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Disposición 2025/071/1413

EXTRACTO de la Orden de 23 de marzo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las ayudas destinadas al fomento de la generación eléctrica renovable, el autoconsumo y la descarbonización del archipiélago canario, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2 y 3), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

2025-04-10 · BOC-2025/071/1413

BDNS (Identif.): 824933.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/824933).

Serán objeto de ayuda la realización de nuevas instalaciones de generación eléctrica con energía fotovoltaica y/o eólica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias o la ampliación de instalaciones de generación existentes, destinadas a autoconsumo, contempladas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, así como las aisladas de la red. Asimismo, a las actuaciones de generación podrán asociarse instalaciones de almacenamiento de energía eléctrica mediante baterías. El crédito asignado a la financiación de dichas ayudas asciende a un total de 30.000.000,00 de euros.

Primero.- Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para las ayudas destinadas al fomento de la generación eléctrica renovable, el autoconsumo y la descarbonización del archipiélago canario, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2 y 3), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

Segundo.- Aprobar el gasto destinado a financiar las ayudas que se adjudiquen en el marco de las bases reguladoras establecidas en el apartado dispositivo primero, por un importe total de 30.000.000,00 de euros.

El gasto aprobado con la presente convocatoria podrá incrementarse con los créditos que se transfieran a la Administración autonómica para la financiación de las mismas actuaciones contempladas por la presente Orden, en cuyo caso podrán realizarse nuevas concesiones conforme a lo señalado en las bases reguladoras. Asimismo, en caso de que el número de solicitudes no cubran el total del crédito aprobado, se podrá minorar en la cantidad no solicitada a fin de destinar dicho crédito a ampliaciones del resto de convocatorias financiadas con cargo al mismo fondo presupuestario.

Tercero.- Acordar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para las ayudas destinadas al fomento de la generación eléctrica renovable, el autoconsumo y la descarbonización del archipiélago canario, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2 y 3), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2), en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo a las bases aprobadas en el apartado dispositivo primero, conforme a los siguientes datos:

a) El plazo de presentación de solicitudes comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y finalizará tres meses después.

b) El importe del crédito presupuestario que se asigna a la presente convocatoria asciende a un total de 30.000.0000,00 de euros, con cargo a la aplicación presupuestaria y la distribución que se detalla en el apartado segundo.

c) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización el plazo para la presentación de solicitudes, en los términos establecidos en las bases reguladoras de las subvenciones.

Cuarto.- Se faculta a la Dirección General de Energía, adscrita a la Consejería de Transición Ecológica y Energía, para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la interpretación, aplicación y ejecución de lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transición Ecológica y Energía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2025.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA, Mariano Hernández Zapata.

EXTRACTO de la Orden de 23 de marzo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las ayudas destinadas al fomento de la generación eléctrica renovable, el autoconsumo y la descarbonización del archipiélago canario, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2 y 3), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2). — Bocana