DECRETO 208/2025, de 23 de diciembre, por el que se acuerda la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Maestro en Educación Primaria por la Universidad del Atlántico Medio.
2026-01-02 · BOC-2026/001/16
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior.
Las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Según el artículo 9.2, los estudios de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiantado de una formación básica y generalista en una disciplina determinada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por la Ley 3/2025, de 25 de julio, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el Estado, serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.
Por Decreto 113/2020, de 23 de octubre, se acordó la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Maestro en Educación Primaria por la Universidad del Atlántico Medio (BOC n.º 228, de 6.11.2020).
El título oficial de Grado en Maestro en Educación Primaria fue verificado el 10 de marzo de 2020, y en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de enero de 2021, se establece su carácter oficial y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) con código 2504095 (BOE n.º 19, de 22.1.2021).
El Consejo de Administración de la Universidad del Atlántico Medio, en sesión ordinaria celebrada en fecha 7 de noviembre de 2025, aprobó por unanimidad la supresión del mencionado título, a propuesta de la Junta de Gobierno tras reunión celebrada el 31 de octubre de 2025.
Con fecha 3 de diciembre de 2025, la Universidad del Atlántico Medio solicitó al Gobierno de Canarias la supresión de la citada enseñanza universitaria, aportando a tal efecto memoria de supresión, en la que se señala que se procede a la extinción del título debido a que en el proceso de verificación de la nueva titulación de Grado en Maestro en Educación Primaria, con código RUCT: 1500511, se indica la extinción de la anterior.
El Consejo Universitario de Canarias informó favorablemente, por unanimidad, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2025, la supresión del mencionado título oficial.
En su virtud, de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2025,
DISPONGO:
Primero.- Acordar la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Maestro en Educación Primaria (RUCT 2504095) por la Universidad del Atlántico Medio.
Segundo.- La Universidad estará obligada a garantizar el desarrollo efectivo de las enseñanzas durante un periodo mínimo que permita finalizar sus estudios al alumnado que, con un aprovechamiento académico normal, los hubieran iniciado en ella. Durante el periodo establecido en el calendario de extinción no se permitirá, en ningún caso, la matriculación de nuevo alumnado en ninguna asignatura del citado título oficial.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 23 de diciembre de 2025.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA, Migdalia María Machín Tavío.