Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 26 de noviembre de 2025, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales en los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
2025-11-28 · BOC-2025/237/4078
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, establece que la constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de forma escalonada. La segunda fase tendrá lugar el 1 de octubre de 2025, fecha en la que determinados Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y de Violencia sobre la Mujer se transformarán en Secciones Civiles, de Instrucción Únicas y de Violencia sobre la Mujer, respectivamente.
Asimismo, la disposición transitoria quinta de la citada ley determina que la implantación de la Oficina Judicial será simultánea a la de los Tribunales de Instancia, correspondiendo a las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo en sus respectivos ámbitos.
A tal fin, y en el ejercicio de las competencias transferidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Dirección General ha procedido a la elaboración de la relación de puestos de trabajo de las oficinas judiciales afectadas, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- Esta Dirección General es competente en virtud del artículo 103 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por el Decreto 108/2024, de 31 de julio. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el resto de normativa aplicable,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia de las Oficinas Judiciales correspondientes a los partidos judiciales en los que se constituirán Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
Segundo.- Dicha relación de puestos de trabajo se recoge en el anexo, que estará disponible para su consulta a través de la intranet de justicia y en la página web de esta Dirección General.
El personal de los órganos judiciales que tenían asumidas competencias en materia de Violencia Sobre la Mujer en los partidos judiciales de Santa Cruz de La Palma (2 funcionarios), Arrecife (7 funcionarios) y Puerto del Rosario (6 funcionarios), al producirse el acoplamiento, y previa certificación expedida por el titular del órgano judicial o Secretario, continuarán percibiendo el complemento retributivo asociado a la realización de las funciones propias en esa materia.
Tercero.- A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, se dará inicio a los procesos de acoplamiento del personal en los nuevos puestos de trabajo.
Cuarto.- Las Oficinas Judiciales incluidas en esta Resolución comenzarán a funcionar o adaptarán su estructura a lo dispuesto en la relación de puestos de trabajo a partir del 31 de diciembre de 2025.
Quinto.- La presente Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de esta Dirección General.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en que tenga su sede el órgano autor del acto originario o el del lugar del domicilio del recurrente, a elección de este último, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de noviembre de 2025.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Leonor Ferrer Sancho.
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ANEXO
Ver anexo en las páginas 48632-48639 del documento Descargar