ORDEN de 31 de enero de 2025, por la que se revoca la delegación de competencias efectuada en la Viceconsejería de Sector Primario, de las facultades inherentes como órgano de contratación por importe superior a 700.001 euros y hasta el límite de 2.000.000 de euros, mediante la Orden de 18 de agosto de 2022.
2025-02-13 · BOC-2025/031/589
Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias, de fecha 18 de agosto de 2022, fueron delegadas en la Viceconsejería de Sector Primario las facultades inherentes como órgano de contratación por importe superior a 700.001 euros y hasta el límite de 2.000.000 euros.
Por razones del tiempo transcurrido desde que se llevó a cabo dicha delegación, así como de eficacia en la gestión administrativa tras la experiencia acumulada, y por la desconcentración llevada a cabo recientemente en el nuevo Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, aprobado por Decreto 212/2024, de 16 de diciembre, en cuyo artículo 7.2 se eleva a 1.000.000 de euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación a la referida Viceconsejería, se estima conveniente la revocación de aquella.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 9.6 dispone que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. A su vez la misma norma establece en el artículo 9.3 que tanto las delegaciones de competencias como su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de este.
En atención a lo anterior, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas,
RESUELVO:
Único.- Revocar la delegación de competencias efectuada en favor de la Viceconsejería de Sector Primario, de las facultades inherentes como órgano de contratación por importe superior a los 700.001 euros y hasta el límite de los 2.000.000 euros, llevada a cabo mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias, de fecha 18 de agosto de 2022.
Esta Orden departamental debe publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, y surtirá efectos desde ese mismo momento.
Canarias, a 31 de enero de 2025.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.