DECRETO 20/2025, de 21 de marzo, del Presidente, por el que se delega en el Viceconsejero de la Presidencia el ejercicio de la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio de los actos del propio Departamento.
2025-04-03 · BOC-2025/066/1316
La Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, dispone en su apartado 29.1.g) que corresponde a los titulares de los Departamentos incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio de los actos del propio Departamento.
Considerando lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En aras de un funcionamiento más ágil y eficaz, procede delegar en la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia el ejercicio de las competencias arriba indicadas.
Por lo expuesto,
DISPONGO:
Primero.- Delegar en la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia el ejercicio de la competencia para incoar y resolver los expedientes de revisión de oficio de los actos del propio Departamento.
Segundo.- Todos los actos que se dicten en ejercicio de las competencias delegadas por el presente Decreto, harán constar esta circunstancia y se considerarán dictados a todos los efectos por el titular del Departamento.
Tercero.- El presente Decreto producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; todo ello sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que podrán ser ejercidas en cualquier momento.
Canarias, a 21 de marzo de 2025.
EL PRESIDENTE, Fernando Clavijo Batlle.