Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 16 de abril de 2025, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 2 de diciembre de 2022, y se les ofertan puestos de trabajo a los efectos de manifestar sus preferencias.
2025-04-28 · BOC-2025/083/1583
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 2 de diciembre de 2022, se convocaron pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 245, de 15.12.2022). El total de plazas convocadas ascendía a setenta (70), correspondiendo sesenta y dos (62) al turno general y ocho (8) al turno de discapacidad.
Por medio de la Resolución del Presidente del Tribunal Calificador, de 10 de abril de 2025, se elevó a esta Dirección General, como propuesta de nombramiento, la relación de personas aspirantes seleccionadas.
Dada la existencia de plazas desiertas en la convocatoria de pruebas selectivas para ingresar, por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), y conforme a la disposición adicional décima del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, y a la base específica 1.4 de la Resolución de convocatoria, mediante Resolución de esta Dirección General n.º 1351/2025, de 10 de abril, se acrece el número de plazas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2).
En consecuencia, el número de plazas a cubrir en las pruebas selectivas de referencia asciende a ochenta y nueve (89), correspondiendo setenta y nueve (79) al turno general y diez (10) al turno de discapacidad.
Conforme al apartado segundo de la Resolución n.º 1351/2025, mediante Resolución del Tribunal Calificador, de 14 de abril de 2025, se elevó a esta Dirección General la relación complementaria de las diecinueve (19) personas aspirantes seleccionadas, correspondiendo diecisiete (17) al turno general y dos (2) al turno de discapacidad, que siguen a las propuestas con el fin de asegurar la cobertura definitiva de las plazas acrecidas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de las bases generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016 (BOC n.º 252, de 29.12.2016), así como en el apartado 14 de las bases específicas del procedimiento selectivo de referencia, una vez recibida la propuesta de nombramiento junto con las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas selectivas, la Dirección General de la Función Pública aprobará, mediante resolución, la relación de las personas aspirantes seleccionadas, requerirá la acreditación de determinados requisitos, y realizará oferta de los puestos de trabajo a los efectos de que las personas seleccionadas manifiesten sus preferencias, lo que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 3965/2024, de 9 de noviembre, se da cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional decimoséptima del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación vigente en materia de empleo público temporal, estableciendo los criterios para la identificación de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario desempeñados por personal funcionario interino en las convocatorias de selección de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Dirección General de la Función Pública ha procedido, con carácter previo a esta Resolución, a la identificación de los puestos de trabajo desempeñados por personal funcionario interino objeto de provisión definitiva a través de la presente convocatoria, publicándose en la página web de la convocatoria de referencia.
De otra parte, en la medida en que el número de plazas convocadas es superior al de aquellas que han de ser provistas de forma definitiva dado su desempeño temporal, se completa la identificación de los puestos a ofertar con puestos vacantes puros hasta el límite de las plazas convocadas, atendiendo a las concretas necesidades de recursos humanos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En virtud de cuanto antecede, y al amparo de la competencia atribuida por el artículo 76.1.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado mediante Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024), esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.- Personas aspirantes seleccionadas.
Aprobar y publicar la relación de las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022 (BOC n.º 245, de 15.12.2022), contenida en el anexo de la presente Resolución.
Segundo.- Tramitación de urgencia.
Declarar la aplicación de la tramitación de urgencia en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 2 de diciembre de 2022, con la reducción de los siguientes plazos establecidos para el procedimiento ordinario:
a) Plazo de veinte (20) días hábiles para manifestar la preferencia de puestos ofertados y presentar la documentación necesaria para el nombramiento. Se reduce a diez (10) días hábiles.
b) Plazo de diez (10) días hábiles de requerimiento de subsanación en el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero la Administración no hubiese podido comprobar los requisitos para su nombramiento. Se reduce a cinco (5) días hábiles.
Tercero.- Cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de funcionario de carrera.
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En el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, la Dirección General de la Función Pública comprobará el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases generales y en el apartado 2 de las bases específicas, siempre y cuando se hubiera otorgado el consentimiento, por parte de la persona aspirante seleccionada, en la solicitud de participación en las pruebas.
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La persona seleccionada que no haya prestado el citado consentimiento deberá aportar la documentación señalada en el artículo 14.2 de las bases generales, a través del formulario disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10115
Cuarto.- Imposibilidad de comprobación del cumplimiento de requisitos.
En el supuesto de que las personas seleccionadas hayan prestado su consentimiento, pero esta Administración no hubiese podido comprobar el cumplimiento de alguno de los requisitos, se les requerirá para que presenten los documentos acreditativos de tales requisitos, concediéndole para ello un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique la imposibilidad de comprobación.
Quinto.- Declaración responsable.
Todas las personas aspirantes seleccionadas, hayan prestado o no el consentimiento para la consulta de los requisitos, deberán cumplimentar, en el citado plazo de diez (10) días hábiles, la declaración responsable relativa al régimen disciplinario y de inhabilitación previsto en el apartado 14.3 de las bases específicas, mediante la cumplimentación del formulario disponible al efecto en el siguiente enlace de la sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10115
Sexto.- Capacidad funcional.
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En lo referido a la acreditación de la capacidad funcional, la persona seleccionada deberá cumplimentar la encuesta previa de salud, a través del formulario establecido al respecto por el Servicio de Inspección Médica habilitado al efecto en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
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No obstante, de conformidad con el artículo 15 del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, si la persona seleccionada, en el momento de cumplimentar este trámite, tuviese además la condición de personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, con carácter fijo o temporal, en situación de servicio activo, o lo hubiere estado en un momento anterior no superior a seis meses desde el cese de la situación anterior, siempre y cuando no se hayan puesto de manifiesto hechos o circunstancias que aconsejen lo contrario, deberá únicamente cumplimentar una declaración responsable sobre su capacidad funcional.
Para cumplimentar esta declaración responsable se deberá acceder al enlace reseñado en el apartado segundo de esta Resolución.
- Una vez se acceda al citado enlace, quedarán identificadas las personas aspirantes que deben realizar la encuesta previa y las que deben realizar la declaración responsable.
Esta declaración responsable se podrá hacer siempre y cuando la persona en el momento de realizarla no se encuentre en situación de incapacidad laboral temporal o permanente.
Si este fuese el caso, aunque la persona haya sido identificada para hacer la declaración responsable, deberá sin embargo cumplimentar la encuesta previa de salud.
Séptimo.- Falta de cumplimiento de trámites.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor apreciada, las personas seleccionadas no presentasen la documentación exigida, o habiendo prestado el consentimiento no se pudiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, o bien de su examen se dedujera que carece de alguno de ellos, no podrá efectuarse el nombramiento como personal funcionario de carrera y se declarará el decaimiento en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación o en cualquier otro documento posteriormente aportado.
No obstante, si se produjera alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, o si se produjera la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, y con el fin de asegurar la cobertura de plazas, la Dirección General de la Función Pública podrá requerir del Tribunal Calificador una relación complementaria de la persona aspirante que siga a la propuesta, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Octavo.- Oferta de puestos de trabajo.
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Se ofertan a las personas aspirantes seleccionadas los puestos de trabajo que figuran en la página web de la Dirección General de la Función Pública del proceso selectivo correspondiente, así como aquellos en situación de vacancia pura, atendiendo a las necesidades de recursos humanos existentes y hasta el límite de plazas convocadas.
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En el mismo plazo de diez (10) días hábiles a que se refiere el apartado segundo de esta Resolución, las personas seleccionadas deberán manifestar su preferencia respecto de tales puestos de trabajo.
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A fin de cumplimentar este trámite, las personas aspirantes deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario disponible en la siguiente página web: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10115
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A quienes no cumplimenten este trámite en el plazo conferido y en la forma establecida se les adjudicará el puesto de trabajo que no resulte adjudicado una vez resueltas las demás adjudicaciones.
Noveno.- Publicación.
Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, la persona interesada podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera proceder.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de abril de 2025.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
ANEXO
Ver anexo en las páginas 18462-18464 del documento Descargar