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Disposición 2026/029/474

Secretaría General Técnica.- Resolución de 5 de febrero de 2026, por la que se delegan determinadas competencias en materia de personal en la Dirección del Instituto Canario de Administración Pública.

2026-02-12 · BOC-2026/029/474

Examinado el expediente tramitado por el Instituto Canario de Administración Pública para la delegación de determinadas competencias en materia de personal.

Vista la propuesta formulada por la Directora del Instituto Canario de Administración Pública.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1.º) El artículo 24.2 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, establece que corresponde a las personas titulares de las secretarías generales técnicas autorizar:

“a) Las transferencias entre créditos del capítulo I, «Gastos de personal», de la sección presupuestaria, excepto las que afecten al artículo 17, «Gastos diversos de personal», así como al subconcepto 182.00, «Incremento retributivo Ley PGE».

b) Las transferencias entre créditos del capítulo I «Gastos de personal», necesarias para dar cobertura a gastos de personal derivados de supuestos de movilidad realizados como consecuencia de una modificación de la plantilla que afecte a puestos de trabajo de un mismo departamento u organismo, a que se refiere el artículo 51.2, párrafo tercero.

c) Las ampliaciones con cobertura que amparan gastos de personal cuando aquellas tengan por causa supuestos de movilidad del personal dentro de su sección presupuestaria, así como los que afecten a los siguientes créditos:

1.º) Los destinados a retribuir la indemnización por residencia a que se refiere el párrafo g) del apartado 2.1 del anexo 1.

2.º) Los destinados a satisfacer las cuotas a la Seguridad Social y las aportaciones a los regímenes de previsión social, mencionados en el párrafo h) del apartado 2.1 del anexo 1.

3.º) Los destinados al pago de trienios y complementos de antigüedad, citados en el párrafo i) del apartado 2.1 del anexo 1.

4.º) Los destinados a dar cobertura a los anticipos reintegrables del personal al servicio del sector público con presupuesto limitativo a que se refiere el párrafo s) del apartado 2.1 del anexo 1.

5.º) Los correspondientes a las retribuciones del personal funcionario y estatutario, que deberán consignarse en el subconcepto 120.09 «Movilidad personal funcionario».

6.º) Los correspondientes a las retribuciones del personal laboral, que deberán consignarse en el subconcepto 130.09 «Movilidad personal laboral».

d) La baja de créditos para dar cobertura a las ampliaciones que obedezcan a lo establecido en el artículo 23.c), en supuestos de movilidad del personal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23.h)”.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Al amparo de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se considera conveniente delegar en la Dirección del Instituto Canario de Administración Pública la competencia para autorizar las modificaciones presupuestarias previstas en el artículo 24.2 de la citada Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión presupuestaria y de personal.

Segunda.- El Instituto Canario de Administración Pública es un organismo de carácter administrativo, con personalidad y patrimonio propios, adscrito a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, en su Reglamento de organización y funcionamiento, aprobado mediante Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, así como en el artículo 4 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante el Decreto 108/2024, de 31 de julio.

Visto lo anterior y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la Dirección del Instituto Canario de Administración Pública las competencias previstas en el artículo 24.2 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, cuando afecten a personal que figure en la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de Administración Pública.

Segundo.- Las resoluciones que sean dictadas en virtud de esta delegación deberán hacer expresa mención a la autoridad de procedencia, así como a la presente Resolución, entendiéndose dictadas las mismas por el órgano delegante.

Tercero.- La presente delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de febrero de 2026.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Nery Cordobés Sánchez.

Secretaría General Técnica.- Resolución de 5 de febrero de 2026, por la que se delegan determinadas competencias en materia de personal en la Dirección del Instituto Canario de Administración Pública. — BOC Canarias Web