Dirección General de Comercio y Consumo.- Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Canarias, por la que se declara la admisión de la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo presentada por D. Deogracias Manrique Mata, en nombre y representación de la empresa Anovo Ibérica Madrid, S.L.U.
2025-12-11 · BOC-2025/245/4222
HECHOS
Primero.- Que la empresa Anovo Ibérica Madrid, S.L.U. está adherida a la Junta Arbitral de Consumo de Canarias, otorgándosele el derecho al uso del distintivo oficial de adhesión, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
Segundo.- Con fecha 4 de noviembre de 2025, D. Deogracias Manrique Mata, en nombre y representación de la empresa Anovo Ibérica Madrid, S.L.U., presentó denuncia de su oferta pública de adhesión.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I. De conformidad con el artículo 28.1 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, “las ofertas públicas de adhesión efectuadas por Sistema Arbitral de Consumo podrán ser denunciadas ante la Junta Arbitral competente por el empresario o representante con poder suficiente para disponer, ya sea por escrito o por medios electrónicos”.
II. En virtud del artículo 28.2 del Real Decreto 713/2024, “la denuncia tendrá efectos transcurrido un mes desde la fecha de su comunicación a la Junta Arbitral, salvo que en la oferta pública de adhesión o en la denuncia se establezca un plazo superior”. En el presente caso, no consta la exigencia de plazo superior.
III. El artículo 28.3 del Real Decreto 713/2024 señala que “la denuncia no afectará a los convenios arbitrales válidamente formalizados con anterioridad a la fecha en que la denuncia de la oferta de adhesión deba surtir efecto”.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias conferidas por la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero.- Admitir la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo presentada por D. Deogracias Manrique Mata, en nombre y representación de la Anovo Ibérica Madrid, S.L.U.
Segundo.- Declarar la baja de la empresa Anovo Ibérica Madrid, S.L.U. en el listado de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, con fecha de efectos a partir del 4 de diciembre de 2025, en virtud del artículo 28.2 del citado Real Decreto 713/2024, de 23 de julio.
Tercero.- Notificar al interesado la presente Resolución y publicar en el Boletín Oficial de Canarias la admisión de la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el recurrente, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, significándose que en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta tanto tenga lugar la resolución expresa del mismo o se produzca la desestimación presunta por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Para mayor información sobre el Sistema Arbitral de Consumo y sus trámites, se puede acudir a la web de consumo del Gobierno de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/consumo/ o directamente en el siguiente enlace https://www.gobiernodecanarias.org/consumo/arbitraje/
Para ponerse en contacto con esta Junta Arbitral de Consumo, se puede pedir cita telefónica en el 012 o enviar un correo a arbitrajeconsumo.comercio@gobiernodecanarias.org
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de noviembre de 2025.- La Presidenta de la Junta Arbitral de Consumo, María de los Ángeles Trapero Hernández.