Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de enero de 2026, por la que se ordena la publicación de la segunda Adenda de prórroga del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, isla de Gran Canaria, para la ejecución de los proyectos y ejecución de las obras “Reforma integral y mejoras necesarias en centros educativos del municipio”.
2026-01-26 · BOC-2026/016/240
El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la segunda Adenda de prórroga del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, isla de Gran Canaria, para la ejecución de los proyectos y ejecución de las obras “Reforma integral y mejoras necesarias en centros educativos del municipio”, suscrita en Canarias el 30 de diciembre de 2025.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 2026.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.
ANEXO
SEGUNDA ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA, ISLA DE GRAN CANARIA, PARA LA REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS “REFORMA INTEGRAL Y MEJORAS NECESARIAS EN CENTROS EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO”.
En Canarias, a 30 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Hipólito Alejandro Suárez Nuez, Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, en su nombre y representación, interviene en el presente acto en el uso de las facultades y atribuciones que le confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el artículo 6.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por Decreto 84/2024, de 10 de junio.
De otra parte, D. Francisco José García López, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en nombre y representación del mismo, facultado para este acto mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 30 de diciembre de 2025, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las personas comparecientes se reconocen, de manera mutua y recíproca, la capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir la presente Adenda de prórroga, y, a tal fin,
EXPONEN
Primero.- Con fecha 29 de diciembre de 2023, las partes suscribieron un Convenio de Cooperación cuyo objeto es la redacción de los proyectos de reforma integral y mejoras necesarias y la posterior ejecución de las obras en centros educativos pertenecientes al municipio de Santa Lucía de Tirajana. El citado Convenio está inscrito en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes con el n.º 35, de fecha 29 de diciembre de 2023, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 14, de 19 de enero de 2024.
Segundo.- Con fecha 30 de diciembre de 2024, las partes suscribieron la primera Adenda de prórroga del Convenio de Cooperación referido. La citada Adenda está inscrita en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes con el n.º 161, de fecha 30 de diciembre de 2024, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 34, de 18 de febrero de 2025.
Tercero.- Con fecha 26 de diciembre de 2025, tuvo registro de entrada en la Dirección General de Infraestructuras y Equipamientos la solicitud del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana de prorrogar el plazo de ejecución del Convenio por un periodo de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2027. La solicitud se acompaña de un informe técnico en el que se recoge la necesidad de ampliar los plazos de ejecución de algunas de las obras ante las dificultades encontradas en la ejecución en parte de las actuaciones previstas.
Cuarto.- Con fecha 30 de diciembre de 2025, la Unidad Técnica de Construcciones de Las Palmas, adscrita a la Dirección General de Infraestructuras y Equipamientos, emitió informe técnico favorable a la ampliación del plazo solicitada por el Ayuntamiento.
Quinto.- Con fecha 30 de diciembre de 2025, el Servicio de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica emitió informe, cuyo resultado obra en el expediente.
Por cuanto antecede, con el fin de dar continuidad a las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de prórroga, que se incorpora formando parte del Convenio principal, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Prorrogar el plazo estimado en el Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, isla de Gran Canaria, para la redacción de los proyectos y ejecución de las obras “Reforma integral y mejoras necesarias en centros educativos del municipio” por un periodo de dos (2) años, a contar desde la firma de la presente Adenda. La vigencia del Convenio se extiende hasta que finalice la ejecución de las actuaciones previstas y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2027, siendo el plazo máximo de justificación hasta el 30 de abril de 2028.
Segunda.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio de Cooperación citado seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por la presente Adenda.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.- El Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.- El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, Francisco José García López.- Conforme al artículo 55.1.a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, la Secretaria General Accidental, Raquel Alvarado Castellano.