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Disposición 2025/258/4456

Secretaría General.- Resolución de 23 de diciembre de 2025, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia.

2025-12-31 · BOC-2025/258/4456

Adoptado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2025, el Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con el apartado tercero del mismo,

RESUELVO:

Disponer la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia que figura como anexo.

Canarias, a 23 de diciembre de 2025.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.

ANEXO

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

50.- PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD).

Visto el expediente administrativo relativo al procedimiento para la elaboración y posterior aprobación del Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias remitido por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, y conforme a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. En Acuerdo de Gobierno de 27 de noviembre de 2023, el Gobierno de Canarias establecía la elaboración y aprobación de un Plan de Igualdad en cada uno de los cuatro ámbitos funcionales que caracterizan la organización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: Administración General, Educación, Sanidad y Justicia, estableciendo, para el caso de la Administración de Justicia, como órgano responsable de su impulso a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. La Comunidad Autónoma de Canarias inicia el proceso de elaboración del Plan de Igualdad de su Administración de Justicia con el objetivo de promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo público, dando cumplimiento al mandato recogido en la legislación vigente.

II. En fecha de 19 de marzo de 2024, con los representantes de la Administración, así como los representantes sindicales del personal de la Administración de Justicia, se constituye el Comité de Igualdad de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias. Con la finalidad de contar con una Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia en Canarias, se establece la necesidad de realizar un diagnóstico inicial para conocer la situación de partida conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

III. En noviembre de 2024, finalizan los trabajos para la realización del diagnóstico de la situación actual y son presentados al Comité de Igualdad del Personal de la Administración de Justicia y se emplaza a la Administración, una vez revisados los resultados, a impulsar la elaboración de un Plan de Igualdad que diese respuesta a las necesidades detectadas en el proceso de Diagnóstico.

IV. En junio de 2025, se procede a elaborar el borrador del Plan de Igualdad de la Administración de Justicia, con la participación activa de los miembros del Comité de Igualdad.

V. El 6 de noviembre de 2025, reunido el Comité de Igualdad, se aprueba por unanimidad el texto definitivo y se emplaza a la administración a que, previos los trámites oportunos, proceda a su aprobación y posterior publicación.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I. La Constitución española establece en los artículos 9.2 y 14 la garantía de la igualdad ante la ley y la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva.

II. La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (en adelante, LOIEMH) y, con ella, la implementación de la transversalidad de género o mainstreaming como estrategia para lograr la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y eliminar toda discriminación por razón de sexo, consolida un marco legislativo que recoge la necesidad de una intervención institucional activa en la promoción del principio de igualdad, principio que debe aplicarse de forma transversal en todos los niveles y ámbitos de actuación (artículos 4 y 15).

III. La Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, refuerza esta obligación, recogiendo en sus artículos 4 y 5 la necesidad de integrar la perspectiva de género en todas las políticas públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En lo que respecta a la Función Pública, la Ley Canaria de Igualdad establece disposiciones específicas sobre el acceso y la formación del personal público (artículo 34), así como la obligación de adoptar medidas de protección eficaz frente al acoso sexual y por razón de sexo (artículo 36). Además, el Título I de la misma Ley establece obligaciones claras para el Gobierno de Canarias como garantizar el uso no sexista del lenguaje y promover la igualdad de género a través de la contratación pública, las ayudas y las subvenciones (artículos 10,13 y 14).

En línea con lo anterior, la Ley Canaria de Igualdad establece la obligación de la Administración autonómica de elaborar periódicamente planes de igualdad que determinen los objetivos y medidas a seguir para garantizar la igualdad de trato, de oportunidades y de resultados en el empleo público (artículo 35).

IV. El Acuerdo del Gobierno de Canarias de 27 de noviembre de 2023 refuerza el compromiso autonómico al considerar el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro como marco orientador para la elaboración de los planes de igualdad de la Administración canaria. Este Real Decreto establece el contenido mínimo obligatorio que debe aparecer en el diagnóstico que precede a los planes de igualdad de las empresas y que, habiendo sido definido por el Acuerdo de Canarias como la base y criterio para delimitar qué cuestiones se abordarán en los Planes de Igualdad.

V. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia es competente para la gestión del personal funcionario y laboral al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia, en aplicación del artículo 103, letra a), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, aprobado por Decreto 108/2024, de 31 de julio.

Visto informe de la Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno del día 16 de diciembre de 2025.

El Gobierno, tras deliberar, y a propuesta de la Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad,

ACUERDA:

Primero.- Aprobación del Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Aprobar el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos del anexo, aprobado por unanimidad en el seno del Comité de Igualdad de Personal de la Administración de Justicia en Canarias.

Segundo.- Eficacia.

El presente Acuerdo surte efectos a partir del día 1 de enero de 2026.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 55489-55528 del documento Descargar