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Disposición 2025/234/4002

ORDEN de 12 de noviembre de 2025, por la que se autoriza la creación, con carácter provisional, de la Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”, titularidad del Ayuntamiento de Santiago del Teide, en Tenerife.

2025-11-25 · BOC-2025/234/4002

Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, relativo a la creación provisional, y por delegación, de la Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”, sita en calle Párroco Antonio Pérez García, s/n, del término municipal de Santiago del Teide, cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil; vista la memoria propuesta del Director General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, de fecha 31 de octubre de 2025, y de conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide, con fecha de 23 de febrero de 2017, solicitó la creación de la Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”.

Segundo.- La Unidad Técnica de Construcciones emitió informe favorable con fecha 28 de octubre de 2025, y la Inspección de Educación en fecha 18 de agosto de 2025.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 13.1, establece que “Las corporaciones locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares. Será precisa la previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación”.

Segundo.- Por su parte, el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 81/2010, de 8 de julio, prevé en su artículo 2.2: “Las Entidades que integran la Administración Local podrán proponer o solicitar la creación de los centros a los que se refiere el artículo anterior, de acuerdo con las disposiciones específicas que se establezcan y que tendrán, a todos los efectos, el carácter de centros públicos”.

Tercero.- La Orden de 3 de febrero de 2009, por la que se establece la adecuación de los requisitos para la creación o autorización de centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la determinación del régimen transitorio regulado en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, es de aplicación para la creación de Escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal, en lo relativo, entre otras cuestiones, a la adecuación de los requisitos de espacios e instalaciones en determinados supuestos.

En el expediente ha quedado acreditado el cumplimiento de los trámites y requisitos establecidos para proceder a la autorización de la Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”, como se desprende del contenido de los informes citados en el antecedente de hecho segundo.

Cuarto.- El Decreto 20/2009, de 17 de febrero, delega la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de creación de Escuelas de Educación Infantil de titularidad municipal en el titular de la Consejería competente en materia de educación en sus disposiciones primera y segunda, con el fin de facilitar la puesta en funcionamiento de estas Escuelas de Educación Infantil.

En su virtud, y de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por el Decreto 84/2024, de 10 de junio,

RESUELVO:

Primero.- Autorizar, con carácter provisional, la creación de la Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”, cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, en tanto se tramita el procedimiento para su creación, con las siguientes unidades y puestos escolares:

Denominación genérica: Escuela de Educación Infantil.

Denominación específica: Escuela de Educación Infantil “Santiago del Teide”.

Código de centro: 38017706.

Domicilio: calle Párroco Antonio Pérez García, s/n.

Municipio: Santiago del Teide.

Provincia: Santa Cruz de Tenerife.

Unidades y puestos escolares autorizados:

1 unidad de menores de 1 año: 8 puestos escolares.

1 unidad de 1 a 2 años: 13 puestos escolares.

1 unidad de 2 a 3 años: 18 puestos escolares.

Segundo.- La presente Orden se dicta al amparo del Decreto 20/2009, de 17 de febrero, por el que se delega la competencia para la adopción de medidas provisionales en el procedimiento de creación de Escuelas Infantiles de titularidad municipal en el titular de la Consejería competente en materia de educación, y se considera dictada a todos los efectos por el órgano delegante.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándose que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que se hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de noviembre de 2025.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.