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Disposición 2025/067/1335

ORDEN de 25 de marzo de 2025, por la que se delega en los titulares de los órganos del Servicio Canario de la Salud con facultades de contratación la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio en materia de contratación pública.

2025-04-04 · BOC-2025/067/1335

El Servicio Canario de la Salud, Organismo Autónomo de carácter administrativo creado por Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, está adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad, conforme dispone su artículo 50.

El Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, establece en los artículos 16 y 28 sus órganos de contratación.

Son órganos de contratación del Servicio Canario de la Salud la Dirección, las Direcciones Generales y la Secretaría General, las Gerencias de Atención Primaria, las Direcciones Gerencias de Hospitales y las Gerencias de Servicios Sanitarios.

El artículo 29.1.g), en relación con el apartado e) del mismo precepto, de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, atribuye la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio a los titulares del Departamento.

El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en los términos que en dicho precepto se establecen.

El artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello.

Razones de índole técnica y de eficacia hacen conveniente delegar en las personas titulares de los órganos de contratación del Servicio Canario de la Salud, en función al ámbito competencial atribuido, la competencia para determinadas competencias que la normativa vigente atribuye a las personas titulares de las Consejerías.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en los titulares de los órganos del Servicio Canario de la Salud con facultades de contratación la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio en materia de contratación pública.

Segundo.- La delegación conferida por la presente Orden se adopta sin perjuicio de las potestades de revocación que ostenta el órgano delegante, de conformidad con la normativa vigente.

Tercero.- Todos los actos que se dicten en ejercicio de la competencia delegada por la presente Orden harán constar esta circunstancia y se considerarán dictados a todos los efectos por el órgano delegante.

Cuarto.- La presente delegación surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2025.

LA CONSEJERA DE SANIDAD, Esther María Monzón Monzón.

ORDEN de 25 de marzo de 2025, por la que se delega en los titulares de los órganos del Servicio Canario de la Salud con facultades de contratación la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio en materia de contratación pública. — Bocana