consejería, en el curso 2023/2024, dando continuidad a la experiencia piloto iniciada en los centros autorizados en el curso 2022/2023.

III. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 101, de 25 de mayo de 2023, la Orden de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 17 de mayo de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de marzo de 2023, que autoriza la implantación, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros educativos dependientes de esta Consejería, en el curso 2023/2024, dando continuidad a la experiencia piloto iniciada en los centros autorizados en el curso 2022/2023.

IV. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 64, de 1 de abril de 2024, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 15 de marzo de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de marzo de 2023, que autoriza la implantación, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros educativos dependientes de esta Consejería, en el curso 2023-2024, dando continuidad a la experiencia piloto iniciada en los centros autorizados en el curso 2022-2023, modificada por Orden de 17 de mayo de 2023.

V. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 116, de 14 de junio de 2024, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 6 de junio de 2024, por la que se autoriza la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2024-2025, dando continuidad a la experiencia piloto iniciada en los centros autorizados en los cursos 2022-2023 y 2023-2024.

VI. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 213, de 24 de octubre de 2024, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 16 de octubre de 2024, por la que se autoriza la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2024-2025.

VII. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 42, de 28 de febrero de 2025, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 20 de febrero de 2025, por la que se autoriza la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2024-2025.

VIII. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 79, de 22 de abril de 2025, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 10 de abril de 2025, por la que se modifica la autorización de implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2024-2025, efectuada mediante Orden de 20 de febrero de 2025.

IX. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 125, de 25 de junio de 2025, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes de 18 de junio de 2025, por la que se autoriza la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2025-2026, y se modifican las Órdenes de 24 de marzo de 2023 y de 16 de octubre de 2024.

X. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 228, de 17 de noviembre de 2025, la Orden del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de 10 de noviembre de 2025, por la que se autoriza la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en el curso 2025-2026.

XI. Consta publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 12, de 20 de enero de 2026, la Orden de 29 de diciembre de 2025, por la que se modifican las Órdenes de 22 de marzo de 2022 y de 10 de noviembre de 2025, que autorizan la implantación de aulas, con carácter de experiencia piloto, del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, en los cursos 2022-2023 y 2025-2026.

XII. Como resultado de las Órdenes anteriormente citadas, la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes ha autorizado un total de 239 aulas y 3.885 plazas del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La presente Orden tiene por objeto dar publicidad a la relación armonizada de aulas y plazas cuya implantación se ha autorizado en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, desde el curso escolar 2022-2023 hasta el presente curso escolar 2025-2026.

Por tanto, en virtud de la presente Orden, cuyos efectos son meramente declarativos, no se autoriza la creación de nuevas plazas sino que, antes bien, se pretende dar una adecuada publicidad y difusión al total de estas plazas que ya han sido creadas en virtud de las órdenes relacionadas en los antecedentes de hecho de la presente Resolución, sirviendo, asimismo, de mecanismo de verificación respecto del cumplimiento de los hitos asumidos por la Comunidad Autónoma de Canarias en base al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del Componente 21, Inversión 1, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia así como por la Unión Europea en el marco de dicho Mecanismo).

Segundo.- La implantación de la totalidad de las aulas y plazas de primer ciclo de Educación Infantil relacionadas en las Órdenes citadas en los antecedentes de hecho se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.

Tercero.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, establece en su artículo 29, apartado 2, que la Educación Infantil consta de dos ciclos: el primero, primera infancia, comprende entre los cero y los tres años de edad; el segundo, primera enseñanza, comprende entre los tres y los seis años de edad. En el apartado 3 de este artículo se determina, asimismo, que la planificación y gestión de la oferta educativa del primer y del segundo ciclo de la Educación Infantil corresponde a la Consejería que tenga asignadas las competencias en materia de educación no universitaria.

Cuarto.- Esta etapa educativa se desarrolla de conformidad con el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, y la Orden de 3 de febrero de 2009, por la que se establece la adecuación de los requisitos para la creación o autorización de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la determinación del régimen transitorio regulados en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, junto con el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, y el Decreto 196/2022, de 13 de octubre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- El Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 1.2, dispone que la autorización para impartir las enseñanzas autorizadas de régimen general de Educación Infantil, en los centros docentes públicos, corresponde a la Administración competente en materia educativa.

Sexto.- Según determina la disposición adicional sexta del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, la impartición del primer ciclo de Educación Infantil en centros ya creados será autorizada por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 6 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio,

RESUELVO:

Primero.- Dar publicidad a la relación armonizada de aulas del primer ciclo de Educación Infantil, autorizadas desde el curso escolar 2022-2023 hasta el curso escolar 2025-2026 en los centros educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, cuyo listado se relaciona como anexo a la presente Orden.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significando que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de febrero de 2026.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.

Ver anexo en la página 6383 del documento Descargar

ANEXO

Ver anexo en las páginas 6383-6391 del documento Descargar

ORDEN de 10 de febrero de 2026, por la que se da publicidad a las aulas del primer ciclo de Educación Infantil cuya implantación se ha autorizado en determinados centros docentes dependientes de esta Consejería, desde el curso 2022/2023 hasta el curso 2025/2026. — BOC Canarias Web