Secretaría General.- Resolución de 7 de noviembre de 2025, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto ley 4/2025, de 29 de julio, por el que se desarrollan los procedimientos para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2025-11-24 · BOC-2025/233/3969
De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Decreto ley 4/2025, de 29 de julio, por el que se desarrollan los procedimientos para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Canarias, a 7 de noviembre de 2025.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.
ANEXO
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON EL DECRETO LEY DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS 4/2025, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL GRADO DE DISCAPACIDAD DE LAS PERSONAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONÓMA DE CANARIAS.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias ha adoptado el siguiente Acuerdo:
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Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 1 del Decreto ley 4/2025, de 29 de julio, por el que se desarrollan los procedimientos para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
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Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.- Ángel Víctor Torres Pérez, Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática.- Manuel Domínguez González, Vicepresidente del Gobierno de Canarias.