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Disposición 2025/067/1329

Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 2 de marzo de 2025, por la que se modifica la Resolución de 4 de marzo de 2024, que aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 9 de noviembre de 2021.

2025-04-04 · BOC-2025/067/1329

Examinados los expedientes de las personas aspirantes integrantes en la lista de empleo correspondiente a las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión General, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y considerando los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Requerimiento de documentación a efectos de la constitución de la lista de empleo.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 29 de noviembre de 2023, se requiere la documentación acreditativa del mérito de la experiencia en la Administración Pública y el expediente académico a los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 9 de noviembre de 2021, a fin de constituir la correspondiente lista de empleo (BOC n.º 5, de 8.1.2024).

De conformidad con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden de 3 de marzo de 2011, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que se desarrolla, en el ámbito de Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y Docente no Universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo (BOC n.º 48, de 7.3.2011), se ha procedido a la valoración de la documentación acreditativa de la experiencia en la Administración Pública presentada por las personas aspirantes, tras valorarse previamente la calificación obtenida en la oposición, según lo previsto en el artículo 3.1 de la citada Orden.

Segundo.- Constitución de la lista de empleo.

Mediante Resolución de esta Dirección General, de 4 de marzo de 2024, se aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 54, de 14.3.2024).

Tercero.- Recursos interpuestos.

Contra la citada Resolución de 4 de marzo de 2024 (BOC n.º 54, de 14.3.2024), se interpusieron recursos potestativos de reposición por varias personas aspirantes.

A los hechos anteriormente descritos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Conformación de la lista de reserva.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 74/2010, y en el artículo 3.1 de la Orden de 3 de marzo de 2011, las listas de empleo se conformarán mediante un sistema de concurso, en el cual se valorarán los siguientes méritos:

  1. La calificación obtenida en la oposición, hasta un máximo de 4 puntos.

  2. La experiencia en la Administración Pública, hasta un máximo de 2 puntos.

El mérito de la experiencia en la Administración Pública que se invoque vendrá referido a la fecha de finalización del plazo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes de participación.

El mismo artículo dispone que la experiencia en la Administración Pública se valorará como funcionarios, de carrera o interinos, o como personal laboral desempeñando tareas propias del Cuerpo, Escala y Especialidad objeto de la respectiva Convocatoria. Por lo tanto, en este proceso solo se valora la experiencia en la Administración Pública que los aspirantes posean desempeñando tareas propias del Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2).

Segundo.- Acreditación del mérito.

A efectos de la valoración del mérito de la experiencia en la Administración Pública, el artículo 3.3 de la Orden de 3 de marzo de 2011 establece que las personas aspirantes deberán aportar los siguientes documentos:

a) Certificación expedida por el órgano que efectuó el nombramiento o por el órgano contratante, en la que conste el tiempo de servicios prestados, vínculo jurídico con la Administración Pública y Cuerpo/Escala/Especialidad o Grupo y Categoría Profesional de personal laboral.

En el caso de empleados públicos de las Corporaciones Locales la certificación deberá emitirla el Secretario de la Corporación.

b) Copia compulsada del acto de nombramiento o del contrato de trabajo.

La falta de cualquiera de los dos documentos citados impedirá la valoración del mérito. No obstante, no hay obligación de presentar dichos documentos, cuando obren en poder de esta Administración. En estos casos los aspirantes deberán indicar el órgano que efectuó el nombramiento u órgano contratante y fecha del acto de nombramiento o contrato de trabajo.

Tercero.- Recursos de reposición.

  1. De conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la Resolución de 4 de marzo de 2024 (BOC n.º 54, de 14.3.2024), se interpusieron recursos potestativos de reposición por las personas aspirantes Dña. Ana María Rodríguez Sánchez, D. Juan Jesús Melián Álvarez, D. Jorge Fariña Álvarez y Dña. Nuria Esther Criado Herrera, quienes ocupan los siguientes números de orden en la lista de empleo de referencia:

Ver anexo en la página 14536 del documento Descargar

  1. A la vista de los méritos alegados como experiencia en la Administración Pública y de la documentación aportadas por las personas aspirantes, conforme el artículo 3.3, letra a), de la Orden de 3 de marzo de 2011, y considerando los informes emitidos por la Subdirección de Selección y Provisión del Empleo Público, así como el informe propuesta del Servicio de Régimen Jurídico, Normativa e Incompatibilidades, en orden a estimar los recursos de reposición interpuestos por las citadas personas aspirantes, mediante Resoluciones de la Dirección General de la Función Pública se procedió a la estimación de los recursos de reposición interpuestos por Dña. Ana María Rodríguez Sánchez, D. Juan Jesús Melián Álvarez, D. Jorge Fariña Álvarez y Dña. Nuria Esther Criado Herrera contra la Resolución 4 de marzo de 2024, por la que se aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 54, de 14.3.2024), procediendo la corrección de la misma asignando a las personas recurrentes el puesto que les corresponde, una vez valorado el mérito de la experiencia en la Administración Pública alegado.

En virtud de lo expuesto, constando el informe propuesta de la Subdirección de Selección y Provisión del Empleo Público, y en el ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 76.1.l) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2024), esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Modificación de la lista de empleo.

Modificar la Resolución de esta Dirección General, de 4 de marzo de 2024, por la que se aprueba la lista de empleo de los aspirantes presentados y no seleccionados en las pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 54, de 14.3.2024), sustituyendo el anexo de la precitada Resolución por el que figura en la presente Resolución.

Segundo.- Publicidad.

La presente Resolución y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, conforme al artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2025.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 14538-14559 del documento Descargar