Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo.- Resolución de 7 de noviembre de 2025, por la que se aprueba la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de El Sauzal en el ejercicio 2026.
2025-11-28 · BOC-2025/237/4071
Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Comercio y Consumo para resolver la petición formulada por el Ayuntamiento de El Sauzal de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el citado municipio en el ejercicio 2026.
Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Comercio y Consumo y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
1.º) Con fecha 1 de octubre de 2025 (n.os Registro General: 1878335 y 1878358 - n.os Registro EICA: 61584 y 61586) el Ayuntamiento de El Sauzal, presenta ante la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias documentación mediante la que se solicita la tramitación del correspondiente procedimiento administrativo para la modificación de tarifas vigentes del servicio público de abastecimiento de aguas a poblaciones para su aplicación en dicho municipio en el ejercicio 2026.
A la solicitud presentada se le adjunta, entre otra, la siguiente documentación:
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Certificación de la Sra. Secretaria del Ayuntamiento de El Sauzal relativo a la sesión ordinaria del Pleno celebrada con fecha 26 de septiembre de 2025.
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Memoria-estudio técnico para la determinación de las tarifas.
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Informe de auditoría de la cuenta de resultados de la gestión y explotación del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones del ejercicio 2024.
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Prórroga del contrato del servicio de abastecimiento de agua.
2.º) El Grupo de Trabajo de la Comisión de Precios de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de octubre de 2025, aprobó por unanimidad su correspondiente informe y propuso elevar al Pleno de la Comisión de Precios de Canarias una aprobación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones para su aplicación en el municipio de El Sauzal, en los mismo términos que en el acuerdo plenario adoptado por la Corporación Local con fecha 26 de septiembre de 2025.
3.º) A la vista del informe de referencia, la Comisión de Precios de Canarias, en sesión plenaria celebrada el día 27 de octubre de 2025, acordó, por unanimidad, aprobar la modificación de tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones en el municipio de El Sauzal, en los mismo términos que el acuerdo plenario adoptado por la Corporación Local con fecha 26 de septiembre de 2025, que supone un incremento del 2,7 % con respecto a las tarifas que se encuentran actualmente en vigor, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el Informe del Grupo de Trabajo y en el Acta de la sesión del Pleno, que serán debidamente notificados a la Corporación Local.
4.º) Con fecha 3 de noviembre de 2025, el Director General de Comercio y Consumo emite informe por el que eleva a este Viceconsejero de Industria, Comercio y Consumo, propuesta de resolución por la que se aprueba la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones en el municipio de El Sauzal para el ejercicio 2026.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico, modificado por Decreto 77/2011, de 24 de marzo.
Segunda.- La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3173/1983, de 9 de noviembre, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones y servicios en materia de intervención de precios; el Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica.
Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos territoriales 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, modificado por el Decreto 47/2023, de 17 de julio; el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina, la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias así como el artículo 9.e) del Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, vigente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria única del citado Decreto 123/2023 y teniendo en cuenta el resuelvo tercero de la Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, de 5 de octubre de 2023, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en los titulares de los Centros Directivos del Departamento (publicada en el BOC n.º 203, de 16.10.2023, fecha a partir de la cual surte efectos, según su resuelvo noveno), se delega en la persona titular de la Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo, en el ámbito competencial atribuido a dicho centro directivo y órganos dependientes, el ejercicio de una serie de competencias, entre las que se encuentran “i) La resolución de los procedimientos en materia de precios autorizados y comunicados de ámbito autonómico” y “m) La resolución de los recursos potestativos de reposición que, en su caso, puedan interponerse contra los actos dictados en virtud de las delegaciones a que se refieren los apartados anteriores”,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones para su aplicación en el municipio de El Sauzal en el ejercicio 2026, las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes:
TARIFAS DE APLICACIÓN BIMESTRAL.
Ver anexo en la página 48562 del documento Descargar
Segundo.- Estas tarifas surtirán efecto a partir del 1 de enero de 2026, tras su correspondiente publicación previa en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de que dicha publicación se produzca en el transcurso del ejercicio 2026, las tarifas surtirán efecto a partir del día siguiente al de su publicación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante esta Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente Resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo en Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de noviembre de 2025.- El Viceconsejero de Industria, Comercio y Consumo (p.d. Orden de 5.10.2023; BOC n.º 203, de 16.10.2023), Felipe Afonso El Jaber.