Dirección General de Comercio y Consumo.- Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Presidenta de la Junta Arbitral de Consumo de Canarias, por la que se declara la admisión de la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo presentada por D. Onésimo Julián Dorta Chávez, en nombre y representación de la empresa Ferretería Chávez, S.L.
2025-12-02 · BOC-2025/239/4126
HECHOS
Primero.- Con fecha 4 de junio de 2008, D. Onésimo Julián Dorta Chávez, en nombre y representación de la empresa Ferretería Chávez, S.L., presentó ante esta Junta Arbitral de Consumo de Canarias la solicitud de oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, la cual fue aceptada por esta Junta con fecha 23 de septiembre de 2008, otorgándosele el derecho al uso del distintivo oficial de adhesión, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
Segundo.- Con fecha 1 de octubre de 2025, D. Onésimo Julián Dorta Chávez, en nombre y representación de la empresa Ferretería Chávez, S.L., presentó denuncia de su oferta pública de adhesión, manifestando que se proceda a la renuncia con fecha de efectos el día 30 de septiembre de 2025.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I. De conformidad con el artículo 28.1 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo, “las ofertas públicas de adhesión efectuadas por al Sistema Arbitral de Consumo podrán ser denunciadas ante la Junta Arbitral competente por el empresario o representante con poder suficiente para disponer, ya sea por escrito o por medios electrónicos”.
II. En virtud del artículo 28.2 del Real Decreto 713/2024, “la denuncia tendrá efectos transcurrido un mes desde la fecha de su comunicación a la Junta Arbitral, salvo que en la oferta pública de adhesión o en la denuncia se establezca un plazo superior”. En el presente caso, el condicionado cuarto de la oferta pública de adhesión establece que “esta oferta pública de adhesión tenga carácter indefinido, salvo denuncia de la oferta con 2 meses de antelación”.
III. El artículo 28.3 del Real Decreto 713/2024 señala que “la denuncia no afectará a los convenios arbitrales válidamente formalizados con anterioridad a la fecha en que la denuncia de la oferta de adhesión deba surtir efecto”.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias conferidas por la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero.- Admitir la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo presentada por D. Onésimo Julián Dorta Chávez, en nombre y representación de la empresa Ferretería Chávez, S.L.
Segundo.- Declarar la baja de la empresa Ferretería Chávez, S.L. en el listado de empresarios adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, con efectos a partir del 1 de diciembre de 2025, en virtud del artículo 28.2 del citado Real Decreto 713/2024, de 23 de julio.
Tercero.- Notificar al interesado la presente Resolución y publicar en el Boletín Oficial de Canarias la admisión de la denuncia de la oferta pública de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el recurrente, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación, significándose que en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta tanto tenga lugar la resolución expresa del mismo o se produzca la desestimación presunta por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Para mayor información sobre el Sistema Arbitral de Consumo y sus trámites, se puede acudir a la web de consumo del Gobierno de Canarias https://www.gobiernodecanarias.org/consumo/ o directamente en el siguiente enlace https://www.gobiernodecanarias.org/consumo/arbitraje/
Para ponerse en contacto con esta Junta Arbitral de Consumo, se puede pedir cita telefónica en el 012 o enviar un correo a arbitrajeconsumo.comercio@gobiernodecanarias.org
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de noviembre de 2025.- La Presidenta de la Junta Arbitral de Consumo, María de los Ángeles Trapero Hernández.