ORDEN de 13 de noviembre de 2025, por la que se autoriza la modificación del número de unidades autorizadas para impartir el primer ciclo de Educación Infantil a la Escuela de Educación Infantil “Los Menceyes”, de titularidad del Ayuntamiento de Candelaria, Tenerife.
2025-11-26 · BOC-2025/235/4019
Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, relativo a la solicitud de modificación del número de unidades autorizadas para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, a la Escuela de Educación Infantil “Los Menceyes” (38015989), sito en calle Magarza, s/n, Urbanización Brillasol, cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de Candelaria, provincia de Santa Cruz de Tenerife, constando memoria-propuesta del Director General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios de fecha 6 de noviembre de 2025, y de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Educación y Universidades, de 25 de marzo de 2017, se autorizó la creación, con carácter provisional, de la Escuela de Educación Infantil “Los Menceyes” (38015989), constando las siguientes unidades y puestos escolares autorizados: 1 unidad de menores de 1 año, 8 puestos escolares, 1 unidad de 1 a 2 años, 13 puestos escolares, y 1 unidad de 2 a 3 años, 18 puestos escolares, ostentando la titularidad el Ayuntamiento de Candelaria.
Segundo.- El Ayuntamiento de Candelaria, con fecha de 29 de abril de 2022, presenta escrito solicitando la ampliación de las unidades autorizadas de primer ciclo de la Escuela de Educación Infantil “Los Menceyes”, pero sin concretar objeto, y que, de acuerdo con la normativa, la Unidad Técnica de Construcciones informó que el aumento permitido era una unidad de 1 a 2 años y una unidad de 2 a 3 años.
Tercero.- Constan informes favorables de la Inspección de Educación de fecha 30 de octubre de 2025 y de la Unidad Técnica de Construcciones de fecha 29 de octubre de 2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- La Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 31 de enero de 2011, por la que se establece el procedimiento de autorización de centros docentes privados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que impartan enseñanzas de las reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 10.1.c) señala como causa de modificación “Ampliación o reducción del número de unidades o puestos escolares autorizados, cualquiera que fuese su causa”.
Tercero.- A pesar de haber transcurrido el plazo máximo de tres meses para la resolución del procedimiento, previsto en el artículo 11.8 de la citada Orden de 31 de enero de 2011, la Administración está obligada a dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación, según establece el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.- La regulación anterior está prevista para los centros docentes privados y no para los centros de titularidad pública. No obstante, es posible su aplicación en razón de lo establecido en el apartado 1 del artículo 4 del Código Civil, donde se especifica que procederá la aplicación analógica de las normas cuando estas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el artículo 6.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio,
RESUELVO:
Primero.- Autorizar la modificación del número de unidades autorizadas para la impartición del primer ciclo de Educación Infantil a la Escuela de Educación Infantil “Los Menceyes”, de titularidad del Ayuntamiento de Candelaria.
Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.
Denominación específica: Los Menceyes.
Código de centro: 38015989.
Domicilio: calle Magarza, s/n, Urbanización Brillasol.
Municipio: Candelaria.
Provincia: Santa Cruz de Tenerife.
Unidades y puestos escolares autorizados:
1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.
2 unidades de 1 a 2 años: 26 puestos escolares.
2 unidades de 2 a 3 años: 30 puestos escolares.
Segundo.- El titular de la Escuela de Educación Infantil queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente, a solicitar la oportuna revisión de la presente Orden cuando se produzca alguna variación en la misma, así como a aportar la documentación de los profesionales para la atención educativa antes de la puesta en funcionamiento de las dos nuevas unidades de la Escuela de Educación Infantil.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Orden, significándose que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que se hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de noviembre de 2025.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.