ORDEN de 23 de enero de 2026, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
2026-02-03 · BOC-2026/022/327
Vista la propuesta formulada por el Viceconsejero de Educación, de 19 de enero de 2026, relativa al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA), y con base en los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden n.º 675/2024, de 12 de septiembre, del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA), se acordó el nombramiento de D. Ixemad Ríos Díaz como vocal suplente.
Mediante Orden n.º 218/2025, de 29 de enero, del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, por la que se dispone el cese y nombramiento de las personas titulares de la Vicepresidencia del Consejo Escolar de Canarias, así como de vocales titulares y suplentes en el sector del alumnado, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA), se acordó el nombramiento de Dña. Lucía González Montesino y D. Javier Lechado Hernández como vocales titulares.
Mediante Orden n.º 1340/2025, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias por renovación, se acordó el nombramiento de Dña. Lía Cabrera Méndez como vocal titular y de Dña. Ana Rodríguez Gallart y D. Miguel Domínguez Mesa como vocales suplentes del Consejo Escolar de Canarias en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Segundo.- Por la Federación Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA), con fecha 9 de enero de 2026, se remite acuerdo por el que se propone el cese y nombramiento de los siguientes vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias, en el sector de alumnado:
Cese:
Dña. Ana Rodríguez Gallart como vocal suplente.
D. Miguel Domínguez Mesa como vocal suplente.
Nombramiento:
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Dña. Ana Rodríguez Gallart, con DNI *2880, como vocal titular.
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D. Miguel Domínguez Mesa, con DNI *4841, como vocal titular.
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Dña. Yacelin Pérez Leal, con DNI *5777, como vocal suplente de Dña. Ana Rodríguez Gallart.
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Dña. Julia Mújica Medina, con DNI 9966, como vocal suplente de D. Miguel Domínguez Mesa.
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Dña. Luna Rivero Trabado, con DNI *9226, como vocal suplente de Dña. Lía Cabrera Méndez.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Resultan de aplicación los artículos 6.1.c) de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares (en lo sucesivo LCE), y 6.c) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, aprobado por Decreto 36/2003, de 24 de marzo (en lo sucesivo ROFCEC), en cuanto a la representatividad y legitimación para la propuesta de cese y nombramiento de vocales en dicho órgano.
Segundo.- Los artículos 17.1.g) de la LCE y 11.1.e) del ROFCEC señalan que procede el cese de los vocales por acuerdo de las organizaciones, entidades y asociaciones que efectuaron las propuestas.
Tercero.- Los artículos 17.1.b) de la LCE y 11.1.c) del ROFCEC señalan que los vocales del Consejo Escolar de Canarias cesarán, entre otras causas, cuando dejen de reunir los requisitos que determinaron su designación. A este respecto, el artículo 6.1.c) de la LCE establece que serán vocales del Consejo Escolar de Canarias seis alumnos o alumnas de enseñanza no universitaria.
Teniendo en cuenta dicha circunstancia, en la Orden n.º 1340/2025, de 10 de noviembre, del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias por renovación parcial, dictada al amparo del artículo 12 del ROFCEC, no se acordó la renovación del mandato de Dña. Lucía González Montesino y D. Javier Lechado Hernández como vocales titulares y de D. Ixemad Ríos Díaz como vocal suplente, en tanto que dichas personas ya no ostentaban la condición de alumnado de enseñanza no universitaria, resultando procedente, por tanto, el cese de dichos vocales.
Cuarto.- Por su parte, los artículos 14 de la LCE y 9 del citado ROFCEC atribuyen a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación la facultad de efectuar los nombramientos de los vocales del Consejo Escolar de Canarias, a propuesta de las organizaciones, entidades y asociaciones previstas en el artículo 6 de la LCE.
Por lo expuesto, de acuerdo con la propuesta del Viceconsejero de Educación, de 19 de enero de 2026, y de conformidad con el artículo 58 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, el artículo 33 bis de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio,
RESUELVO:
Primero.- Cesar a Dña. Lucía González Montesino y D. Javier Lechado Hernández como vocales titulares, y a D. Ixemad Ríos Díaz, Dña. Ana Rodríguez Gallart y D. Miguel Domínguez Mesa como vocales suplentes del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Segundo.- Nombrar a Dña. Ana Rodríguez Gallart vocal titular del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Tercero.- Nombrar a D. Miguel Domínguez Mesa vocal titular del Consejo Escolar de Canarias, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Cuarto.- Nombrar a Dña. Yacelin Pérez Leal vocal del Consejo Escolar de Canarias, como suplente de Dña. Ana Rodríguez Gallart, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Quinto.- Nombrar a Dña. Julia Mújica Medina vocal del Consejo Escolar de Canarias, como suplente de D. Miguel Domínguez Mesa, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Sexto.- Nombrar a Dña. Luna Rivero Trabado vocal del Consejo Escolar de Canarias, como suplente de Dña. Lía Cabrera Méndez, en el sector del alumnado de enseñanza no universitaria, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (UDECA).
Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. En caso de interponer recurso de reposición, se podrá acudir a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa en el plazo de dos meses indicado, a contar desde la notificación de su desestimación expresa, o bien desde el transcurso de un mes desde su interposición sin que se hubiese notificado su resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de enero de 2026.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.