EXTRACTO de la Resolución de 27 de enero de 2026, por la que se convocan ayudas de bolsas de viaje para alumnado de esta Universidad, en el año 2026.
2026-02-06 · BOC-2026/025/398
BDNS (Identif.): 884121.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/884121).
Primera.- Dotación económica.
De acuerdo con las bases reguladoras de las convocatorias de becas y ayudas del Vicerrectorado con competencias en materia de política asistencial para el alumnado de la Universidad de La Laguna, aprobadas en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de fecha 28 de noviembre de 2025, la convocatoria tiene una dotación económica global para el año 2026 de 10.000 euros, distribuida en dos fases, con cargo a la línea 180401AASA 423C.9 48902 del Vicerrectorado.
Segunda.- Lugar de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se cumplimentarán a través del procedimiento establecido en el “Portal de Servicios”, en el apartado de “Alumnado”, y dentro de “Mis ayudas asistenciales”, “Autosolicitudes”.
Cumplimentada la solicitud, la documentación que corresponda deberá presentarse a través del mismo procedimiento, en el apartado “Subir documentación”, que le redirigirá a la sede electrónica, creando un expediente de “Aportación de documentación para su anexo a la solicitud de ayudas de Bolsas de Viaje para alumnado de la Universidad de La Laguna”.
Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.
Los plazos de presentación se establecen en la base décima:
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Fase primera, desde el día siguiente a la publicación en Boletín Oficial de Canarias hasta el 15 de mayo de 2026.
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Fase segunda, desde el 16 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2026.
Cuarta.- Requisitos de participación y documentación a presentar.
Los requisitos generales se establecen en la base cuarta de las bases reguladoras, los requisitos específicos de participación en las bases tercera y cuarta, y la documentación a presentar se establece en la base decimoprimera de la convocatoria.
Quinta.- Cuantía de las ayudas y tipología de las actividades subvencionables.
La cuantía límite de las ayudas viene determinada por la base decimocuarta y la tipología se encuentra desarrollada en la base quinta de la convocatoria.
San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero de 2026.- La Vicerrectora de Estudiantes (p.d. Resolución de 12.5.2023; BOC n.º 101, de 25.5.2023), María Rosario Hernández Borges.