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Disposición 2025/089/1680

ORDEN de 28 de abril de 2025, por la que se corrigen errores en la Orden de 11 de abril de 2025, que convoca el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023, y aprueba las correspondientes bases, y se declara la urgencia en la tramitación del procedimiento (BOC n.º 77, de 21.4.2025).

2025-05-06 · BOC-2025/089/1680

Advertidos errores materiales en la publicación del Anexo II de la referida Orden de 11 de abril de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 77, de 21 de abril de 2025, y constatado que dicho anexo no se corresponde con el efectivamente elaborado, aprobado e incluido en el expediente administrativo y siendo dichos errores manifiestos, patentes y verificables sin necesidad de interpretación jurídica alguna, resulta necesario proceder a su rectificación, al amparo de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, y en atención a razones de eficacia administrativa y necesidad de garantizar la adecuada planificación y ejecución del procedimiento selectivo, procede declarar la urgencia en la tramitación del mismo, exclusivamente en relación con el plazo de presentación de reclamaciones frente al listado provisional de personas admitidas y excluidas. Esta medida se fundamenta en la necesidad de optimizar la gestión de los tiempos del proceso, teniendo en cuenta el alto número de participantes previsto, el elevado volumen de documentación que ha de ser analizado por los órganos gestores y la necesidad de garantizar la finalización del procedimiento con anterioridad al inicio del curso escolar 2025/2026, asegurando así la cobertura de las plazas convocadas. Dicha declaración de urgencia encuentra amparo en el artículo 33.1 de la mencionada Ley 39/2015.

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 6.i) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por Decreto 84/2024, de 10 de junio,

RESUELVO:

Primero.- Rectificar los errores materiales advertidos en el Anexo II “Baremo de Méritos”, de la Orden de 11 de abril de 2025, por la que se convoca el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023, y se aprueban las correspondientes bases (BOC n.º 77, de 21 de abril); siendo los que se indican a continuación, y quedando redactado el Anexo II tal y como se recoge en el anexo de la presente Orden:

• En el Anexo II “Baremo de Méritos”:

  • Apartado 3. “Otros méritos” (pág: 15888 y siguientes):

• Subapartado 3.1; se modifica el título pasando a denominarse “Otros títulos y premios”. Se elimina de la columna “puntos” la primera cifra “0,500” y se incorpora en la columna “documentación acreditativa” el siguiente texto: “Para la acreditación de los premios:”

• Subapartado 3.2; se establece un máximo de 1,000 puntos.

• Subapartado 3.4; se elimina la puntuación máxima.

• Subapartado 3.5; se añade una puntuación máxima de 0,500 puntos.

• Subapartado 3.7; se añade una puntuación máxima de 0,500 puntos.

Segundo.- Declarar la urgencia en la tramitación del procedimiento, limitada exclusivamente a los actos de trámite relativos a la Resolución por la que se publique la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En consecuencia, el plazo de diez días hábiles previsto en la base séptima, apartado segundo, del Anexo I de la citada Orden de 11 de abril de 2025, para la presentación de reclamaciones, se reduce a cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada lista provisional.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, surtiendo efectos desde el mismo día de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2025.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.

ANEXO

ANEXO II

BAREMO DE MÉRITOS PARA EL INGRESO AL CUERPO DE MAESTROS.

NOTAS GENERALES:

  • Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

  • Tanto los requisitos como los méritos acreditados por las personas aspirantes han de estar cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán, por tanto, los méritos perfeccionados y acreditados hasta la finalización del mismo.

  • Todos los documentos, tanto requisitos como méritos, deberán ser presentados en formato PDF (un archivo por mérito, que incluya todas las páginas del mismo), a través de la web de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes. La persona aspirante se responsabilizará expresamente de la veracidad de la documentación aportada.

  • Toda documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse en castellano. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán traducirse al castellano los documentos que, redactados en lengua oficial de una Comunidad Autónoma, deban surtir efectos fuera del territorio de esa Comunidad. Por tanto, los documentos redactados en otra lengua deberán presentarse con su traducción oficial al castellano acreditada por un traductor jurado.

  • Un mismo mérito no podrá valorarse simultáneamente por más de un apartado o subapartado.

  • Las personas aspirantes que alguna vez hayan sido nombradas funcionarios interinos por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes no tendrán que presentar la documentación acreditativa de los servicios prestados en centros públicos de esta Administración. Si consultada la hoja de servicios a través de la página web de esta Consejería, en el enlace “Consulta y actualización de datos de docentes”, no se estuviera conforme con los datos ofrecidos, deberá solicitar su modificación aportando la documentación acreditativa.

  • Del mismo modo, podrán acreditar, mediante certificación emitida por la Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación, aquellos méritos relacionados con actividades formativas que no se encuentren en su expediente electrónico del portal docente.

Ver anexo en las páginas 19198-19212 del documento Descargar