EXTRACTO de la Orden de 14 de noviembre de 2025, por la que se convocan, de manera anticipada para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias, previstas en el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
2025-11-26 · BOC-2025/235/4032
BDNS (Identif.): 869177.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/869177).
Primero.- Objeto.
Fomentar aquellas actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura y, en concreto, las previstas en el resuelvo tercero de la presente Orden.
Segundo.- Beneficiarios.
Las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre.
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26.10.2022).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe global de ochenta y cinco mil (85.000,00) euros, distribuidos de la siguiente forma:
a) Luchar contra las agresiones y enfermedades de las colmenas, en particular contra la varroosis: 81% de la dotación presupuestaria por importe de sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta (68.850,00) euros, destinando el crédito al primer tratamiento y si el crédito es suficiente al segundo tratamiento.
b) Inversiones en activos tangibles e intangibles, concretamente, cuota del seguro de responsabilidad civil de las colmenas: 10% de la dotación presupuestaria por importe de ocho mil quinientos (8.500,00) euros.
c) Prestar información y asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores a través de la contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores en la sanidad apícola, lucha contra agresores de la colmena y a nivel de laboratorio, así como el asesoramiento global en la producción: 9% de la dotación presupuestaria por importe de siete mil seiscientos cincuenta (7.650,00) euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Será de un (1) mes contado a partir del día 13 de enero de 2026.
Canarias, a 14 de noviembre de 2025.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.