ORDEN de 4 de abril de 2025, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Director/a del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.
2025-04-15 · BOC-2025/074/1450
Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Director/a del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
I.- Por Orden de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad de 14 de febrero de 2025, se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo que figura en la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife con el n.º 0818ML0001, denominado Director/a del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife (BOE n.º 51, de 28.2.2025).
II.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria y conforme a lo previsto en la base quinta de la convocatoria, se ha evacuado informe, con fecha 27 de marzo de 2025, por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, relativo al cumplimiento por la única persona interesada de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Los artículos 56 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, regulan el procedimiento de libre designación como forma de provisión de los puestos directivos y aquellos para los que su especial responsabilidad y dedicación así se establezca en las relaciones de puestos de trabajo.
Segunda.- El artículo 5.1 del Decreto 198/2002, de 20 de diciembre, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, establece que el Director será nombrado por el Consejero competente en materia de justicia a través del sistema de libre designación mediante convocatoria pública, en la que podrán participar los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses.
Teniendo en cuenta los méritos que concurren en la única funcionaria aspirante, de acuerdo con la base sexta de la convocatoria y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
RESUELVO:
Primero.- Designar a la funcionaria que se señala a continuación, en la que concurren todos los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, para el desempeño del puesto siguiente:
NOMBRE Y APELLIDOS: Carolina de las Heras García.
CENTRO DIRECTIVO: Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
UNIDAD: Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.
N.º DEL PUESTO: 0818ML0001.
DENOMINACIÓN: Director/a.
FUNCIONES: las que atribuye el artículo 5 del Decreto de creación del Instituto de Medicina Legal.
MÉRITOS PREFERENTES: Especialidad en Medicina Legal.
VÍNCULO: funcionaria de carrera.
ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: Administración de Justicia.
GRUPO: A1.
CUERPO/ESCALA: Médicos Forenses.
FORMA DE PROVISIÓN: libre designación.
LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.
Segundo.- De conformidad con lo previsto en los artículos 61 y 52 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, la funcionaria designada cesará en su actual puesto de trabajo en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de la Orden por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Director del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife en el Boletín Oficial de Canarias, y tomará posesión, a contar a partir del día siguiente al del cese, en tres días si no implica cambio de localidad de la funcionaria; ocho días si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. Cuando el adjudicatario de la plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días. En los plazos señalados por días se considerarán en todo caso naturales.
Tercero.- Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien, a criterio del interesado, interponer en vía administrativa el recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 2025.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Nieves Lady Barreto Hernández.