ANUNCIO de 3 de marzo de 2025, por el que se somete a información pública y trámite de audiencia el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, con categoría de juegos y deportes autóctonos, a favor del Juego Tradicional del Palo Estilo Quintero en El Hierro.
2025-03-14 · BOC-2025/052/1031
Por la Presidencia del Cabildo de El Hierro, con fecha 26 de febrero de 2025, se dictó Resolución n.º 2025-0530, del siguiente tenor literal:
“Con fecha 2 de agosto de 2024, el Consejo de Gobierno del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro acuerda la incoación del expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial, en la categoría de “juegos y deportes autóctonos”, conforme al artículo 25.k) de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, a favor del “Juego Tradicional del Palo Estilo Quintero en El Hierro”.
De conformidad con lo expuesto en el artículo 30.1 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, el procedimiento de declaración incluirá la audiencia a los interesados y se someterá a información pública.
El artículo 10 del Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, dispone que “en todo caso, se abrirá simultáneamente al trámite de audiencia, un periodo de información pública por un plazo de veinte (20) días, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias”.
Atendiendo a este precepto en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El artículo 82.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que antes de redactar la propuesta de resolución de un procedimiento administrativo, este se pondrá en conocimiento de los interesados para que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, puedan hacer alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
Dada la imposibilidad de notificar personalmente a los interesados la apertura del trámite de audiencia previo a la resolución del procedimiento administrativo, por tener como destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1, letra a), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el citado expediente.
Visto el informe emitido por el Instructor del expediente BIC de fecha 24 de febrero de 2025.
Visto el informe-propuesta formulado por el Consejero de Educación, Juventud, Cultura, Patrimonio y Deportes, suscrito por el Técnico, de fecha 25 de febrero de 2025.
En virtud de las facultades conferidas por el artículo 57 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, y en base a los antecedentes y consideraciones expuestos, por medio del presente,
RESUELVO:
Primero.- Abrir un periodo de información pública y audiencia, durante un plazo de veinte (20) días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con el objeto de que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente de la declaración del Bien de Interés Cultural con categoría de juegos y deportes autóctonos.
Segundo.- Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
Quienes deseen formular alegaciones tendrán que realizarlas en la sede electrónica del Cabildo Insular de El Hierro, a través del procedimiento de “Consulta Pública previa para la declaración del Bien de Interés Cultural Inmaterial, con categoría de juegos y deportes autóctonos, Juego Tradicional del Palo Estilo Quintero en El Hierro”, así como en las oficinas del Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC), sitas en calle Doctor Quintero, n.º 11, pudiendo solicitar cita o información previa en el teléfono 922550078.
No se admitirán alegaciones fuera de plazo, ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
Valverde, a 3 de marzo de 2025.- El Presidente, Alpidio Valentín Armas González.