EXTRACTO de la Orden de 4 de noviembre de 2025, por la que se convocan de manera anticipada, para el ejercicio 2026, las subvenciones para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, que se corresponden con las establecidas en la Prioridad 3 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), incluidas en el Programa Operativo para España 2021-2027, previstas en la Orden de 11 de septiembre de 2025, de este Departamento.
2025-11-17 · BOC-2025/228/3881
BDNS (Identif.): 867315.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/867315).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas y entidades solicitantes que se relacionan a continuación, que cumplan con los requisitos establecidos en la base 9 de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo, destinadas a “permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas”, Prioridad 3 del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), aprobadas por Orden de 11 de septiembre de 2025 (BOC n.º 186, de 19.9.2025):
a) En el caso de proyectos productivos: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, organizaciones de pescadores reconocidas, sociedades de capital o cualquier otra entidad que carezca de personalidad jurídica.
b) En el caso de proyectos no productivos: organizaciones de pescadores reconocidas, entidades sin ánimo de lucro, entidades públicas o asociaciones declaradas de utilidad pública.
c) Los Grupos de Acción Local de Pesca y Acuicultura (GALPA).
Segundo.- Objeto.
Permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, Prioridad 3 del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Tercero.- Bases reguladoras.
La presente se regirá por las bases reguladoras aprobadas por de 11 de septiembre de 2025 (BOC n.º 186, de 19.9.2025), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo, destinadas a “permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas”, Prioridad 3 del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe de dos millones seiscientos mil (2.600.000,00) euros, distribuidos en las siguientes anualidades:
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Para el año 2026: setecientos mil (700.000,00) euros.
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Para el año 2027: un millón novecientos mil (1.900.000,00) euros.
Ver anexo en la página 47058 del documento Descargar
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Dos (2) meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en la base 16 aprobada por Orden de 11 de septiembre de 2025.
Canarias, a 4 de noviembre de 2025.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.