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Disposición 2025/241/4169

Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Directora, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, correspondiente al ejercicio 2025.

2025-12-04 · BOC-2025/241/4169

Vista la Resolución n.º 8118/2025, de 6 de octubre, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción para el ejercicio 2025, y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden n.º 286/2022, de 21 de noviembre de 2022 (BOC n.º 235, de 29.11.2022), se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la realización de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.

Segundo.- Mediante Resolución n.º 8118/2025, de 6 de octubre, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, se convocan subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción para el ejercicio 2025.

La convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE), destinadas a la financiación de inversiones en sociedades cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción (en adelante empresas de economía social), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, siguiendo las instrucciones establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2025-2027, aprobado por Orden de la Consejería de Turismo y Empleo (BOC n.º 21, de 31.1.2025) y posteriormente modificado por Orden de 6 de agosto de 2025 (BOC n.º 164, de 20.8.2025).

El objetivo de esta línea de actuación es, por un lado, dar soporte financiero para las inversiones productivas en la creación de nuevas empresas de economía social y, por otro, incentivar la modernización e innovación de los activos fijos de las empresas existentes de esta tipología, mejorando su competitividad y facilitando su consolidación.

Tercero.- Teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio presupuestario, así como los distintos trámites administrativos necesarios para la resolución del expediente, concurren razones de interés público que aconsejan reducir los plazos de tramitación de la resolución de convocatoria, a fin de que pueda agilizarse la concesión de las subvenciones.

A los anteriores antecedentes resultan de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segunda.- Mediante la disposición adicional única de la Orden de 21 de noviembre de 2022, de la extinguida Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 235, de 29.11.2022), se faculta a la Dirección del Servicio Canario de Empleo para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la interpretación, aplicación y ejecución de lo dispuesto en la citada Orden.

Vistos los anteriores antecedentes y consideraciones jurídicas, en ejercicio de las competencias que confiere a esta Dirección el artículo 8.4 del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, en relación con el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo,

RESUELVO:

Primero.- Aplicar, por razones de interés público, la tramitación de urgencia a la convocatoria para la financiación de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción para el ejercicio 2025, reduciéndose, en consecuencia, a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con indicación que contra la misma no cabe recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que, conforme a lo previsto en el artículo 112.1, párrafo segundo, de la citada Ley, pueda alegarse oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de noviembre de 2025.- La Directora, María Teresa Ortega Granados.