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Disposición 2025/255/4401

DECRETO 196/2025, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 428/2023, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario para el año 2023 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal de personal docente de los Conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de Canarias en ejecución de sentencia.

2025-12-26 · BOC-2025/255/4401

La Oferta de Empleo Público viene determinada en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 70 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional duodécima, contiene normas que, junto con las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el citado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, constituyen, entre otras, las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes.

El Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, dispone en su artículo 3.1, como requisito previo a las convocatorias para la provisión de plazas, la aprobación por las Administraciones educativas de las respectivas Ofertas de Empleo.

El Decreto 428/2023, de 11 de diciembre, aprobó la Oferta de Empleo Público del personal docente no universitario para el año 2023 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal de personal docente de los Conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Con posterioridad, en el procedimiento ordinario n.º 0000278/2024, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó sentencia firme que declara la obligación de incluir en dicha Oferta de Empleo Público una plaza del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas (Grupo A, Subgrupo A1) que fue omitida en la aprobación del referido Decreto. Su ejecución ha sido ordenada mediante la Resolución n.º 6674/2025, de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, de 29 de octubre.

De conformidad con el artículo 118 de la Constitución Española, y los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, la Administración está obligada al cumplimiento íntegro y exacto de las sentencias firmes, debiendo adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva la ejecución del pronunciamiento judicial, restaurando la legalidad y evitando cualquier eventual responsabilidad derivada de su inejecución.

La presente modificación tiene carácter estrictamente puntual y se limita a incorporar la plaza cuya inclusión viene impuesta por el fallo judicial, sin alterar el resto del contenido del Decreto 428/2023, de 11 de diciembre. La plaza deberá integrarse en el apartado relativo a las plazas correspondientes a la tasa de estabilización 2016, manteniendo la coherencia con la estructura y distribución de la Oferta aprobada en 2023. El resto de los apartados del citado Decreto 428/2023, de 11 de diciembre, permanece inalterado.

En su virtud, de conformidad con el artículo 54 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, a iniciativa del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, y a propuesta de la Consejera de Presidencia Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, previa deliberación del Gobierno, en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2025,

RESUELVO:

Único.- Modificar el apartado “Plazas correspondientes a la tasa de estabilización 2016” del resuelvo primero del Decreto 428/2023, de 11 de diciembre, que aprueba la Oferta de Empleo Público del personal docente no universitario para el año 2023 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal de personal docente de los Conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de Canarias, que queda redactado como sigue:

“El total de plazas para la estabilización de empleo temporal de personal docente ocupadas ininterrumpidamente con anterioridad al 1 de enero de 2016 es de setenta y una (71), distribuidas de la siguiente manera:

• Treinta (30) del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Grupo A, Subgrupo A1.

• Cuarenta y una (41) del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, Grupo A, Subgrupo A1”.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 23 de diciembre de 2025.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Nieves Lady Barreto Hernández.

DECRETO 196/2025, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 428/2023, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario para el año 2023 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal de personal docente de los Conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de Canarias en ejecución de sentencia. — BOC Canarias Web