ANUNCIO de 29 de enero de 2026, por el que se somete a información pública la aprobación inicial del Plan Especial del Parque Periurbano de La Vera de Igueste.
2026-02-10 · BOC-2026/027/442
Por el presente se publica que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2025, adoptó el siguiente Acuerdo cuyo contenido es:
«7.- Expediente 3111/2023. Propuesta de la Alcaldesa-Presidenta al Pleno de la aprobación inicial del Plan Especial Parque Periurbano La Vera de Igueste.
(…)
Primero.- Aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación del Parque Periurbano de La Vera de Igueste, según lo indicado en el informe técnico favorable emitido con fecha 15 de diciembre de 2025 que a continuación se transcribe:
“ANTECEDENTES.
Con fecha 23 de enero de 2025, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Política Territorial y Reto Demográfico ha dictado Resolución n.º 14 por la que se inicia el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria del Plan Especial Parque Periurbano La Vera de Igueste, Candelaria; se sometió a consultas de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas. Se publicó la Resolución en los boletines oficiales y en la sede electrónica, durante el plazo de 45 días hábiles.
La Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, en sesión celebrada el 22 de mayo de 2025, acuerda formular, por delegación del Ayuntamiento de Candelaria, el documento de alcance en el procedimiento de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria del Plan Especial de Ordenación del Parque Periurbano de la Vera de Igueste, en el término municipal de Candelaria, que se incorpora como anexo.
DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DE LA APROBACIÓN INICIAL.
Con fecha 22 de octubre de 2025 y con registro de entrada 2025-S-RC-2806, Ainoha Castro Díaz, en representación de Gesplan, S.A., aporta los siguientes documentos para la aprobación inicial:
Documento de información:
Tomo I.A Memoria de Información y Diagnóstico.
Tomo I.B.1 Planos de Información.
Documento para aprobación inicial:
Tomo II.C Normativa.
Tomo I.B.2 Planos de Diagnóstico.
Anexo I Tomo I Análisis Histórico.
Anexo II Tomo I Análisis Patrimonial.
Anexo II Tomo I Análisis Socioeconómico.
Documento de Ordenación:
Tomo II.A Memoria de Ordenación y Resumen Ejecutivo.
Tomo II.B Planos de Ordenación.
Tomo II.C Normativa.
Tomo II.D Informe de Sostenibilidad Económica.
Anexo I Tomo II Criterios de diseño para el Parque Periurbano de La Vera de Igueste.
Documento Ambiental:
Tomo III.A Estudio Ambiental Estratégico.
Tomo III.B Planos de Información Ambiental.
Anexo I Tomo III Resumen no Técnico del Estudio Ambiental Estratégico.
Anexo II Tomo III Análisis de Integración Paisajística.
OBJETO DE LA MODIFICACIÓN.
El Plan Especial del Parque Periurbano de La Vera de Igueste (en adelante PEPP de La Vera de Igueste) está concebido como instrumento urbanístico de desarrollo de las determinaciones previstas por el vigente Plan General de Ordenación de Candelaria en el ámbito “PE Parque Periurbano La Vera de Igueste”, teniendo como objetivo desarrollar y completar las determinaciones de ordenación pormenorizada en su ámbito.
El ámbito del Plan Especial recoge los terrenos al este del Camino La Candelaria, entre el Barranco de los Mocanes y el Barranco de Chajarche con una superficie de 62.940 m2.
El ámbito del Plan Especial tiene una franja al borde del Camino La Candelaria contenido en la delimitación del Bien de Interés Cultural (BIC) en la categoría de Sitio Histórico, a favor del Camino de Candelaria, declarado mediante el Decreto 227/2008, de 25 de noviembre, del Gobierno de Canarias, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 245, de 9 de diciembre de 2008.
Los terrenos incluidos en el ámbito del PEPP de La Vera de Igueste están categorizados por el PGO de Candelaria, en su mayor parte, como Suelo Rústico de Protección Ambiental en la subcategoría de Protección Paisajística (SRPP).
La franja de terrenos incluida en la delimitación del BIC del Camino La Candelaria está categorizada por el PGO de Candelaria como Suelo Rústico de Protección Ambiental en la subcategoría de Protección Cultural (SRPC).
El Parque Periurbano de La Vera de Igueste está reconocido desde el PGO de Candelaria como Espacio Libre Público de Sistema General en la categoría de Parque Periurbano.
Ver anexo en las páginas 5033-5034 del documento Descargar
- ALTERNATIVA SELECCIONADA.
El ámbito del Parque Periurbano de Pasacola se encuentra íntegramente incluido en el Bien de Interés Cultural (BIC) del Camino de Candelaria, en atención a sus elementos patrimoniales existentes, su valor cultural y ambiental, así como a la presencia de los vestigios del antiguo caserío de Pasacola, considerado el primer asentamiento humano en las medianías del municipio. Por esta razón, la propuesta de ordenación se fundamenta en un modelo de intervención mínima, respetuoso con la memoria histórica y los valores ambientales del lugar. En este marco, se prioriza la restauración del paisaje agrario tradicional y la activación de usos compatibles con el carácter patrimonial y productivo del entorno.
De forma complementaria, el Parque Periurbano de La Vera de Igueste se concibe como un ámbito destinado a usos recreativos, de esparcimiento, descanso y contemplación del paisaje, planteados siempre con un nivel de baja intensidad e intervención en el territorio, de manera que resulten compatibles con los valores patrimoniales y ambientales del conjunto.
Se opta por la Alternativa 2, cuya ordenación plantea una propuesta de intervención moderada que incorpora instalaciones destinadas a favorecer el uso ciudadano en ciertas zonas del parque. Dichas instalaciones estarán orientadas tanto a los vecinos de los barrios cercanos como a la ciudadanía del municipio en general, posibilitando actividades de descanso, esparcimiento y juego infantil, y ofreciendo, además, un espacio de reposo para los senderistas que recorran el Camino de La Candelaria.
Por otra parte, resulta imprescindible garantizar la coordinación y complementariedad entre la propuesta de ordenación del Parque Periurbano de La Vera de Igueste y la del Parque Periurbano de Pasacola, cuyos planes especiales se encuentran en proceso de redacción de manera simultánea
Con esta alternativa se resuelve la accesibilidad a la zona, mediante la incorporación de una zona de aparcamientos destinada a dar servicio a ambos parques.
La intervención se orientará prioritariamente a la recualificación del paisaje, mediante la recuperación del carácter agrícola tradicional del espacio y la regeneración ambiental y paisajística del entorno, garantizando al mismo tiempo la protección de la vegetación potencial y de los hábitats naturales existentes.
En lo que respecta al transporte público, se propone ubicar una nueva parada de la línea 2 del taxi compartido de Candelaria en las proximidades del parque. Esta parada deberá contar con algún tipo de infraestructura como una marquesina que proporcione sombra a los usuarios y haga más agradable la espera. Esta medida tiene como objetivo mejorar la conectividad actual del parque con el resto del municipio, facilitando el acceso y fomentando el uso del transporte público para llegar al área del Parque Periurbano de La Vera de Igueste.
La accesibilidad en el interior del Parque Periurbano de La Vera de Igueste se fundamenta en la regeneración de los senderos y caminos que se conservan, ampliándose para la creación de recorridos que permitan la incorporación de circuitos y aparatos saludables, así como descubrir las áreas regeneradas y los valores del paisaje.
Se propone la creación de cuatro miradores: el Mirador de La Jiménez, vinculado al acceso peatonal junto al Camino de La Candelaria; los miradores de Las Caletillas y de Candelaria, situados al sur del ámbito y asociados a los recorridos peatonales propuestos; y, por último, el Mirador de Igueste, ubicado al noreste y vinculado al área de recuperación del cultivo tradicional.
En este marco, se han definido cuatro zonas de ordenación, sobre las cuales se establecen las condiciones de intervención que servirán de guía para el desarrollo del futuro proyecto de ejecución del Parque Periurbano, asegurando que cada actuación respete el entorno y contribuya a la integración paisajística, funcional y cultural del espacio.
Ver anexo en la página 5036 del documento Descargar
Zona A-Bancales tradicionales.
Incluye las áreas de bancales originales que, por su estado de conservación, resulten susceptibles de recuperación. Se prevé la restauración de muros y bancales, así como de los sistemas de riego tradicionales existentes, con el fin de recuperar el carácter agrícola de la zona.
Zona B-Área de aparcamiento.
Área que albergará zona de estacionamiento para vehículos que dé servicio tanto al Parque de La Vera de Igueste como al cercano parque de Pasacola. 65 plazas aproximadamente.
Zona C-Área recreativa.
En la zona central del parque, donde las estructuras de bancales se han perdido prácticamente del todo, se incorporará una zona recreativa para el esparcimiento con áreas de estancia, picnic, juegos infantiles y actividades deportivas, así como la incorporación de nuevos senderos y caminos que favorezcan su conexión interna y permitan el paseo y la práctica de la carrera a pie.
Zona D-Rehabilitación ambiental.
En los restantes terrenos que conforman el Plan Especial, se plantea exclusivamente la regeneración y limpieza del entorno, priorizando la conservación y el mantenimiento de los hábitats naturales existentes.
En las áreas susceptibles de revegetación, se fomentará la plantación de especies autóctonas propias del piso bioclimático, así como se procederá a la eliminación de especies invasoras detectadas.
La movilidad y accesibilidad al Parque de La Vera de Igueste dependen actualmente del Camino de Candelaria, único viario de acceso. Este camino también da servicio al futuro Parque de Pasacola, situado en las proximidades.
Se ha considerado fundamental, para la ordenación y el planteamiento de la movilidad de la zona, entender ambos parques como propuestas complementarias. En este sentido, la zona de aparcamientos prevista estará destinada a cubrir las necesidades de estacionamiento de ambos espacios. Desde dicho aparcamiento, el acceso al Parque de Pasacola será prioritariamente peatonal, atendiendo a la consideración del Camino de Candelaria como sitio histórico.
Ver anexo en las páginas 5038-5039 del documento Descargar
- CONCLUSIONES.
De acuerdo a todo lo expuesto anteriormente, se informa favorable la aprobación inicial del Plan Especial Parque Periurbano La Vera de Igueste, término municipal de Candelaria…”.
Segundo.- Abrir un periodo de información pública por plazo de un mes mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en el periódico de mayor difusión.
Asimismo, estará disponible en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sedeelectronica.candelaria.es/publico/tablon
Tercero.- Solicitar, simultáneamente al trámite de información pública, los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos a órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos.
Cuarto.- Ordenar la suspensión facultativa del otorgamiento de las licencias de obras de edificación (excluyendo las permitidas por la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en las situaciones legales de las construcciones preexistentes y en la situación de fuera de ordenación y las provisionales permitidas conforme al artículo 32 de la misma Ley), así como la suspensión de la autorización de obras de urbanización (excluyendo la mera conservación y mantenimiento) en todo el ámbito de la modificación.
Esta suspensión surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial, y tendrá un plazo de un (1) año.
Quinto.- Ordenar la publicación de este acuerdo de suspensión en el Boletín Oficial de Canarias y en, al menos, dos de los diarios de mayor difusión en la isla.
Sexto.- Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación…».
La documentación se encuentra a disposición del público en las dependencias del Ayuntamiento de Candelaria, en horario de 8:00 a 14:00 horas; a su vez estará a disposición de los interesados en el siguiente enlace de la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://sedeelectronica.candelaria.es/transparencia/indice/seccion/IT21/16 y en la página web del Ayuntamiento de Candelaria https://www.candelaria.es/expedientes-en-exposicion-publica/
Todo lo cual se publica por el Secretario General en virtud de la función de fe pública del artículo 3.2.j) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Candelaria, a 29 de enero de 2026.- La Secretaria Accidental, María del Pilar Chico Delgado.