Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad.- Resolución de 15 de diciembre de 2025, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de modificación de la encomienda de gestión de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A., publicada en virtud de Resolución de 16 de noviembre de 2022, para la realización del servicio denominado “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”.
2025-12-29 · BOC-2025/256/4424
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el que se regulan las encomiendas de gestión, “La formalización de las encomiendas de gestión se ajustará a las siguientes reglas: a) Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos administrativos o Entidades de Derecho Público pertenecientes a la misma Administración deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso de los órganos o Entidades de Derecho Público intervinientes. En todo caso, el instrumento de formalización de la encomienda de gestión y su resolución deberá ser publicada, para su eficacia, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante. Cada Administración podrá regular los requisitos necesarios para la validez de tales acuerdos que incluirán, al menos, expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada”.
En cumplimiento de lo anterior,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de modificación de la encomienda de gestión de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), publicada en virtud de Resolución de 16 de noviembre de 2022, para la realización del servicio denominado “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2025.- El Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad, Miguel Ángel Morcuende Hurtado.
ANEXO
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ENTONCES CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN), PUBLICADA EN VIRTUD DE RESOLUCIÓN DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2022, PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO “APOYO TÉCNICO A LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN MATERIAS DE PROYECTOS SUPRA-REGIONALES, ESPECIES EXÓTICAS, NORMATIVAS Y POLÍTICAS SECTORIALES”.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Mariano Hernández Zapata, Consejero de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023); ostentando capacidad y competencia para la suscripción del presente acuerdo de modificación de encomienda de gestión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.11 Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, que se mantiene vigente en virtud de la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias; y actuando asimismo en nombre del órgano al que representa, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, D. Miguel Ángel Pérez Hernández, en representación de la empresa pública denominada Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), con CIF A38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión de su Consejo de Administración, celebrada el 3 de noviembre de 2023, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro mercantil correspondiente.
EXPONEN
Primero.- Que por Resolución de fecha 16 de noviembre de 2022, se hizo público el acuerdo entre la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial y la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante, GESPLAN), por el que se encomendó a esta última la gestión consistente en la prestación del servicio de “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales” (BOC n.º 236, de 30.11.2022).
Segundo.- Las circunstancias que se han dado durante la ejecución de la encomienda y que ponen de manifiesto la necesidad de su modificación son las siguientes:
• Composición y disponibilidad del equipo de trabajo:
Para la ejecución de los trabajos contemplados en la encomienda se planificó un equipo integrado por siete técnicos superiores y un oficial administrativo. No obstante, uno de los técnicos superiores se incorporó seis meses después del inicio de la encomienda y el oficial administrativo lo hizo transcurridos trece meses, lo que ocasionó un retraso en el desarrollo de las labores encomendadas.
• Complejidad en la coordinación del equipo por parte de GESPLAN:
Las tareas de coordinación han resultado más complejas de lo previsto inicialmente, generando un desvío respecto al presupuesto estimado. Ello se debe, en gran medida, a la necesidad de coordinar un equipo de ocho personas bajo la supervisión de cinco direcciones técnicas distintas lo que ha ocasionado un aumento de la carga de trabajo de la coordinación y por consiguiente del coste inicialmente previsto para esta actividad.
• Coincidencia de la finalización de la encomienda con un periodo de gran carga de trabajo:
La finalización de la encomienda coincide con el periodo estival, caracterizado por un elevado volumen de tareas derivadas de la entrega de numerosos proyectos técnicos. Estas labores implican actividades de análisis, revisión y preparación de documentación. Adicionalmente, durante este periodo deben elaborarse e informarse los indicadores de realización, resultados y comunicación del Programa Canarias FEDER 2021-2027, así como los indicadores asociados a la Ley de Presupuestos y al Plan Operativo Anual.
A ello se suma la obligación de presentar información sobre el estado de ejecución de la anualidad en curso y de participar en la elaboración de los presupuestos correspondientes a la siguiente anualidad.
Además, la interrupción de la encomienda a mitad de año genera inconvenientes al personal técnico del Servicio de Biodiversidad, al sumar a su habitual carga de trabajo el no poder disponer de apoyo técnico, especialmente en relación a tareas ya encomendadas como consultas institucionales en trámites de elaboración de iniciativas legislativas, solicitudes de acceso a recursos genéticos, elaboración de propuestas de inclusión de especies exóticas o alóctonas en los catálogos o listados correspondientes, la elaboración de manuales de buenas prácticas en la naturaleza, preparación o apoyo técnico a informes de diferente índole dentro del ámbito funcional del Servicio, entre otros asuntos habituales en el desarrollo de la encomienda.
Por ello, se estima fundamental y necesario ampliar el plazo de ejecución de la encomienda hasta el 30 de noviembre de 2026 con el fin de que el Servicio de Biodiversidad cuente con el apoyo necesario para poder afrontar de manera eficiente el pico de trabajo del periodo estival, puesto que en ese periodo estarán los diferentes informes mencionados presentados y los presupuestos de la siguiente anualidad en proceso de aprobación, valorando las necesidades de apoyo que requiere el Servicio en los términos indicados anteriormente sobre la carga de trabajo que sufre el personal de Biodiversidad.
Por otro lado, se hace necesario el reajuste presupuestario por anualidades con el incremento de la partida prevista inicialmente para el año 2025 en 157.777,00 euros, pasando de 554.916,50 euros a 712.693,50 euros, que se abonará este año y será objeto de ejecución en 2026.
Asimismo, debido a la jubilación de uno de los directores técnicos, se procede a modificar el acuerdo séptimo, actualizando la dirección técnica de cada actuación.
Además, dado que los encargos y encomiendas de GESPLAN, S.A. están sometidos al control financiero permanente por parte de la Intervención General de la Consejería de Hacienda y Relaciones con Europa, con el fin de reforzar dicho control y mejorar el cumplimiento de los requisitos documentales y administrativos exigidos para una fiscalización eficaz, se considera oportuno añadir un anexo que detalle las instrucciones para el cumplimiento económico-administrativo en la certificación de gastos de los encargos y encomiendas de gestión. Esta medida contribuirá a reforzar el control y a garantizar una fiscalización más eficaz y transparente.
Tercero.- Con fecha de 7 de noviembre de 2025, se emite informe de la Coordinadora-técnica de la encomienda en el que se ponen de manifiesto las circunstancias que justifican su modificación.
Cuarto.- Con fecha de 10 de noviembre de 2025 (n.º General 823176-n.º Registro CTEE/142286), se notificó a la empresa Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A. (GESPLAN, S.A.) las propuestas de modificación indicadas en el antecedente segundo, al objeto de que manifestase su conformidad o realizase las consideraciones que estimase oportunas.
Quinto.- En respuesta, la empresa GESPLAN presentó escrito de conformidad a la referida modificación el 18 de noviembre de 2025 (n.º General: 2248639/2025-n.º Registro: RGE/909868/2025), junto a la siguiente documentación:
• Declaración responsable relativa al cumplimiento del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
• Declaración responsable donde hace constar las circunstancias descritas en el citado apartado cuarto del Acuerdo de Gobierno de 24 de abril de 2014, en relación a su sostenibilidad financiera.
• Declaración de adecuación a la Ley 4/2007, de 3 de abril, de transparencia de las relaciones financieras entre las Administraciones Públicas y las empresas públicas, y de transparencia financiera de determinadas empresas.
• Acreditación de que el 80% de los ingresos de la entidad encomendada responden facturas por encargo. Es decir, que no realice en el mercado actividad económica por más del 20%.
• Justificación de capacidad financiera y técnica del medio propio a fecha del encargo.
El 18 de noviembre de 2025 se entregó, además, el presupuesto de modificación de encomienda firmado mediante registro (n.º General: 2252158/2025-n.º Registro: CTEE/126552/2025).
Por todo lo expuesto, en virtud de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y vista la propuesta de 25 de noviembre de 2025, suscrita por la Viceconsejera de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, el Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad y la Jefa del Servicio de Biodiversidad, ambas partes deciden suscribir el presente Acuerdo de modificación de encomienda de gestión en los siguientes términos,
ACUERDAN
Primero.- Modificar el Acuerdo suscrito entre la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial y la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio ambiental, S.A. (GESPLAN) por el que se encomienda la gestión consistente en la prestación del servicio de “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”, quedando redactado de la siguiente manera:
“Segundo.- El importe total de la presente encomienda asciende a la cantidad de dos millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro euros y cuarenta y siete céntimos (2.155.894,47 euros), desglosado en las siguientes anualidades:
Anualidad 2022: 493.187,42 euros.
Anualidad 2023: 101.410,48 euros.
Anualidad 2024: 554.916,50 euros.
Anualidad 2025: 712.693,50 euros.
Anualidad 2026: 293.686,57 euros.
En el Anexo III se incorpora el presupuesto detallado.
Las cantidades expresadas incluyen los costes correspondientes a los medios propios de GESPLAN, S.A. así como los costes de las contrataciones externas o con medios ajenos a la citada empresa, que se han valorado a precio medio de mercado y su abono se realizará previa conformidad de las respectivas facturas. Las actividades objeto de la encomienda que se subcontraten se abonarán atendiendo al coste efectivo soportado por GESPLAN S.A.”.
“Tercero.- En los años 2022 y 2023, la presente encomienda se financia con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, Aplicación Presupuestaria 12.07 Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, Programa 456E Biodiversidad, Proyecto de Inversión “153G0123 Planificación y Actuaciones”, clasificación económica 640.22.00 “Estudios y trabajos técnicos”. Para los años 2024 en adelante, se financia con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Consejería de Transición Ecológica y Energía, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 12.12. Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, programa 456E, Proyecto de Inversión “153G0123 Planificación y Actuaciones”, clasificación económica 640.22.00 “Estudios y trabajos técnicos”.
“Cuarto.- El plazo de ejecución de los trabajos de la presente encomienda será desde el 3 de noviembre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2026.
Dicho plazo puede ser ampliado, en virtud de prórroga acordada por la Consejería de Transición Ecológica y Energía, previa audiencia a la otra parte y antes de la finalización de la encomienda”.
“Quinto.- El importe de la encomienda será librado directamente a GESPLAN, S.A., previa presentación de facturas electrónicas (código DIR3 A05047674 para los años 2024 en adelante y código DIR3 A05017180 para los años 2022 y 2023) de los trabajos realizados acordes con las actuaciones encargadas.
La forma de pago se realizará mediante facturación previa presentación de la relación valorada de gastos, que deberán cumplir con las instrucciones incluidas en el Anexo IV.
Facturación:
Para la primera anualidad de 2022 habrá una factura anticipada por importe de 493.187,42 euros, a la firma de la presente encomienda. No podrá abonarse la anualidad 2023 hasta que esté totalmente justificada la anualidad 2022.
Para las anualidades 2023 y 2024, se deben presentar tres facturas que incluyan gastos hasta el 31 de mayo, hasta el 31 de octubre y hasta el 31 de diciembre.
Para la anualidad 2025 se presentará una primera factura que incluya gastos hasta el 31 de mayo, una segunda factura que incluya gastos hasta el 31 de octubre y posteriormente se facturará de forma anticipada el resto de la anualidad 2025, que será objeto de justificación con los gastos a partir de noviembre de 2025 y durante el año 2026.
Para la anualidad 2026 se deben presentar facturas que incluyan gastos hasta el 31 de mayo, hasta el 31 de octubre y hasta el 30 de noviembre, previa justificación de los abonados en 2025.
Para el abono de las facturas será necesaria la correspondiente propuesta de pago del Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad. Así mismo, se deberá emitir un informe de conformidad por cada uno de los directores técnicos de los trabajos, en el que se verifique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública.
En cuanto a la forma de pago se realizará mediante transferencia bancaria y las cantidades correspondientes se abonarán a GESPLAN, respetando en todo caso las exigencias establecidas en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, de aplicación al sector público autonómico.
Se habilita a GESPLAN la posibilidad de solicitar el abono anticipado de cada una de las anualidades de la presente encomienda, en su ejercicio presupuestario, siempre que se cumplan los requisitos y determinaciones que le sean de aplicación establecidas en el Acuerdo de 26 de diciembre de 2024 de modificación undécima del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión; y siempre que se hayan justificado debidamente los gastos correspondientes a anticipos anteriores.
Para la justificación de las cantidades anticipadas y las entregas de la documentación a las que se refiere el Acuerdo Sexto, será necesario emitir un informe de conformidad en el que se indique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública de la Jefa de Servicio de Biodiversidad y el visto bueno del Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad. A dicho informe se acompañará una relación valorada que contendrá el avance de los trabajos con expresión de las unidades realizadas desde su comienzo y su correspondiente valoración por parte de cada uno de los directores técnicos de los trabajos”.
“Sexto.- Toda la documentación resultante con las actuaciones previstas en los apartados anteriores será entregada conforme a los siguientes plazos:
-
Una primera entrega antes del 31 de mayo de 2023.
-
Una segunda entrega antes del 31 de octubre de 2023.
-
Una tercera entrega antes del 31 de mayo de 2024.
-
Una cuarta entrega antes del 31 de octubre de 2024.
-
Una quinta entrega antes del 31 de mayo de 2025.
-
Una sexta entrega antes del 31 de octubre de 2025.
-
Una séptima entrega con información hasta el del 31 de mayo de 2026.
-
Una octava entrega con información hasta el 31 de octubre de 2026.
Del mismo modo, en cada anualidad se deberá presentar un informe de seguimiento desde el 31 de octubre hasta el 31 de diciembre, por parte del director técnico de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A., salvo el del año 2025.
Asimismo, se deberá presentar un informe de justificación del anticipo de la anualidad 2025 a fecha en la que se realice su justificación, salvo que dicho plazo coincida con alguna de las entregas, en cuyo caso no se presentará dicho informe. Este informe se presentará por registro junto a la relación valorada de justificación de anticipo.
Los plazos de entrega de los informes de seguimiento y las entregas, así como de las facturas, relaciones valoradas y documentación justificativa serán los siguientes:
Ver anexo en la página 54919 del documento Descargar
El contenido y formato de la documentación digital e impresa de cada una de las actuaciones se ajustará a lo establecido en el Anexo II.
El resultado de los trabajos será entregado a través de Registro Oficial, a la atención del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad en sus dependencias en el Edificio de Usos Múltiples I, planta 11.ª, en la isla de Tenerife”.
“Séptimo.- Se llevará a cabo el nombramiento de los Directores Técnicos, al menos uno por cada uno de las actuaciones de la encomienda por parte del Servicio del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, y otro por parte de la empresa pública GESPLAN, S.A.
Por parte del Servicio de Biodiversidad se designan los siguientes:
• Actuación 1.1; Actuación 1.3: Érika Urquiola Pascual, titular. Olga Ayza Mascarell, primer suplente. Víctor Manuel Reverón Barroso, segundo suplente.
• Actuación 1.2: Olga Ayza Mascarell, titular. Érika Urquiola Pascual, primer suplente. Víctor Manuel Reverón Barroso, segundo suplente.
• Actuación 2.1: Elizabeth Ojeda Land, titular. Nieves Zurita Pérez, primer suplente.
• Actuación 2.2: Elizabeth Ojeda Land, titular. Nieves Zurita Pérez, primer suplente.
• Actuación 3.1: Miguel Ángel Cabrera Pérez, titular. Margarita Oramas González-Moro, primer suplente.
• Actuación 3.2: María Asunción Delgado Luzardo, titular. Miguel Ángel Cabrera Pérez, primer suplente.
• Actuación 4.1; Actuación 4.2: Margarita Oramas González-Moro, titular. Érika Urquiola Pascual, primer suplente.
En el ejercicio de sus funciones, los directores técnicos se sujetarán a las instrucciones que, para la correcta ejecución de los servicios externos que se contraten en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, fueron aprobadas por Acuerdo de Gobierno de 12 de septiembre de 2013 (publicado en el BOC n.º 183, de 23.9.2013).
Se nombra Coordinador General de la presente encomienda a la jefatura de Sección de Biodiversidad Occidental para facilitar la comunicación entre la empresa pública GESPLAN, S.A., y el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad. Como suplente a la jefatura de Sección de Biodiversidad Oriental. Como segunda suplente Érika Urquiola Pascual, técnico del Servicio de Biodiversidad.
Los Directores Técnicos de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad tendrán las siguientes funciones:
-
Dirigir y supervisar la correcta ejecución de las actuaciones encomendadas.
-
Cursar a la empresa pública GESPLAN, S.A. las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
-
Dar conformidad a los diseños, formatos, etc., a utilizar en los documentos que se elaboren en virtud de la presente encomienda.
-
Autorizar modificaciones de contenido, formato o requisitos de los documentos, cuando existan causas de orden técnico justificadas.
-
Resolver y definir cuestiones de contenido técnico que precisen interpretación, con el objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la encomienda.
-
Analizar las incidencias o problemas planteados que puedan impedir el normal cumplimiento de la encomienda.
-
Redactar los informes de revisión y los informes de conformidad de los documentos realizados y entregados por GESPLAN, S.A.
-
Convocar las reuniones que considere necesarias para alcanzar los logros de la encomienda.
-
Proponer el reajuste de las partidas entre las actividades del presupuesto, así como la variación en el número de efectivos y sus características de contratación, siempre que no suponga un incremento del total del presupuesto, todo ello con el visto bueno del Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad”.
“ANEXO III. PRESUPUESTO
Ver anexo en las páginas 54921-54922 del documento Descargar
Partidas sin código en las Tarifas de GESPLAN
- PA001. Desplazamientos, dietas, medios audiovisuales, fungible y cualquier otro material necesario para las actuaciones de la encomienda (11.895,21 euros).
Se incorpora una partida alzada para afrontar los gastos necesarios que se produzcan a lo largo de la duración del servicio para su correcta ejecución. Contemplaría desplazamientos del personal, servicios de internet, compra de licencias de software, compra de unidades externas, medios audiovisuales, así como cualquier otro material que resulte necesario para llevar a cabo las actuaciones de la encomienda”.
“ANEXO IV
INSTRUCCIONES PARA LA MEJORA DE LA REALIZACIÓN DE LAS CERTIFICACIONES DE GASTOS
Con carácter general:
• Deben presentarse las tarifas utilizadas para el cálculo del presupuesto de la encomienda.
• Debe presentarse el cálculo de dichas tarifas.
• El coste unitario tarifado debe ajustarse a las tarifas aprobadas.
• Las certificaciones deben adecuarse al presupuesto de encomienda.
• Todas las partidas incluidas en la certificación tienen que estar recogidas, y de la misma manera, en el presupuesto de la encomienda.
• Debe haber trazabilidad entre las diferentes acciones ejecutadas y sus gastos, distinguiendo entre prestaciones subcontratadas y las realizadas por la empresa encomendada directamente.
• La organización está sujeta a la obligación de comprobaciones físicas por parte del órgano encomendante, de los servicios/suministros u obras encargadas.
• Una vez finalizada la encomienda se debe presentar un certificado que incluya el importe total ejecutado de la encomienda sobre el importe total del mismo a fecha de finalización, con indicación del importe subcontratado.
• Correcta presentación, incluyendo la información en cubierta y portada interior sobre el acuerdo de encomienda, el periodo certificado, el número de certificación y fecha de presentación.
En relación a las horas de personal:
• Contratos del personal que trabaja para el proyecto.
• Documento o certificación de la dedicación del personal a tiempo parcial en el proyecto con datos horarios para todos los proyectos en los que trabaja (firmado por trabajador/a y responsable autorizado).
• Para el personal a tiempo parcial se debe presentar informe sobre las tareas que realiza.
• Desglose de horas realizadas por el personal del encargo, indicando su categoría profesional y la fecha de inicio y finalización de su trabajo para dicho proyecto.
• Documentación soporte que permita contrastar que las horas certificadas por cada trabajador/a son las efectivamente realizadas, aportando pista de auditoría suficiente (datos del portal horario, partes de horas, etc.).
• Necesidad de incluir a final de la encomienda la vida laboral de los trabajadores que incluya el alta y baja en la empresa o en su defecto documentos de la Seguridad Social que refleje el alta y baja de los trabajadores.
En relación a los gastos tarifados:
• Expediente de contratación que soporta ese gasto. Relación de cada factura con el contrato asociado.
• Evidencia que justifique que ese gasto está efectivamente realizado y pagado.
Vehículos.
• Vehículo alquilado. Expediente de contratación.
• Vehículo alquilado. Facturas de alquiler y pago que permita verificar los periodos imputados en las certificaciones.
• Vehículo propio. Documentación acreditativa de la propiedad del vehículo por parte de la entidad.
• Vehículo propio. Evidencia sobre las jornadas en las que está a disposición del proyecto.
• Documento de vinculación entre el personal y los vehículos utilizados.
Facturas a terceros.
• Documentación que justifique el procedimiento desde la solicitud de compra hasta el pago.
• Justificación de precios utilizados en el marco del expediente que no se recogen en las tarifas.
En relación a los gastos no recogidos en tarifas:
Combustible.
• Factura y pago que incluya información para poder verificar que el combustible certificado ha sido consumido en el marco del proyecto (litros consumidos por matrícula).
• En el caso de gastos que requieren contratación, incluir todo el procedimiento de contratación.
Dietas y desplazamientos.
• Comisión de servicio o similar acreditativa de que el desplazamiento está afecto a la actuación y evidencia del motivo del desplazamiento (jornada, acta reunión, informe del trabajo, etc.).
• Justificación sobre las cuantías de las indemnizaciones de las dietas, especificar a qué normativa se acoge la empresa.
• En caso de que los gastos de dietas y desplazamientos sobrepasen la cuantía recogida en la normativa sobre esta materia, se debe justificar el importe máximo recogido en la normativa.
En relación a las subcontrataciones:
• Las prestaciones parciales subcontratadas no pueden exceder el 50% de la cuantía de la encomienda. Las subcontrataciones se valorarán atendiendo al coste efectivo soportado por el medio propio, en los casos en los que ese coste sea inferior al resultante de aplicar las tarifas a las actividades subcontratadas.
• Necesidad de aportar justificación de que el coste efectivo de las subcontrataciones realizadas es inferior al resultante de aplicar las tarifas a las actividades subcontratadas, en su caso.
• Necesidad de justificación de la trazabilidad entre los subcontratos con los gastos derivados del expediente de contratación.
• Los productos de las subcontrataciones deben presentarse de forma independiente y llevar adjunto un informe técnico de conformidad sobre el trabajo realizado por el coordinador designado por la empresa pública.
• Los expedientes de subcontratación deben estar completos.
Para los contratos menores se debe contar con:
• Informe justificativo de la necesidad de contratación.
• Informe de insuficiencia de medios.
• Informe sobre la no alteración del contrato para evitar las reglas generales de contratación y los importes legalmente establecidos.
• Solicitud ofertas.
• Respuesta a la solicitud de ofertas.
• Ofertas realizadas (puede incluir memoria técnica, presupuesto, etc.).
• Pliego de condiciones técnicas.
• Contrato.
• Contrato de tratamiento de datos personales.
• Publicación en la PCSP.
• Entregas.
• Conformidad de la entrega por parte del coordinador de la empresa pública.
• En su caso, evidencias del objeto del contrato (fotografías, vídeos, estudios realizados, etc.).
• Facturas.
• Pagos.
Para los licitaciones se debe contar con:
• Publicación PCSP.
• Informe de la necesidad el contrato.
• Certificado de existencia de crédito.
• Resolución de inicio y aprobación del expediente.
• Pliegos.
• Publicación de la licitación.
• Registro de la presentación de proposiciones.
• Documentación presentada por los licitadores.
• Comunicación apertura sobres/archivos.
• Informe sobre solvencia técnica.
• Documentación sobre solvencia económica y financiera.
• Acta.
• Informe de adjudicación.
• Escrito adjudicación.
• Resolución de adjudicación.
• Documentación presentada una vez comunicada la adjudicación.
• Publicación de la adjudicación.
• Contrato.
• Entregas.
• En su caso, evidencias del objeto del contrato (fotografías, vídeos, estudios realizados, etc.).
• Conformidad de la entrega por parte de la empresa que ha encomendado el trabajo.
• Facturas.
• Pagos.
• En el caso de que haya subcontratación dentro del subcontrato.
-
Documentación del procedimiento de subcontratación.
-
Entregas.
-
En su caso, evidencias del objeto del contrato (fotografías, vídeos, estudios realizados, etc.).
-
Conformidad de la entrega por parte de la empresa que ha encomendado el trabajo.
-
Facturas.
-
Pagos.
Contratos marco.
• Expediente de subcontratación completo.
• Demostrar la trazabilidad entre el subcontrato y el encargo”.
Segundo.- Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación o aplicación del presente Acuerdo se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y conforme a sus normas de competencia y procedimiento.
Tercero.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo, en base a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, la presente encomienda, una vez firmada, deberá publicitarse por parte de la entidad encomendante.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se firma el presente Acuerdo.- El Consejero de Transición Ecológica y Energía, Mariano Hernández Zapata.- El Consejero Delegado de GESPLAN, Miguel Ángel Pérez Hernández.