ORDEN conjunta de 23 de diciembre de 2025, por la que se modifica la Orden conjunta de 15 de marzo de 2022, que aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional del Servicio Canario de Empleo, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha entidad, aprobado el 9 de diciembre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».
2025-12-30 · BOC-2025/257/4444
El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).
El citado Decreto ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160/2021, de 4 de agosto), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el día 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros, de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.
REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).
Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAP).
El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160/2021, de 4 de agosto), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.
De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha de 18 de febrero de 2022 (la primera de las Direcciones Generales citadas) y 27 de febrero y 21 de marzo de 2022, por la Dirección General de la Función Pública.
En sesión celebrada el 9 de diciembre de 2021, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el instrumento de planificación estratégico (IPE) del Servicio Canario de Empleo.
El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021, de 2 de agosto, prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, en este caso, de la persona titular de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en las que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley) los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.
Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 2 de febrero de 2022, la persona titular de la Dirección del Servicio Canario de Empleo formula iniciativa en orden a la constitución de una Unidad Administrativa de carácter Provisional prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicha entidad, así como a la dotación de la misma, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural previstos en el IPE aprobado el 9 de diciembre de 2021, así como a la adscripción a las mismas de los puestos estructurales que con arreglo al citado Instrumento han de desarrollar la actividad que les es propia en dicha UAP, lo que previo los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 15 de marzo de 2022 (publicada en el BOC n.º 57, de 22.3.2022).
Con fecha 12 de diciembre de 2025, y de conformidad con las previsiones del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, la persona titular de la Secretaría General del Servicio Canario de Empleo remite iniciativa para la modificación de la Orden conjunta de 15 de marzo de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional del Servicio Canario de Empleo, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Entidad, aprobado el 9 de diciembre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», por una (1) anualidad adicional, hasta el 31 de diciembre de 2026, que es informada por las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en fechas 17 de diciembre de 2025, por parte de la primera de ellas, y 16 de diciembre de 2025, por parte de la Dirección General de la Función Pública.
En su virtud, vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 17 de diciembre de 2025, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160/2021, de 4 de agosto), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea,
RESUELVEN:
Primero.- Modificar el resuelvo segundo de la Orden conjunta de 15 de marzo de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional del Servicio Canario de Empleo, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Entidad, aprobado el 9 de diciembre de 2021, por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», consistente en la ampliación del plazo de vigencia de la Unidad Administrativa Provisional de Gestión de Fondos Europeos del SCE adscrita a la Secretaría General del Servicio Canario de Empleo, por una (1) anualidad adicional, hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los proyectos gestionados.
Segundo.- Modificar el Anexo II de la Orden conjunta de 15 de marzo de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional del Servicio Canario de Empleo, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Entidad, aprobado el 9 de diciembre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», de forma que, a partir de la publicación de la presente Orden, el Servicio Presupuestario con cargo a los que se imputarán los costes de personal de los puestos números 12924210 y 12924310, se vinculan al Servicio 70 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), quedando en los términos que se refleja en el Anexo I de esta Orden.
Tercero.- La estructura organizativa consolidada de la Unidad Administrativa de carácter Provisional constituida en la Secretaría General del Servicio Canario de Empleo es la que se refleja en el Anexo II de esta Orden.
Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias que producirá efectos desde el día siguiente de su publicación.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Canarias, a 23 de diciembre de 2025.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Nieves Lady Barreto Hernández.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA, Matilde Pastora Asián González.
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ANEXO I
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ANEXO II
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