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Disposición 2025/048/948

ORDEN de 24 de febrero de 2025, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025, para la anualidad 2025.

2025-03-10 · BOC-2025/048/948

Vista la propuesta elevada por la Directora relativa a la modificación parcial y actualización de la anualidad 2025 del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden n.º 515/2023, de 27 de abril de 2023, de la entonces Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025 (BOC n.º 91, de 11.5.2023) (en adelante PES-ICI).

Segundo.- Desde su aprobación, el PES-ICI ha resultado actualizado y, en su caso, modificado puntualmente por las siguientes Órdenes departamentales:

  • Orden n.º 1161/2023, de 27 de septiembre de 2023, de la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud por la que se corrige error material y se modifica puntualmente el PES-ICI 2023-2025 (BOC n.º 200, de 10.10.2023).

  • Orden n.º 1513/2023, de 28 de diciembre de 2023, de la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, por la que se modifica puntualmente y se actualiza el PES-ICI 2023-2025 (BOC n. º12, de 17.1.2024).

  • Orden n.º 789/2024, de 14 de agosto de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se actualiza el PES-ICI 2023-2025, para el ejercicio 2024 (BOC n.º 188, de 24.9.2024).

  • Orden n.º 1035/2024, de 28 de octubre de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se aprueba la segunda actualización del PES-ICI 2023-2025, para el ejercicio 2024 (BOC n.º 225, de 12.11.2024).

  • Orden n.º 1233/2024, de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica puntualmente la anualidad 2024 del PES-ICI 2023-2025, para introducir una línea de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias (BOC n.º 256, de 23.12.2024).

Tercero.- La anualidad 2025 vigente del PES-ICI está integrada por las siguientes líneas de subvenciones:

  • Subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias.

  • Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

  • Fomento de la formación e investigación universitaria con perspectiva de género.

  • Ayuda de pago único para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo, establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

  • Subvenciones para proyectos destinados a garantizar el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores y de apoyo a las víctimas de agresiones y/o abusos sexuales.

  • Subvenciones destinadas a apoyar actuaciones que faciliten la ejecución de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Cuarto.- Según consta en la propuesta elevada por la Directora del Instituto Canario de Igualdad, la modificación puntual del PES-ICI consiste en:

1.º) La eliminación del documento programático de las siguientes líneas de subvenciones:

  • Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por Orden n.º 1047/2024, de 28 de octubre de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias (BOC n.º 225, de 12.11.2024), se aprobaron las bases reguladoras de carácter indefinido que han de regir la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Según se establece en la base reguladora segunda de las aprobadas, entre las líneas de subvenciones previstas se incluye la Línea 11 Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género, y la financiación de las subvenciones se imputará al correspondiente presupuesto de gastos de la “...Consejería competente en materia de políticas sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias”, conforme se dispone en la base reguladora séptima; razón por la que no se ha habilitado crédito alguno en el presupuesto del gastos del organismo autónomo destinado a la financiación de esta línea de subvenciones.

  • Ayuda de pago único para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo, establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.4.i) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos en que resultó modificado por lo dispuesto en la disposición final octava de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, estas ayudas económicas han dejado de tener carácter de subvenciones, razón por la que procede su exclusión del PES-ICI.

2.º) La creación de una línea de subvenciones, de concesión directa, destinadas a promover la participación social de mujeres pertenecientes a colectivos especialmente invisibilizados, por razones de discapacidad y de ruralidad, a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.4801.232B.480.02.00 LA 484G0182 Promoción de la participación social, por un importe de 10.000,00 euros.

Quinto.- Por otra parte, procede actualizar la anualidad 2025 del PES-ICI para ajustar el coste previsto de ejecución de las líneas de subvenciones que se relacionan al presupuesto de gastos del ICI, en los términos en que resultó aprobado por la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, e introducción en el documento programático de la línea de subvención nominada prevista en la citada Ley presupuestaria:

  • Subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias; 2025.4801.232B.480.02.00 LA 48400004 Fomento del asociacionismo, 130.000,00 euros / 2025.4801.232B.480.02.00 LA 484G0182 Promoción de la participación social, 100.000,00 euros.

  • Fomento de la formación e investigación universitaria con perspectiva de género; 2025.4801.232B.446.02.00/482.02.00 LA 23483002 Investigación y promoción de la mujer por las universidades, 30.000,00 euros.

  • Subvenciones para proyectos destinados a garantizar el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores y de apoyo a las víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; 2025.4801.232B.480.02.00 Fondo 4048010 L.A. 48400005 Asistencia Social Integral de las Víctimas de Violencia de Género, 186.000,00 euros.

  • Introducción de una línea de subvención nominada en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, denominada Asociación de Mujeres Gara, a tramitar por el procedimiento de concesión directa, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.a) de la citada Ley General de Subvenciones, a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.4801.232B.480.02.00 L.A. 484G2295 Asociación Mujeres Gara, dotada con 20.000,00 euros.

Sexto.- El 21 de febrero de 2025 (n.º reg. entrada ICI-350), la Dirección General de Planificación y Presupuesto emitió informe favorable sobre el borrador de Orden departamental por la que se modifica parcialmente y actualiza la anualidad 2025 del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Resulta competente para dictar esta Orden la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, departamento al que está adscrito el ICI, en su condición de organismo autónomo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Decreto 36/2009), que le atribuye la competencia en materia de aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.

Tercero.- La presente modificación puntual del Plan Estratégico de Subvenciones del ICI 2023-2025, que afecta a la anualidad 2025, se efectúa al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.1 del citado Decreto 36/2009, en el que se establece que, “Anualmente se realizará la actualización de los planes de acuerdo con la información relevante disponible”.

Por cuanto antecede, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta de la Directora del Instituto Canario de Igualdad,

RESUELVO:

Primero.- Actualizar el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025, aprobado por la Orden n.º 515/2023, de 27 de abril de 2023, de la entonces Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC n.º 91, de 11.5.2023), actualizado y, en su caso, modificado por las Órdenes departamentales n.º 1161/2023, de 27 de septiembre de 2023 (BOC n.º 200, de 10.10.2023), n.º 1513/2023, de 28 de diciembre de 2023 (BOC n.º 12, de 17.1.2024), n.º 789/2024, de 14 de agosto de 2024 (BOC n.º 188, de 24.9.2024), n.º 1035/2024, de 28 de octubre de 2024 (BOC n.º 225, de 12.11.2024), y n.º 1233/2024, de 10 de diciembre de 2024 (BOC n.º 256, de 23.12.2024), para el ejercicio 2025, en los siguientes términos:

1.º) Eliminación de las siguientes líneas de subvenciones por los motivos expuestos en los antecedentes de esta Resolución:

a) Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Ayuda de pago único para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo, establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

2.º) Creación de una línea de subvenciones, de concesión directa, destinadas a promover la participación social de mujeres pertenecientes a colectivos especialmente invisibilizados, por razones de discapacidad y de ruralidad.

3.º) Actualización del coste de ejecución de las siguientes líneas de subvenciones, ajustándolo a los créditos disponibles en el presupuesto de gastos del ICI, en los términos en que resultó aprobado por la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, incluyendo en el documento programático la línea de subvención nominada prevista en la citada Ley presupuestaria:

a) Subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias; 2025.4801.232B.480.02.00 LA 48400004 Fomento del asociacionismo, 130.000,00 euros / 2025.4801.232B.480.02.00 LA 484G0182 Promoción de la participación social, 100.000,00 euros.

b) Fomento de la formación e investigación universitaria con perspectiva de género; 2025.4801.232B.446.02.00/482.02.00 LA 23483002 Investigación y promoción de la mujer por las universidades, 30.000,00 euros.

c) Subvenciones para proyectos destinados a garantizar el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores y de apoyo a las víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; 2025.4801.232B.480.02.00 Fondo 4048010 L.A. 48400005 Asistencia Social Integral de las Víctimas de Violencia de Género, 186.000,00 euros.

d) Línea de subvención nominada denominada Asociación de Mujeres Gara, a tramitar por el procedimiento de concesión directa, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.a) de la citada Ley General de Subvenciones, a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.4801.232B.480.02.00 L.A. 484G2295 Asociación Mujeres Gara, dotada con 20.000,00 euros.

Segundo.- Mantener el resto de las previsiones contenidas en el vigente Plan Estratégico de Subvenciones del ICI, en lo que no resulte modificado por esta Orden departamental, refundiendo en un solo texto anexo las líneas de subvenciones incluidas en la anualidad 2025 del citado documento.

Tercero.- Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de febrero de 2025.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS, María Candelaria Delgado Toledo.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES ICI 2023-2025 ANUALIDAD 2025

Ver anexo en las páginas 10774-10779 del documento Descargar