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Disposición 2025/063/1264

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2025, por la que se declara el desistimiento de la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura del puesto vacante n.º 15 de la Relación de Puestos de Trabajo, Grupo Profesional Titulado Superior, Especialidad Asesor Gestión Cultural, convocado por Resolución de 7 de mayo de 2018.

2025-03-31 · BOC-2025/063/1264

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución del Rector de 7 de mayo de 2018, se convocó concurso-oposición restringido para la cobertura del puesto vacante n.º 15 de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), Grupo Profesional “Titulado Superior”, Especialidad “Asesor Gestión Cultural”, publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias n.º 92, de 14 de mayo de 2018, en ejecución de la Oferta de Empleo Público 2015 del PAS de la Universidad de La Laguna.

Segundo.- Mediante Resolución del Rector de 29 de junio de 2018, se procedió a la aprobación de la relación definitiva de admitidos al concurso-oposición restringido para la cobertura del mencionado puesto vacante, con indicación del lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Tercero.- Por Resolución del Rector de fecha 14 de septiembre de 2018, se procede al aplazamiento del primer ejercicio de la fase oposición por la imposibilidad material de poder realizarlo en la fecha prevista, por razones de interés público y criterios de operatividad administrativa.

Cuarto.- Durante el proceso, se modificó puntualmente la composición del Tribunal en dos ocasiones (13 y 23 de marzo de 2019) mediante Resoluciones del Rector, a fin de garantizar la idoneidad del mismo para el desarrollo del proceso.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Las bases reguladoras de la convocatoria, aprobadas por Resolución de 7 de mayo de 2018, por la que se convoca concurso-oposición restringido para la cobertura del puesto vacante n.º 15 de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), Grupo Profesional “Titulado Superior”, Especialidad “Asesor Gestión Cultural”, Nivel 1 (BOC n.º 92, de 14.5.2018), y en concreto su base segunda, apartado primero, establece que: “Este procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto en las mismas, le serán de aplicación:

  • El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

  • La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

  • Los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio).

  • El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • El II Convenio Colectivo para el Personal de Administración y Servicios Laboral de las Universidades Públicas Canarias, y demás normativa que resulte de aplicación”.

Segundo.- No estableciéndose en las referida bases el plazo de resolución del proceso selectivo, resulta de aplicación supletoria el artículo 71 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, que establece que “las convocatorias serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que pueda difundirse un extracto de las mismas en otros diarios oficiales y medios de comunicación. En ellas se harán constar, como mínimo los siguientes datos:

a) Número y características esenciales de las vacantes.

b) Requisitos exigidos para presentarse a las pruebas.

c) Sistema selectivo y formas de desarrollo de las pruebas y de su calificación.

d) Programas, si es que se trata de oposición o concurso-oposición.

e) Baremos de valoración, si es que se trata de concurso o concurso-oposición.

f) Composición del órgano de selección.

g) Duración máxima del proceso selectivo y plazos mínimo y máximo entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, no pudiendo exceder de quince meses el periodo que transcurra entre la publicación de la convocatoria y la fecha en que se realice la propuesta de aspirantes seleccionados.

Tercero.- De conformidad con el artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “en los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes”.

Este Rectorado, en uso de las facultades conferidas y de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Laguna aprobados por y con la legislación general vigente de la Función Pública,

RESUELVE:

Primero.- Declarar el desistimiento del concurso-oposición restringido para la cobertura del puesto vacante n.º 15 de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), Grupo Profesional “Titulado Superior”, Especialidad “Asesor Gestión Cultural”, convocado mediante Resolución del Rector de 7 de mayo de 2018, por el transcurso del plazo legalmente establecido.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien demanda ante el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

San Cristóbal de La Laguna, a 12 de marzo de 2025.- El Rector, Francisco Javier García Rodríguez.