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Disposición 2025/060/1192

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 13 de marzo de 2025, que dispone la publicación del Convenio Marco de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Silva (Asociación para la Defensa y Promoción del Sector Forestal de Canarias) para favorecer un sector forestal sostenible, apoyando la creación y fortalecimiento de las PYMES forestales innovadoras y eficientes para impulsar el desarrollo rural y favorecer paisajes más seguros y resilientes.

2025-03-26 · BOC-2025/060/1192

Primero.- Que Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) es una sociedad mercantil pública creada por el Gobierno de Canarias mediante Decreto 271/1991, de 18 de octubre, que forma parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en relación con el artículo 117 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Que los convenios suscritos por la sociedad mercantil pública Gesplan con la Administración General del Estado, con los entes, entidades u organismos que formen parte del sector público estatal, con otras comunidades autónomas, con órganos constitucionales o estatutarios, con entes públicos extranjeros u organismos internacionales, con los Cabildos Insulares, los ayuntamientos y demás entidades locales canarias, así como con cualquier otra institución o persona física o jurídica, tanto de naturaleza pública como privada, están sujetos a las prescripciones del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en su artículo 3.1.

Tercero.- Que el artículo 20 del citado Decreto dispone que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. En el mismo plazo también deberán publicar en el citado diario oficial los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

Cuarto.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de los Estatutos Sociales de Gesplan, la representación de la sociedad corresponde al Consejo de Administración.

Quinto.- Que el Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: nombramiento de Consejero Delegado, y se le delegan todas las facultades del Consejo de Administración, excepto las indelegables legal y estatutariamente.

Sexto.- Que en virtud de lo expuesto, ut supra,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio Marco de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Silva (Asociación para la Defensa y Promoción del Sector Forestal de Canarias) para favorecer un sector forestal sostenible, apoyando la creación y fortalecimiento de las PYMES forestales innovadoras y eficientes para impulsar el desarrollo rural y favorecer paisajes más seguros y resilientes, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de marzo de 2025.- El Consejero Delegado, Miguel Ángel Pérez Hernández.

ANEXO

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD MERCANTIL PÚBLICA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. Y LA ASOCIACIÓN SILVA (ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA Y PROMOCIÓN DEL SECTOR FORESTAL DE CANARIAS).

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, D. Roberto Gil León, Presidente de “Silva (Asociación para la Defensa y Promoción del Sector Forestal de Canarias)”, en adelante Silva, con CIF G72456296 y domicilio en Santa María de Guía, Gran Canaria, calle Lomo Las Zarzas, 17, e inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias, con el n.º G1/S1/26022-22/GC.

Y de otra, D. Miguel Ángel Pérez Hernández, en calidad de Consejero Delegado de la sociedad mercantil pública “Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A.”, en adelante Gesplan, con CIF A38279972, con domicilio a efectos de notificación en Las Palmas de Gran Canaria, calle León y Castillo, 54, código postal 35003, e inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, Hoja GC-13426, Tomo 1231, Folio 172.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente acuerdo y, a tal fin,

EXPONEN

I.- Que Silva es una Asociación para la Defensa y Promoción del Sector Forestal de Canarias. Es una entidad dotada de personalidad jurídica y capacidad de obrar, rigiéndose por la Ley Orgánica 1/2007, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.

II. Que son objetivo de la Asociación los siguientes fines, según se reflejan en los Estatutos de la Asociación:

a) Agrupar a personas físicas que desempeñen o hayan desempeñado trabajos en el sector forestal y/o medioambiental en Canarias, propietarias, empresas forestales y empresas relacionadas con el trabajo de la madera, aprovechamientos forestales, repoblaciones, titulares de monte, así como a personas físicas o jurídicas gestoras de la propiedad forestal.

b) Representar, defender y negociar los intereses y derechos de las personas asociadas ante las Administraciones Públicas nacionales e internacionales, medios de comunicación y opinión pública en general.

c) Promover la conservación del medio ambiente a través de la gestión forestal sostenible.

d) Sensibilizar y formar a estudiantes y profesionales, principalmente del mundo forestal, agrícola y ambiental sobre el uso sostenido de los recursos naturales, especialmente de bosques, plantaciones y sistemas agroforestales.

e) Fomentar procesos de participación activa con las personas del entorno a través de la promoción de actividades, principalmente las relacionadas con el entorno ambiental.

f) Facilitar la integración de las personas destinatarias de las actividades en el entorno más próximo, a través de la realización de proyectos vinculados a la gestión de recursos naturales tanto de ámbito regional como nacional e internacional.

g) Promover y crear recursos que ofrezcan información precisa a las personas sobre aspectos relevantes para su conocimiento.

h) Generar redes de información que posibiliten a las personas el conocer su realidad más próxima y desarrollar sus capacidades. De igual forma, esta entidad constituirá y participará de redes de colaboración con entidades tanto públicas como privadas a nivel regional, nacional y/o europeo.

i) Fomentar, apoyar, dar servicios y crear espacios de coordinación con otras asociaciones y fundaciones, así como con otras entidades y demás organismos tanto públicos como privados que desarrollen su actividad en el ámbito de la protección ambiental o donde esta pueda ser su elemento vehicular.

j) Promover la formación de personas y entidades, así como actividades educativas no formales.

k) Dar asistencia a proyectos promovidos por entidades públicas o privadas, así como promover proyectos y programas propios dirigidos a las y los destinatarias/os, así como actividades de investigación en el ámbito medioambiental en general y/o de gestión de los recursos forestales en particular.

l) Participar en la tramitación, ejecución, evaluación y seguimiento de proyectos y programas tanto a nivel regional como nacional y europeo, así como difundir programas y proyectos de todo tipo, así como las instituciones y recursos comunitarios. En ese sentido, la Asociación colaborará y promoverá el desarrollo de actividades internacionales en el ámbito de la Unión Europea o extraeuropeo.

m) Promover la capacidad de innovación y creatividad en las personas y organizaciones destinatarias de las actividades. En ese sentido, la Asociación estimulará la vocación empresarial y emprendedora entre las personas destinatarias de las actividades como entidad prestadora de servicios a las mismas con el objeto de promover el autoempleo como instrumento para evitar la exclusión social, donde la promoción de proyectos en alternancia para el empleo tendrán especial preponderancia. La Asociación será centro colaborador para la formación ante las instituciones públicas y privadas con las que desarrolle actividades orientadas a la capacitación.

n) Colaborar y promover el desarrollo de sus actividades para las personas mayores como entidad prestadora de servicios a las mismas, estimulando la participación y el aprendizaje durante toda la vida.

o) Colaborar y promover el desarrollo de actividades para las personas que sufren de diversidad funcional como entidad prestadora de servicios a las mismas. En este sentido, la entidad realizará actividades para luchar contra la pobreza y la exclusión social derivada de cualquier tipo de discapacidad.

p) Requerir de las instituciones públicas el cumplimiento de leyes, reglamentos o planes de actuación que incidan en la calidad de vida de la comunidad, en su formación y en la información que necesitan para acceder en igualdad de oportunidades a cuantas actividades y/o convocatorias se generen por estas.

q) Promover la conservación y la defensa naturales, así como divulgar la riqueza de nuestros ecosistemas utilizando la gestión forestal como instrumento transversal. Esta entidad se comprometerá con el Cambio Climático, la sostenibilidad ambiental y la economía y bioeconomía circulares como entidad comprometida con la ecología y el medio natural. La Asociación promoverá particularmente la valorización del recurso forestal canario.

r) Sensibilizar sobre la despoblación rural, dando servicios a la población de entornos aislados que permitan su acceso a oportunidades mediante nuevas tecnologías y el emprendimiento rural.

En ese sentido, la Asociación promoverá la rehabilitación de viviendas rurales, muros de piedra tradicionales, arreglos y recuperación de senderos y caminos reales y otras acciones similares.

s) Estimular la agricultura y ganadería ecológicas, las energías renovables y el I+D+i vinculado al crecimiento sostenible de las comunidades más desfavorecidas.

t) Divulgar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) promovidos por la Organización de las Naciones Unidas con el objeto de desarrollar las sociedades en igualdad de acceso a oportunidades y recursos.

u) Colaborar y promover el desarrollo de actividades deportivas donde la salud y la promoción de actitudes saludables se combinen con un modo de vida activo.

v) Fomentar y promover la Igualdad de Trato y Oportunidades entre mujeres y hombres, la promoción de las mujeres, la prevención o la intervención respecto de las discriminaciones por razón de orientación sexual o identidades de género.

w) Reconocer la condición como entidad de voluntariado con personalidad jurídica propia que, careciendo de ánimo de lucro, desarrolla actividades en áreas de interés social de forma ordinaria y permanente, fundamentalmente a través de personas voluntarias.

x) Colaborar y promover el desarrollo de actividades para las y los jóvenes como entidad prestadora de servicios a los mismos. La entidad prestará servicios a los jóvenes en el ámbito de actuación que les es propio mediante la organización de actividades orientadas a los mismos. La asociación dispone de una sección juvenil.

y) Cuantos fines lícitos determine la Asamblea General.

Para el cumplimiento de dichos fines, la asociación realiza, a título enunciativo, las siguientes actividades:

• Realización de estudios, desarrollos y trabajos tanto divulgativos como de investigación en el ámbito de actuación de la entidad.

• Organización de eventos propios así como la participación en eventos desarrollados por otras entidades.

• Formación a expertos, técnicos y profesionales que desarrollen su labor en el sector público o privado así como a personas relevantes en los sectores del ámbito de actuación de la entidad.

• Ejecución de actividades formativas, informativas y de difusión en el ámbito de actuación de la entidad.

• Cualesquier otras actividades que hagan cumplir los fines asociativos.

III.- Que la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante Decreto 271/1991, autorizó la constitución de una Sociedad Anónima que fue adscrita a la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, Gesplan, y aprobó en su día los estatutos de dicha sociedad mercantil pública. Según el artículo 2 de sus Estatutos, constituye el Objeto social de Gesplan la realización de las siguientes actividades, a fin de coadyuvar por razón de sus atribuciones al cumplimento de sus objetivos:

• Estudios urbanísticos y de planeamiento, incluyendo en ellos la redacción, gestión de planes de ordenación, proyectos de urbanización, de instrumentos de gestión urbanística y de edificación y la iniciativa para su tramitación y aprobación.

• Actividad urbanizadora, que puede alcanzar tanto la promoción y preparación del suelo, la gestión de obras de urbanización, edificación, demolición, así como la iniciativa y actuaciones para su tramitación y aprobación, y la redacción de proyectos, direcciones de obra y la gestión y explotación de las obras resultantes.

• Valoraciones inmobiliarias.

• La constitución de inventarios de bienes a entidades públicas y privadas.

• La constitución de un banco de datos sobre planeamiento y gestión territorial, urbanística y medioambiental, así como de bienes inmuebles aptos para el planeamiento.

• Estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, protección civil, tareas complementarias de salvamento y rescate terrestre o marítimo y actuaciones de carácter forestal, así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras.

• Realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

• La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica y formativa, en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como por el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

• La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en materia de patrimonio histórico. La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en material de nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, en su relación con la ordenación del territorio, el urbanismo y el medio ambiente.

• Realización de cursos, seminarios, jornadas formativas y cualquier actividad de difusión de los materiales relacionados directa o indirecta con la actividad de la propia empresa.

IV.- Que mediante Decreto 188/2001, de 15 de octubre, se reconoce a Gesplan la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, quedando adscrita a la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial. Por otro lado, en aplicación del artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se integra en el sector público institucional, dado que es una entidad de derecho privado vinculada y dependiente de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sujeta a lo dispuesto en dicha Ley en lo referido a dichas entidades, y , en particular, a los principios previstos en el artículo 3.

V.- Que como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Gobierno acordó la modificación del artículo 1 de los estatutos de Gesplan, con el objeto de adaptarlo a lo establecido en el artículo 32 de la citada Ley. Gesplan, para dar cumplimiento al citado Acuerdo de Gobierno, celebró una Junta General para modificar dicho artículo.

Posteriormente se han llevado a cabo diversas modificaciones del referido artículo 1 de los Estatutos de la empresa, con el fin de incorporar las distintas entidades respecto de las cuales Gesplan ostenta la condición de medio propio personificado.

VI.- Que conforme al artículo 47.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, los Convenios Marco que suscriban las Administraciones Públicas, los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes y las Universidades públicas, podrán corresponder al tipo de convenios marco firmados entre una Administración Pública u organismo o entidad de derecho público y un sujeto de derecho privado.

VII.- Que en aplicación de los artículos 4 y 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, quedan excluidos del ámbito de dicha Ley los convenios cuyo contenido no esté comprendido en el de los contratos regulados en este ley o en normas administrativas especiales celebrados entre sí por las Entidades Locales y las entidades con personalidad jurídico privada, siempre que, en este último caso, tengan la condición de poder adjudicador, y que Gesplan cumple las condiciones que establece indicado artículo 6 para la exclusión de la colaboración que se plantea del ámbito de dicha norma.

No obstante, tal como establece el artículo 7.ñ) (Naturaleza administrativa y régimen jurídico del Convenio) del Decreto 11/2019, de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se establece que a los efectos de resolver las dudas y lagunas que pudieran surgir en relación con la interpretación y aplicación del Convenio se aplicarán los principios previstos en la legislación estatal en materia de contratos del sector público.

VIII.- Que a lo largo de los años, Gesplan ha venido arraigándose de manera sostenida como ente instrumental para llevar a cabo políticas públicas, principalmente medioambientales y de planeamiento, tanto para el Gobierno de Canarias y las distintas Consejerías que lo integran, como también para las corporaciones insulares y locales de Canarias respecto de las cuales ostenta la condición de medio propio personificado, así como para otras entidades con las que colabora. En este sentido, Gesplan también ha incorporado en su línea estratégica la realización de acciones para el fortalecimiento del tejido empresarial de las islas, haciendo una labor de acompañamiento en licitaciones en el exterior, suscribiendo para ello convenios y protocolos con distintos colectivos empresariales y profesionales.

Concretamente, en su condición de medio propio personificado de las administraciones canarias, tiene una amplia trayectoria en la gestión y ejecución de proyectos forestales, siendo constantemente destinataria de encargos en esta materia que pueden verse como una oportunidad de contribuir al logro de una sector forestal privado más potente que pueda afrontar con garantías desafíos como la valorización de la biomasa, que con las sinergias adecuadas puede cumplir la doble función de generar un producto de alto valor económico y aprovechar el combustible forestal de una manera sostenible, ya que la falta de cadenas de valor eficientes para valorizar la biomasa forestal incrementa los costes del proceso y limita su aprovechamiento como recurso.

IX.- Por todo lo expuesto, los firmantes, en la representación que ostentan, manifiestan su voluntad de formalizar el presente Convenio-Marco de Cooperación de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del Convenio-Marco.

El presente Convenio-Marco tiene por objeto general establecer las condiciones de colaboración y alianza estratégica entre Gesplan y Silva para favorecer un sector forestal sostenible, apoyando la creación y fortalecimiento de pymes forestales innovadoras y eficientes para impulsar el desarrollo rural y favorecer paisajes más seguros y resilientes.

Para ello, ambas partes impulsarán la consecución de los siguientes objetivos, en la medida de sus competencias y posibilidades, y siempre teniendo como premisa el cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público, de los encargos recibidos por Gesplan y del resto de la normativa que sea de aplicación:

  • Maximización del porcentaje de subcontratación.

  • Creación y actualización de un inventario de proveedores de servicios forestales y los medios de que disponen.

  • Celebración de mesas de seguimiento para acciones de análisis participativo y resolución de posibles dudas sobre planificación de procedimientos de contratación.

  • Realización de acciones dirigidas a la formación e información a las pymes forestales locales, con la posibilidad de celebrar talleres específicos y materiales didácticos.

  • Mantenimiento del criterio legal de división en lotes de los procedimientos, siempre que técnicamente sea posible y con ello no se desvirtúe el objeto de la contratación.

  • Formalizar subcontrataciones en todos aquellos encargos relacionados con las actividades forestales que ofrece Silva.

  • Favorecimiento de contratos que tengan un componente de innovación, siempre respetando la normativa vigente y el contenido de los encargos en los que tienen su origen.

  • Impulso de las acciones que favorezcan la creación de una cadena de valor de productos forestales procedentes de los tratamientos selvícolas, especialmente orientados a potenciar el uso de la biomasa como recurso energético.

Segunda.- Obligaciones de Gesplan.

Gesplan se compromete a asumir las siguientes obligaciones con carácter general, sin perjuicio de que se recojan otras obligaciones diferentes en los convenios específicos que se suscriban, atendiendo a la actuación concreta y a la modalidad de colaboración que se adopte:

• Colaborar activamente con las Administraciones públicas, para conseguir la implementación de estrategias de fortalecimiento del sector forestal privado, de tal forma que las empresas puedan asumir las actividades profesionales para las que han sido creadas.

• Gestionar licitaciones con criterios claros de eficiencia, sostenibilidad y calidad.

• Favorecer el equilibrio entre la colaboración público-privada sin comprometer el papel de Gesplan como medio propio de las Administraciones Públicas.

• Establecer sistemas de seguimiento y evaluación anuales para medir el impacto del Convenio y proponer mejoras.

Las anteriores obligaciones se ejecutarán siempre que con ello no se limite o desnaturalice el papel de Gesplan como empresa pública en el marco del sector forestal. Por ello, Gesplan informará a las Administraciones Públicas sobre la alineación de los objetivos del presente Convenio Marco con el cumplimiento de los encargos que esté ejecutando, cuyo contenido habrá de ser respetado prioritariamente en las condiciones que figuran en los mismos.

Tercera.- Obligaciones de la Asociación Silva.

La Asociación Silva se compromete a realizar todas las acciones necesarias para facilitar el cumplimiento del objeto del presente Convenio-Marco, concretamente:

• Mantener una base de datos accesible y actualizada a disposición de Gesplan con los medios y la disponibilidad (incluyendo su temporalidad) en las empresas para la ejecución de los trabajos relacionados con los encargos en ejecución o en previsión por Gesplan.

• Participar en las mesas de seguimiento.

• Difundir entre todos los miembros del Sector Forestal, no limitado exclusivamente a los miembros de Silva y con criterios de máxima transparencia, los conocimientos adquiridos a través de la formación impartida por Gesplan y la información recibida en las mesas de seguimiento.

Cuarta.- Mesa de seguimiento.

Ambas partes acuerdan constituir una Mesa de seguimiento durante la vigencia del presente Convenio-Marco, que se reunirá de manera ordinaria al menos una vez cada 6 meses o cada vez que ambas partes así lo decidan, y que tendrá por objeto:

  • Hacer seguimiento del presente Convenio-Marco.

  • Acordar la eventual firma de convenios específicos en ejecución del mismo

  • Intercambiar información sobre previsión de encargos a recibir y licitaciones a tramitar por Gesplan en ejecución de los mismos. Dicha previsión no supondrá en ningún caso la adquisición de obligación alguna por parte de Gesplan en relación con las pymes forestales. Dicha previsión deberá conformar las bases de futuras subcontrataciones, que en todo caso se organizarán cuando el encargo esté formalizado y el proyecto correspondiente planificado.

  • Aclaración de dudas o cuestiones relacionadas con los procedimientos de contratación.

  • Actualización de la información de la base de datos de empresas forestales disponibles y medios materiales de las mismas.

En representación de Gesplan, su Consejero Delegado o, en su defecto, la persona en quien delegue expresamente.

En representación de la asociación Silva, D. Roberto Gil León o, en su defecto, la persona en quien delegue expresamente.

Quinta.- Duración y finalización del Convenio-Marco.

El presente Acuerdo estará vigente durante tres (3) años desde la fecha de firma, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento, siendo necesario para ello la firma por ambas partes del correspondiente documento. En todo caso, el plazo máximo de la duración del Convenio y de sus prórrogas será de ocho (8) años.

Asimismo, podrá finalizarse anticipadamente si alguna de las partes incumple con sus compromisos, debiendo notificar la otra parte su voluntad de rescisión de manera fehaciente en cuanto tenga conocimiento del incumplimiento o de la voluntad de incumplir de la otra parte.

Sexta.- Financiación.

Ambas partes acuerdan que dada la naturaleza del presente Convenio-Marco, en el momento de su firma no se establecen derechos ni obligaciones de contenido económico entre las mismas, sin perjuicio de que en la medida en que los compromisos adquiridos en el presente documento puedan requerir para su efectividad y concreción el gasto o ingreso financiero que le genere a cualquiera de las partes el cumplimiento de las obligaciones asumidas.

Séptima.- Difusión.

Ambas partes ponen a disposición de este acuerdo sus respectivos equipos de comunicación con el objeto de que esta se realice de manera coordinada, debiendo pactar las acciones y el reparto de tareas de manera conjunta y de buena fe.

Octava.- Confidencialidad y protección de datos.

Las partes garantizarán la seguridad y confidencialidad de los datos facilitados en el desarrollo del presente Convenio Marco de Cooperación, se comprometen al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos y adoptar todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para asegurar su integridad y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o uso no autorizado.

El tratamiento de los datos se limitará a la finalidad suscrita en el presente documento, sin posibilidad de que se utilicen con objeto distinto para el que fueron recabados. La información obtenida no será utilizada con propósitos comerciales ni cedida a terceros, salvo obligación legal.

Las partes se someterán al cumplimiento de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, en particular, a lo dispuesto en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al Reglamento General Europeo 679/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Novena.- Jurisdicción.

El presente Acuerdo se somete a la ley española, renunciando expresamente a su propio fuero si lo tuvieren, sometiéndose las partes también, expresamente, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife para la resolución de cualquier cuestión, discrepancia o disputa que pudiera surgir en cuanto a la interpretación, aplicación, cumplimiento o ejecución de este Acuerdo.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman el presente Convenio en la fecha y lugar arriba indicados.- Por Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan), Miguel Ángel Pérez Hernández.- Por la Asociación Silva, Roberto Gil León.

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 13 de marzo de 2025, que dispone la publicación del Convenio Marco de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Silva (Asociación para la Defensa y Promoción del Sector Forestal de Canarias) para favorecer un sector forestal sostenible, apoyando la creación y fortalecimiento de las PYMES forestales innovadoras y eficientes para impulsar el desarrollo rural y favorecer paisajes más seguros y resilientes. — BOC Canarias Web