Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2025, del Director, por la que se convocan anticipadamente, para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la cooperación para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios acogidos a regímenes de calidad (intervención 7132), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027, y se aprueban las bases reguladoras.
2025-12-26 · BOC-2025/255/4411
BDNS (Identif.): 875765.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/875765).
Beneficiarios.
Podrán acogerse a estas subvenciones las agrupaciones de productores que cooperan entre sí para la información y promoción de los productos agrícolas y alimenticios en los regímenes de calidad. En el caso de órganos de gestión de figuras de calidad y los Consejos Reguladores de una Denominación de Origen, se entiende que ya implican la cooperación de más de dos agentes o socios.
Requisitos.
a) En el caso de personas jurídicas, deberán acreditarlo mediante escritura de constitución y estatutos.
b) Presentar un proyecto de cooperación para la promoción e información de regímenes de calidad.
c) No hallarse en situación de crisis, según la definición establecida en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2014/C249/01).
d) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Estar dado de alta a terceros en la Comunidad Autónoma de Canarias.
f) Realizar la actividad objeto de subvención con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
Actuaciones subvencionables del régimen de calidad son:
a) Organización y/o asistencia a seminarios, cursos, conferencias, jornadas informativas, talleres y eventos promocionales.
b) Catas, degustaciones, presentaciones de productos de calidad.
c) Información y difusión de los requisitos científicos y técnicos.
d) Información y publicidad en medios de comunicación, internet, revistas especializadas, guías de turismo, puntos de ventas, recetarios, catálogos, libros, etc.
e) Organización, patrocinio y/o asistencia, participación de foros, intercambio de conocimientos, concursos, exhibiciones, exposiciones, ferias, visitas educativas, congresos, otros eventos.
f) Auditorías de ejecución y gastos.
g) Elaboración de planes estratégicos, estudios técnicos, estudios de mercado y de evaluación de impacto.
h) Creación, diseño, actualización y mantenimiento de portales web.
i) Elaboración y edición de material divulgativo.
Cuantías y límites de las subvenciones.
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El porcentaje de subvención sobre el presupuesto aprobado será el 75% del coste elegible.
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Para poder beneficiarse de esta ayuda, la inversión aprobada debe estar comprendida entre 1.000 y 100.000 euros.
Presentación de la solicitud y plazo
Las solicitudes se presentarán en forma electrónica con arreglo a los modelos normalizados que serán accesibles a través de la sede electrónica (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/) en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2025.- El Director, Luis Arráez Guadalupe.