Viceconsejería de Economía e Internacionalización.- Resolución de 19 de enero de 2026, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes del programa de Becas en Negocios Internacionales para el ejercicio 2025.
2026-01-30 · BOC-2026/020/304
ANTECEDENTES
Primero.- Por Resolución n.º 121/2025, de 23 de diciembre, del Viceconsejero de Economía e Internacionalización, se aprueba, por el procedimiento de urgencia, para el ejercicio 2025, la convocatoria de concesión de becas del programa de Becas en Negocios Internacionales, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus Canarias, 2021-2027.
El 20 de enero de 2026 finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
Segundo.- Aunque el aplicativo informático de gestión de la convocatoria funcionó correctamente en la terminación del plazo para presentar las solicitudes, se ha podido constatar que algunos solicitantes no pudieron presentar la solicitud a través de la misma por problemas específicos de operatividad y en el contenido del formulario de la propia solicitud.
Tercero.- A la vista del análisis realizado por los responsables de la gestión técnica del aplicativo, se estima conveniente ampliar el plazo para la presentación de solicitudes.
La ampliación de plazo se aplicará con carácter general a todos los interesados para asegurar el respeto a los principios de igualdad, concurrencia y no discriminación.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Conforme lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, de 5 de octubre de 2023, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en los titulares de los Centros Directivos del Departamento (BOC n.º 203, de 16.10.2023), corresponde a la Viceconsejería de Economía e Internacionalización, entre otras, la ampliación de los plazos establecidos en la convocatoria.
Segunda.- La presente Resolución se dicta por delegación del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, considerándose dictada por el órgano delegante, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.- El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder, de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
RESUELVO:
Primero.- Ampliar en diez (10) días naturales el plazo de presentación de solicitudes contados desde el siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes señalado en la resolución de convocatoria, finalizando por tanto el nuevo plazo el día 30 de enero de 2026.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Contra la presente Resolución no cabe interponer recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 2026.- El Viceconsejero de Economía e Internacionalización, Gustavo González de Vega.