Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 20 de enero de 2026, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala Técnica Superior Estadística (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 29 de noviembre de 2023, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
2026-01-28 · BOC-2026/018/260
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 29 de noviembre de 2023 se convocaron pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, entre otros, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala Técnica Superior Estadística (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 243, de 13.12.2023). El total de plazas convocadas asciende a cinco (5), correspondientes al turno general.
Por medio de Resolución del/de la Presidente/a del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de referencia, de 28 de octubre de 2025, se elevó a esta Dirección General, como propuesta de resolución, la relación con la designación de la persona aspirante seleccionada.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de las bases generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016 (BOC n.º 252, de 29.12.2016), que resultan de aplicación en el presente proceso selectivo, así como en el apartado 12 de las bases específicas del procedimiento selectivo de referencia, una vez recibida la propuesta de nombramiento junto con las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas selectivas, la Dirección General de la Función Pública aprobará, mediante resolución, la relación de las personas aspirantes seleccionadas, comprobará la acreditación de determinados requisitos y realizará oferta de los puestos de trabajo a los efectos de que las personas seleccionadas manifiesten sus preferencias, lo que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3965/2024, de 9 de noviembre, se da cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional decimoséptima del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación vigente en materia de empleo público temporal, estableciendo los criterios para la identificación de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario desempeñados por personal funcionario interino en las convocatorias de selección de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Dirección General de la Función Pública ha procedido, con carácter previo a esta Resolución, a la identificación de los puestos de trabajo desempeñados por personal funcionario interino objeto de provisión definitiva a través de la presente convocatoria, publicándose en la página web de la convocatoria de referencia.
De conformidad con el artículo 11 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, el plazo máximo para proceder al nombramiento como personal funcionario de carrera de la Administración General que haya resultado seleccionado será de tres (3) meses a contar desde el día en que el tribunal calificador eleve su propuesta de personas seleccionadas al órgano convocante.
Mediante Resolución n.º 55/2026, de 13 de enero, de la Dirección General de la Función Pública, se amplía en un (1) mes y medio el plazo para el nombramiento como personal funcionario de carrera y para la adjudicación de puestos de trabajo de las personas seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, en sus distintas Escalas y Especialidades, de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 29 de noviembre de 2023 (BOC n.º 243, de 13 de diciembre), entre los que se encuentra el Cuerpo Superior de Administración, Escala Técnica Superior Estadística (Grupo A, Subgrupo A1), quedando dicho plazo ampliado hasta el 15 de marzo de 2026.
En virtud de cuanto antecede, y al amparo de la competencia atribuida por el artículo 76.1.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024), esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.- Personas aspirantes seleccionadas.
Aprobar y publicar la relación de las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala Técnica Superior Estadística (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 29 de noviembre de 2023 (BOC n.º 243, de 13.12.2023), contenida en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
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En el plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de la persona aspirante seleccionada, en la solicitud de participación en las pruebas.
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Las personas seleccionadas que no hayan prestado el citado consentimiento deberán aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10697
Tercero.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndoles para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Cuarto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes seleccionadas, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de veinte (20) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 12.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10697
Quinto.- Las personas a las que hace referencia el apartado 2.1.b) y c) de las bases específicas deberán presentar, en el citado plazo de veinte (20) días hábiles, los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración responsable o promesa de la persona nacional del Estado Español o de otro Estado Miembro de la Unión Europea, de que no está en situación de separación de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive bajo su dependencia económica.
Sexto.- Capacidad funcional.
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En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, la persona seleccionada deberá cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
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No obstante, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona seleccionada para su nombramiento posee ya la condición de personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con carácter fijo o temporal, encontrándose en el momento de ser nombrada en situación de servicio activo o lo hubiere estado en un momento anterior no superior, como máximo, a los seis (6) meses desde el cese de la situación anterior y siempre y cuando no se hubiesen puesto de manifiesto hechos o circunstancias que aconsejen lo contrario, deberá suscribir una declaración responsable en relación con el cumplimiento del requisito de capacidad para el acceso al empleo público.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado segundo de esta Resolución.
- Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá sin embargo cumplimentar la encuesta previa de salud.
Séptimo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas seleccionadas no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien, de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
No obstante, si se produjera alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, o si se produjera la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, y con el fin de asegurar la cobertura de plazas, la Dirección General de la Función Pública podrá requerir del Tribunal Calificador una relación complementaria de la persona aspirante que siga a la propuesta, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Octavo.- Oferta de puestos de trabajo.
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Se ofertan a las personas aspirantes seleccionadas los puestos de trabajo que figuran en el Anexo II de la presente Resolución.
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En el mismo plazo de veinte (20) días hábiles a que se refiere el apartado segundo de esta Resolución, las personas seleccionadas deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
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A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10697
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A quienes no cumplimenten este trámite en el plazo conferido y en la forma establecida se les adjudicará el puesto de trabajo que no resulte adjudicado una vez resueltas las demás adjudicaciones.
Noveno.- Publicación.
Publicar la presente Resolución con sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, la persona interesada podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el recurso deberá presentarse, en todo caso, accediendo a la sede electrónica del Gobierno de Canarias a través del siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10698
En caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera proceder.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 2026.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
ANEXO I
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ANEXO II
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