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Disposición 2025/232/3958

Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de noviembre de 2025, que somete a información pública el expediente de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la instalación denominada “Fábrica de hipoclorito sódico al 15%”, ubicada en el Polígono Industrial de Arinaga, en el término municipal de Agüimes, Gran Canaria, titularidad de la entidad Biomca Química, S.L.- Expte. AAI-91-LP/002-2025.

2025-11-21 · BOC-2025/232/3958

Con fecha de 25 de julio de 2025, se ha iniciado expediente administrativo de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la instalación denominada “Fábrica de hipoclorito sódico al 15%”, ubicada en el Polígono Industrial de Arinaga, en el término municipal de Agüimes, isla de Gran Canaria, previa solicitud al efecto instada por su entidad titular, “Biomca Química, S.L.”, al que se ha asignado el n.º de referencia AAI-091-LP/002-2025, para la tramitación de la misma conforme al procedimiento simplificado regulado en el artículo 15 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre (en adelante “Reglamento de emisiones industriales”).

Mediante escrito con registro de entrada n.º CTEE/118372/2025, de fecha 30 de octubre de 2025, la entidad titular de la instalación de referencia remite documentación adicional en respuesta al requerimiento de subsanación de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, con registro de salida n.º CTEE/130147/2025, de fecha 15 de octubre de 2025, notificado al titular con fecha de 20 de octubre de 2025.

Examinada toda la documentación presentada durante la tramitación del expediente de referencia, esta resulta conforme con el contenido de la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada regulado en el artículo 15.1 del anteriormente mencionado Reglamento de emisiones industriales.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.5, apartado a), del referido Reglamento de emisiones industriales, y en el artículo 17.2 del Decreto 182/2006, de 12 de diciembre, por el que se determinan el Órgano ambiental competente y el procedimiento de autorización ambiental integrada,

RESUELVO:

Único.- Someter al trámite de información pública, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, el expediente administrativo de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la instalación denominada “Fábrica de hipoclorito sódico al 15%”, ubicada en el Polígono Industrial de Arinaga, en el término municipal de Agüimes, isla de Gran Canaria, pudiendo presentarse cuantas alegaciones y observaciones motivadas se estimen oportunas durante el citado periodo de información pública.

A estos efectos, en cumplimiento del deber de información a facilitar, previsto en el apartado 1 del artículo 8 del Decreto 182/2006, de 12 de diciembre, se comunica lo siguiente:

a) El procedimiento de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada ha sido iniciado con fecha de 25 de julio de 2025, a instancia de la entidad titular de la instalación de referencia, “Biomca Química, S.L.”.

El objeto de la modificación solicitada es la sustitución de la tecnología de desmineralización aplicada en la instalación para obtener el agua desmineralizada necesaria para el proceso de saturación de la salmuera, lo que conllevará un incremento de aproximadamente un 281% con respecto al caudal de vertido actualmente autorizado, por lo que, en virtud de los criterios contenidos en el artículo 14 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre (Reglamento de emisiones industriales), la misma tiene la consideración de modificación sustancial de la instalación.

b) El órgano competente para otorgar la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada es la Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, previa la instrucción de los procedimientos por la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, conforme al artículo 24.5 del vigente Reglamento Orgánico departamental, aprobado por el Decreto 54/2021, de 27 de mayo, así como a lo establecido en el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y en el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

En virtud de la delegación operada mediante la Resolución de la Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, de 26 de febrero de 2024, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias atribuidas a la persona titular de la Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía en la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 46, de 4 de marzo de 2024, la competencia para otorgar las resoluciones en los procedimientos de autorizaciones ambientales integradas corresponde a la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático.

c) La naturaleza jurídica de la resolución finalizadora del procedimiento es la de acto administrativo que no agota la vía administrativa.

d) La autorización ambiental integrada podrá modificarse conforme a lo previsto en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (TRLPCIC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. Para su revisión, se seguirá el régimen previsto en su artículo 26.

e) El anuncio correspondiente de información pública se insertará en el Boletín Oficial de Canarias y en los tablones de anuncios de las siguientes sedes:

  • Ayuntamiento de Agüimes.

  • Cabildo de Gran Canaria.

  • Gobierno de Canarias, en su sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/destacados_menu_home/tablon_anuncios

Igualmente, con el fin de que cualquier persona pueda consultarla, la documentación completa se encontrará disponible en la siguiente dirección web: https://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/materias/prevencion-y-calidad-ambiental/contaminacion-ambiental/autorizacion-ambiental-integrada/informacion-publica/

Para más información se puede contactar a través del correo electrónico: spcc.medioambiente@gobiernodecanarias.org

f) Durante el plazo de información pública, se podrán presentar las alegaciones y observaciones motivadas oportunas en las sedes locales anteriormente citadas, en cualquier oficina de registro de la Comunidad Autónoma de Canarias o bien de forma telemática, a través del registro general electrónico del Gobierno de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2025.- El Director General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, Ángel Pablo Montañés Ríos.