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Disposición 2025/239/4136

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 18 de noviembre de 2025, del Presidente, que emplaza a todos los terceros interesados en relación con el procedimiento ordinario n.º 263/2025, seguido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, Sección Segunda, promovido por el Sindicato de Empleados Públicos de Canarias (SEPCA).

2025-12-02 · BOC-2025/239/4136

ANTECEDENTES DE HECHO

El Sindicato de Empleados Públicos de Canarias (SEPCA) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 10 de junio de 2025, del Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, por la que se hace público el acuerdo plenario de 4 de junio de 2025, que aprueba la convocatoria de concurso de méritos específico para la provisión definitiva del puesto de trabajo n.º 23, denominado Técnico/a de Auditoría Jefe/a, vacante en la vigente relación de puestos de trabajo de la Institución.

Este recurso se diligencia como procedimiento ordinario n.º 263/2025 ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife.

Por oficio del citado órgano judicial se nos requiere la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento a todos los terceros interesados en dicho procedimiento.

Mediante Resolución de esta misma fecha, por la Presidencia se ha dispuesto remitir a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en Santa Cruz de Tenerife, copia certificada del expediente administrativo solicitado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Dispone el artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.

II.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

III.- Asimismo, el precitado artículo establece que la notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común, siendo así que el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la publicación sustituirá los efectos de la notificación en los siguientes casos:

“a.- Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en este último caso, adicional a la notificación efectuada”.

En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 32 de la Ley territorial 4/1989, de 2 de mayo, y 44.c) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias,

DISPONGO:

Primero.- Notificar a todos quienes pudieran resultar interesados en el procedimiento la Resolución de esta Presidencia, de esta misma fecha, por la que se dispone “Remitir a la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, copia certificada del expediente administrativo”, relativo al procedimiento ordinario n.º 263/2025.

Segundo.- Emplazar a todos los terceros interesados en relación con dicho procedimiento, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de noviembre de 2025.- El Presidente, Pedro Pacheco González.